III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-14817)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Restauración de ecosistemas y retención de sedimentos en el cinturón verde del Mar Menor. Áreas de renaturalización. Proyecto de fases I, II y III".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 91750
f) En caso de detectarse la presencia de especies exóticas invasoras, se
comunicará al órgano competente autonómico y se procederá, en su caso, a su
erradicación en la forma que dicho órgano determine.
4.2.6
Paisaje.
a) Con objeto de recuperar el paisaje de terrazas mediterráneo, y de acuerdo con la
Oficina Técnica del Mar Menor del MITECO, el proyecto constructivo, en la medida de lo
posible, incluirá la adecuación y construcción de estructuras de terrazas mediante motas
de tierra, para adecuarlas al paisaje y que sirvan como elementos de intercepción de las
escorrentías, acumulación e infiltración de agua. Estas soluciones evitarían la
construcción de infraestructuras de hormigón y mampostería, aliviaderos protegidos y
cuencos, y permitirían aprovechar la tierra excavada en el propio proyecto, eliminando la
necesidad de trasladar grandes volúmenes de tierra.
4.2.7
Población y salud humana.
a) En caso necesario, se procederá al aislamiento acústico de la maquinaria o
equipos que se ubiquen a la intemperie con los medios de insonorización necesarios,
con objeto de garantizar el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica de
aplicación en las áreas de influencia de la actividad proyectada, según la normativa
vigente.
b) Se procederá al mantenimiento de las distancias de seguridad y las
especificaciones establecidas con las infraestructuras existentes, y a la reposición de
todos los bienes y servicios afectados por las obras. Asimismo, se asegurará el nivel
actual de permeabilidad transversal y longitudinal de los terrenos y caminos públicos
afectados, teniendo en cuenta las necesidades de paso legalmente establecidas.
c) Las actuaciones proyectadas se deberán coordinar con el resto de los proyectos
y planes estatales y autonómicos previstos en el ámbito del Mar Menor, al objeto de
evitar duplicidades y aprovechar sinergias en la recuperación de la laguna y su entorno.
d) Tal y como solicita la Oficina Técnica del Mar Menor del MITECO, se valorará en
un futuro llevar a cabo junto con gestores locales un proyecto para crear un itinerario
paralelo a la costa que sea un corredor ecológico, recreativo, cultural y educativo, donde
se busque la continuidad peatonal y/o ciclista a lo largo de los 20 km del ámbito de
actuación, y se ponga en valor el patrimonio natural (humedales y cabezos), los BIC, los
yacimientos más importantes y se conecte con el corazón de los núcleos urbanos y la
red de vías pecuarias existentes.
4.2.8
Patrimonio cultural y vías pecuarias.
− Arqueología: en principio, los yacimientos catalogados quedarán en zonas de
exclusión. No obstante, en aquellos sectores de los yacimientos que se puedan ver
directamente afectados por obras o remociones de terreno, se deberá efectuar con
antelación suficiente un plan de sondeos y/o excavaciones arqueológicas que permitan
evaluar los restos arqueológicos conservados y adoptar las medidas de protección que
se estimen necesarias. Se deberá contemplar el balizamiento de los yacimientos en fase
de obra y la supervisión intensiva de los movimientos de tierra en el entorno cercano del
yacimiento. Además, cada yacimiento deberá ser recogido en los planos del proyecto
constructivo, con indicación de su perímetro clasificado como zona excluyente, para
evitar afecciones indirectas, en tanto no se apliquen las medidas correctoras que se
establezcan.
− Patrimonio etnográfico: se respetará la integridad de los Molinos de viento del
Campo de Cartagena localizados en el ámbito del proyecto y se creará un área de
exclusión en el entorno de protección propuesto en el estudio arqueológico.
cve: BOE-A-2024-14817
Verificable en https://www.boe.es
a) De acuerdo con la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Región de
Murcia, se cumplirán las siguientes medidas de protección del patrimonio cultural:
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 91750
f) En caso de detectarse la presencia de especies exóticas invasoras, se
comunicará al órgano competente autonómico y se procederá, en su caso, a su
erradicación en la forma que dicho órgano determine.
4.2.6
Paisaje.
a) Con objeto de recuperar el paisaje de terrazas mediterráneo, y de acuerdo con la
Oficina Técnica del Mar Menor del MITECO, el proyecto constructivo, en la medida de lo
posible, incluirá la adecuación y construcción de estructuras de terrazas mediante motas
de tierra, para adecuarlas al paisaje y que sirvan como elementos de intercepción de las
escorrentías, acumulación e infiltración de agua. Estas soluciones evitarían la
construcción de infraestructuras de hormigón y mampostería, aliviaderos protegidos y
cuencos, y permitirían aprovechar la tierra excavada en el propio proyecto, eliminando la
necesidad de trasladar grandes volúmenes de tierra.
4.2.7
Población y salud humana.
a) En caso necesario, se procederá al aislamiento acústico de la maquinaria o
equipos que se ubiquen a la intemperie con los medios de insonorización necesarios,
con objeto de garantizar el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica de
aplicación en las áreas de influencia de la actividad proyectada, según la normativa
vigente.
b) Se procederá al mantenimiento de las distancias de seguridad y las
especificaciones establecidas con las infraestructuras existentes, y a la reposición de
todos los bienes y servicios afectados por las obras. Asimismo, se asegurará el nivel
actual de permeabilidad transversal y longitudinal de los terrenos y caminos públicos
afectados, teniendo en cuenta las necesidades de paso legalmente establecidas.
c) Las actuaciones proyectadas se deberán coordinar con el resto de los proyectos
y planes estatales y autonómicos previstos en el ámbito del Mar Menor, al objeto de
evitar duplicidades y aprovechar sinergias en la recuperación de la laguna y su entorno.
d) Tal y como solicita la Oficina Técnica del Mar Menor del MITECO, se valorará en
un futuro llevar a cabo junto con gestores locales un proyecto para crear un itinerario
paralelo a la costa que sea un corredor ecológico, recreativo, cultural y educativo, donde
se busque la continuidad peatonal y/o ciclista a lo largo de los 20 km del ámbito de
actuación, y se ponga en valor el patrimonio natural (humedales y cabezos), los BIC, los
yacimientos más importantes y se conecte con el corazón de los núcleos urbanos y la
red de vías pecuarias existentes.
4.2.8
Patrimonio cultural y vías pecuarias.
− Arqueología: en principio, los yacimientos catalogados quedarán en zonas de
exclusión. No obstante, en aquellos sectores de los yacimientos que se puedan ver
directamente afectados por obras o remociones de terreno, se deberá efectuar con
antelación suficiente un plan de sondeos y/o excavaciones arqueológicas que permitan
evaluar los restos arqueológicos conservados y adoptar las medidas de protección que
se estimen necesarias. Se deberá contemplar el balizamiento de los yacimientos en fase
de obra y la supervisión intensiva de los movimientos de tierra en el entorno cercano del
yacimiento. Además, cada yacimiento deberá ser recogido en los planos del proyecto
constructivo, con indicación de su perímetro clasificado como zona excluyente, para
evitar afecciones indirectas, en tanto no se apliquen las medidas correctoras que se
establezcan.
− Patrimonio etnográfico: se respetará la integridad de los Molinos de viento del
Campo de Cartagena localizados en el ámbito del proyecto y se creará un área de
exclusión en el entorno de protección propuesto en el estudio arqueológico.
cve: BOE-A-2024-14817
Verificable en https://www.boe.es
a) De acuerdo con la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Región de
Murcia, se cumplirán las siguientes medidas de protección del patrimonio cultural: