III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-14819)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Línea de Alta Tensión La Ribina-Cuevas y su subestación asociada del tramo Lorca-Almería de la Línea de Alta Velocidad Murcia-Almería".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Jueves 18 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 91786

del Alto Almagro». Las actuaciones proyectadas podrían alterar la estructura poblacional
de la tortuga mora, reducir su hábitat potencial e interrumpir las posibles conexiones
entre las poblaciones, que ya se encuentran en un hábitat altamente fragmentado por la
presencia de cultivos e infraestructuras lineales de comunicación. En relación con la SE
«Cuevas» señala que la alternativa B, seleccionada por el promotor, es la alternativa
más desfavorable, por ser la única de las alternativas estudiadas que presenta terrenos
con hábitats aptos para la tortuga mora. Finalmente indica que el EsIA no reconoce la
presencia de la tortuga mora en el ámbito del proyecto y por lo tanto no realiza un
adecuado análisis de impactos sobre la especie.
Por su parte, la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de
Andalucía, en su informe de 20 de enero de 2023, solicita que el promotor verifique con
el Servicio con competencias en Biodiversidad de la Delegación Territorial de Almería la
posible presencia de tortuga mora en la zona de actuación, y recomienda la
caracterización de su hábitat potencial en el área del proyecto, así como la aplicación de
medidas preventivas y correctoras para minimizar el impacto sobre la especie, en
consenso con el citado Servicio. Estas medidas han sido incorporadas al apartado de
condiciones de la presente resolución.
b.6

Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000.

La zona de estudio se encuentra próxima a los límites de la ZEC ES6110017 «Río
Antas», a unos 700 m del final del trazado de la LAT. A mayor distancia, se encuentran la
ZEC ES6110010 «Fondos marinos Levante Almeriense», la ZEC ES6110005 «Sierra de
Cabrera-Bédar», la ZEC ES6110012 «Sierras Almagrera, de los Pinos y el Aguilón» y la
ZEC ES6110011 «Sierra del Alto Almagro», a aproximadamente 3, 5, 7 y 10 Km,
respectivamente.
El EsIA indica que las actuaciones proyectadas no se localizan en el interior de
ninguno de los espacios naturales protegidos de la zona y no prevé afecciones.
La Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Andalucía y la
Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería
informan que las actuaciones proyectadas se sitúan fuera de espacios Red Natura 2000
y de espacios pertenecientes a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía
(RENPA), y no prevén afecciones.
Paisaje.

La zona de estudio se localiza en el ámbito paisajístico «Bajo Almanzora» que se
caracteriza por ser un paisaje tradicional agrícola, de relieve bajo pero accidentado y
extrema aridez.
El promotor realiza un estudio de impacto paisajístico que incluye un análisis de
sensibilidad paisajística, donde se tienen en cuenta las cuencas visuales de los
principales puntos de observación del territorio, como carreteras y núcleos urbanos. El
estudio indica que el paisaje de la zona tiene valores de sensibilidad paisajística media y
baja.
Durante la fase de obras, el paisaje de la zona y sus valores paisajísticos se verán
afectados por desbroces, excavaciones, acopios de material y presencia de maquinaria.
Además, las instalaciones auxiliares supondrán un aumento temporal de elementos
antrópicos en la zona.
Durante la fase de explotación, la presencia permanente de la LAT y la SE «Cuevas»
causará un impacto visual, pero no supondrá una afección significativa por los bajos
valores de sensibilidad paisajística de la zona.
La Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Andalucía
informa que las infraestructuras del proyecto producen importantes niveles de intrusión
paisajística y recomienda la aplicación de criterios que minimicen la incidencia en el
paisaje y la incorporación de elementos propios de la arquitectura local tradicional en las
edificaciones, para contribuir de forma significativa a la mejora de su integración

cve: BOE-A-2024-14819
Verificable en https://www.boe.es

b.7