III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-14817)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Restauración de ecosistemas y retención de sedimentos en el cinturón verde del Mar Menor. Áreas de renaturalización. Proyecto de fases I, II y III".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
4.2.3
Sec. III. Pág. 91748
Aire.
a) Se cumplirán las siguientes medidas propuestas por la Dirección General de
Medio Ambiente de la Región de Murcia para la protección de la calidad del aire y la
reducción de la emisión de partículas:
− Las actividades generadoras de polvo, tales como la carga y descarga de material
pulverulento, se interrumpirán en situaciones de fuerte viento.
− Antes de cargar el material, se fijará el polvo mediante riego con agua. Se
confinarán las superficies de la carga de los volquetes, cubriendo con lonas las que
quedan en contacto con la atmósfera, con el objeto de que el viento no incida
directamente sobre ellas. La carga y descarga de material pulverulento deberá realizarse
a menos de 1 m de altura desde el punto de descarga.
− Los acopios de material pulverulento de fácil dispersión se realizarán en zonas
protegidas que impidan su dispersión, suficientemente protegidos del viento mediante
elementos que no permitan su dispersión (silos, tolvas, contenedores cerrados, etc.) y
debidamente señalizados.
− En su caso, se humedecerá el producto para la carga y descarga de productos
dispersables y humectables, mediante técnicas de aspersión de agua/cortinas de agua,
aspersión de agua a presión o aspersión de agua con o sin aditivos.
− Se deberán adoptar medidas correctoras para garantizar la calidad del aire del
entorno, con el cumplimiento de los valores límite de partículas PM10 y PM2.5, y
cualquier otra sustancia contaminante, establecidos en el Real Decreto 102/2011, de 28
de enero y relativo a la mejora de la calidad del aire.
b) De acuerdo con el Servicio de Fomento del Medio Ambiente y Cambio Climático
de la Región de Murcia se incorporarán al proyecto las medidas preventivas, correctoras
y/o compensatorias relativas al cálculo y compensación de la pérdida de reservas de
carbono por transformación de los suelos afectados y de las emisiones de directa
responsabilidad en la fase de obras.
c) La maquinaria de obra irá dotada de dispositivos de ahorro energético y se
fomentará el uso de combustibles alternativos, vehículos híbridos, etc., de forma que se
reduzcan las emisiones GEI producidas por los motores de combustión; y se fomentará
el uso de energías alternativas que reduzcan el uso de combustibles fósiles.
Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario.
a) Se realizará una prospección del terreno antes del inicio de las obras, con objeto
de identificar la posible presencia de especies de flora amenazada y/o vegetación de
interés, prestando especial importancia a los HIC y cauces naturales que puedan ser
afectados por los trabajos. En caso de detectarse especies de interés, se informará al
órgano competente en biodiversidad de la Región de Murcia para el establecimiento de
medidas de protección adecuadas.
b) Se señalizarán y jalonarán los hábitats y elementos de interés (cauces fluviales,
rodales con vegetación natural de interés, ejemplares arbóreos, etc.) que deban ser
respetados durante toda la fase de construcción. Únicamente, se eliminarán los
ejemplares arbóreos estrictamente necesarios para la correcta ejecución de las obras,
que no cuenten con ningún tipo de protección ambiental y sujeto al cumplimiento de las
directrices que establezca el órgano ambiental autonómico.
c) Se deberá elaborar un plan de manejo de especies protegidas y un plan de
eliminación de especies exóticas invasoras en los que se identifiquen especies
afectadas, localización y soluciones propuestas.
d) Todos los trabajos de limpieza y desbroce se realizarán, preferentemente, de
forma manual y mecánica, evitándose el uso de herbicidas.
e) Los HIC alterados por la ocupación temporal y/o permanente de las
infraestructuras proyectadas deberán ser restaurados en las mismas superficies en las
que se produjo la degradación, mediante la preparación o acondicionamiento del suelo
cve: BOE-A-2024-14817
Verificable en https://www.boe.es
4.2.4
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
4.2.3
Sec. III. Pág. 91748
Aire.
a) Se cumplirán las siguientes medidas propuestas por la Dirección General de
Medio Ambiente de la Región de Murcia para la protección de la calidad del aire y la
reducción de la emisión de partículas:
− Las actividades generadoras de polvo, tales como la carga y descarga de material
pulverulento, se interrumpirán en situaciones de fuerte viento.
− Antes de cargar el material, se fijará el polvo mediante riego con agua. Se
confinarán las superficies de la carga de los volquetes, cubriendo con lonas las que
quedan en contacto con la atmósfera, con el objeto de que el viento no incida
directamente sobre ellas. La carga y descarga de material pulverulento deberá realizarse
a menos de 1 m de altura desde el punto de descarga.
− Los acopios de material pulverulento de fácil dispersión se realizarán en zonas
protegidas que impidan su dispersión, suficientemente protegidos del viento mediante
elementos que no permitan su dispersión (silos, tolvas, contenedores cerrados, etc.) y
debidamente señalizados.
− En su caso, se humedecerá el producto para la carga y descarga de productos
dispersables y humectables, mediante técnicas de aspersión de agua/cortinas de agua,
aspersión de agua a presión o aspersión de agua con o sin aditivos.
− Se deberán adoptar medidas correctoras para garantizar la calidad del aire del
entorno, con el cumplimiento de los valores límite de partículas PM10 y PM2.5, y
cualquier otra sustancia contaminante, establecidos en el Real Decreto 102/2011, de 28
de enero y relativo a la mejora de la calidad del aire.
b) De acuerdo con el Servicio de Fomento del Medio Ambiente y Cambio Climático
de la Región de Murcia se incorporarán al proyecto las medidas preventivas, correctoras
y/o compensatorias relativas al cálculo y compensación de la pérdida de reservas de
carbono por transformación de los suelos afectados y de las emisiones de directa
responsabilidad en la fase de obras.
c) La maquinaria de obra irá dotada de dispositivos de ahorro energético y se
fomentará el uso de combustibles alternativos, vehículos híbridos, etc., de forma que se
reduzcan las emisiones GEI producidas por los motores de combustión; y se fomentará
el uso de energías alternativas que reduzcan el uso de combustibles fósiles.
Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario.
a) Se realizará una prospección del terreno antes del inicio de las obras, con objeto
de identificar la posible presencia de especies de flora amenazada y/o vegetación de
interés, prestando especial importancia a los HIC y cauces naturales que puedan ser
afectados por los trabajos. En caso de detectarse especies de interés, se informará al
órgano competente en biodiversidad de la Región de Murcia para el establecimiento de
medidas de protección adecuadas.
b) Se señalizarán y jalonarán los hábitats y elementos de interés (cauces fluviales,
rodales con vegetación natural de interés, ejemplares arbóreos, etc.) que deban ser
respetados durante toda la fase de construcción. Únicamente, se eliminarán los
ejemplares arbóreos estrictamente necesarios para la correcta ejecución de las obras,
que no cuenten con ningún tipo de protección ambiental y sujeto al cumplimiento de las
directrices que establezca el órgano ambiental autonómico.
c) Se deberá elaborar un plan de manejo de especies protegidas y un plan de
eliminación de especies exóticas invasoras en los que se identifiquen especies
afectadas, localización y soluciones propuestas.
d) Todos los trabajos de limpieza y desbroce se realizarán, preferentemente, de
forma manual y mecánica, evitándose el uso de herbicidas.
e) Los HIC alterados por la ocupación temporal y/o permanente de las
infraestructuras proyectadas deberán ser restaurados en las mismas superficies en las
que se produjo la degradación, mediante la preparación o acondicionamiento del suelo
cve: BOE-A-2024-14817
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4.2.4