III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-14819)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Línea de Alta Tensión La Ribina-Cuevas y su subestación asociada del tramo Lorca-Almería de la Línea de Alta Velocidad Murcia-Almería".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 91792
8. Se deberá minimizar el riesgo de contaminación del cauce, así como de las
aguas superficiales y subterráneas. No se podrán establecer acopios ni parques de
maquinaria dentro del Dominio Público Hidráulico (DPH).
9. Todas las actuaciones que se realicen en zona de DPH o Zona de Policía de
cualquier cauce público, así como el posible vertido de aguas residuales y captaciones
de aguas públicas, deberán contar con la preceptiva autorización del organismo
competente en aguas. En ningún caso se autorizarán dentro del DPH la construcción,
montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con
carácter provisional o temporal y se respetarán las servidumbres de 5 m de anchura de
los cauces públicos. Todo ello de acuerdo con la normativa vigente en la materia.
10. Finalizados los trabajos, la zona deberá quedar limpia, y tal y como se
encontrase antes del inicio de las obras.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).
11. Se deberán adoptar las medidas necesarias para evitar el deterioro o la contaminación
de los HIC fuera de la Red Natura 2000, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.3 de la
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
12. Previo al inicio de las obras se consensuará, con el organismo competente de
la Junta de Andalucía, el detalle de las medidas previstas en el plan de restauración y
compensación de HIC afectados por la construcción del apoyo 16 y su camino de
acceso. En cualquier caso, la superficie de HIC que se vea afectada directamente por el
proyecto deberá compensarse en una proporción de, al menos 1:1, en una parcela del
proyecto delimitada a tal efecto.
13. El desbroce se realizará sin decapado del terreno, a excepción de las zonas
donde se prevén las instalaciones permanentes. Además, se deberán emplear métodos
mecánicos o manuales, estando prohibido el uso de productos químicos, tales como
herbicidas, tanto en fase de construcción como de funcionamiento.
14. Se evitará la tala de pies arbóreos, y en caso de que no sea posible, será
necesario disponer de la autorización correspondiente del órgano competente de la
Junta de Andalucía.
15. Previa aprobación del proyecto constructivo se realizará una prospección de
avifauna y quirópteros, para identificar y evitar afecciones a las especies del área de
influencia del proyecto. Se deberán remitir los resultados de la prospección y la
información relativa al diseño de las medidas para la protección de la avifauna y los
quirópteros contra la colisión y la electrocución a la Delegación Territorial de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, para que emita informe y,
en su caso, se puedan establecer las condiciones adicionales necesarias.
16. Se deberá compensar la superficie que se verá afectada permanentemente por la
construcción de los apoyos 2 y 17 y sus caminos de acceso (aproximadamente 950 m2), en
una proporción de, al menos, 1:1. Para ello se deberán identificar, en la zona de estudio,
terrenos susceptibles de ser revegetados con tomillares y espartales, hábitat potencial de la
tortuga mora (Testudo graeca).
17. Como medida de protección adicional para la tortuga mora, se limitará el
desbroce y los movimientos de tierra durante las épocas de celo, apareamiento y
nacimiento de crías (marzo-abril y septiembre-octubre), en las áreas en que coincida su
biotopo con la cuadrícula de distribución de la especie. Estos periodos deberán
confirmarse en el proyecto constructivo final, a través del organismo competente de la
Consejería de Medio Ambiente. Tampoco se realizarán desbroces, movimientos de tierra
ni actividades que puedan alterar el comportamiento normal de las aves desde finales de
febrero hasta la última semana de julio, respetando la época de reproducción de la
mayoría de las especies sensibles presentes en el área de actuación.
cve: BOE-A-2024-14819
Verificable en https://www.boe.es
Fauna.
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 91792
8. Se deberá minimizar el riesgo de contaminación del cauce, así como de las
aguas superficiales y subterráneas. No se podrán establecer acopios ni parques de
maquinaria dentro del Dominio Público Hidráulico (DPH).
9. Todas las actuaciones que se realicen en zona de DPH o Zona de Policía de
cualquier cauce público, así como el posible vertido de aguas residuales y captaciones
de aguas públicas, deberán contar con la preceptiva autorización del organismo
competente en aguas. En ningún caso se autorizarán dentro del DPH la construcción,
montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con
carácter provisional o temporal y se respetarán las servidumbres de 5 m de anchura de
los cauces públicos. Todo ello de acuerdo con la normativa vigente en la materia.
10. Finalizados los trabajos, la zona deberá quedar limpia, y tal y como se
encontrase antes del inicio de las obras.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).
11. Se deberán adoptar las medidas necesarias para evitar el deterioro o la contaminación
de los HIC fuera de la Red Natura 2000, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.3 de la
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
12. Previo al inicio de las obras se consensuará, con el organismo competente de
la Junta de Andalucía, el detalle de las medidas previstas en el plan de restauración y
compensación de HIC afectados por la construcción del apoyo 16 y su camino de
acceso. En cualquier caso, la superficie de HIC que se vea afectada directamente por el
proyecto deberá compensarse en una proporción de, al menos 1:1, en una parcela del
proyecto delimitada a tal efecto.
13. El desbroce se realizará sin decapado del terreno, a excepción de las zonas
donde se prevén las instalaciones permanentes. Además, se deberán emplear métodos
mecánicos o manuales, estando prohibido el uso de productos químicos, tales como
herbicidas, tanto en fase de construcción como de funcionamiento.
14. Se evitará la tala de pies arbóreos, y en caso de que no sea posible, será
necesario disponer de la autorización correspondiente del órgano competente de la
Junta de Andalucía.
15. Previa aprobación del proyecto constructivo se realizará una prospección de
avifauna y quirópteros, para identificar y evitar afecciones a las especies del área de
influencia del proyecto. Se deberán remitir los resultados de la prospección y la
información relativa al diseño de las medidas para la protección de la avifauna y los
quirópteros contra la colisión y la electrocución a la Delegación Territorial de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, para que emita informe y,
en su caso, se puedan establecer las condiciones adicionales necesarias.
16. Se deberá compensar la superficie que se verá afectada permanentemente por la
construcción de los apoyos 2 y 17 y sus caminos de acceso (aproximadamente 950 m2), en
una proporción de, al menos, 1:1. Para ello se deberán identificar, en la zona de estudio,
terrenos susceptibles de ser revegetados con tomillares y espartales, hábitat potencial de la
tortuga mora (Testudo graeca).
17. Como medida de protección adicional para la tortuga mora, se limitará el
desbroce y los movimientos de tierra durante las épocas de celo, apareamiento y
nacimiento de crías (marzo-abril y septiembre-octubre), en las áreas en que coincida su
biotopo con la cuadrícula de distribución de la especie. Estos periodos deberán
confirmarse en el proyecto constructivo final, a través del organismo competente de la
Consejería de Medio Ambiente. Tampoco se realizarán desbroces, movimientos de tierra
ni actividades que puedan alterar el comportamiento normal de las aves desde finales de
febrero hasta la última semana de julio, respetando la época de reproducción de la
mayoría de las especies sensibles presentes en el área de actuación.
cve: BOE-A-2024-14819
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