III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-14803)
Resolución de 19 de junio de 2024, de la Autoridad Portuaria de Valencia, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Gandía, para el establecimiento del modelo de política de integración Puerto Ciudad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90396
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene como objeto establecer los cauces, instrumentos y
compromisos tendentes a hacer realidad el modelo de política de integración puertociudad derivado de la revisión y actualización del contenido del marco de colaboración
vigente, a partir de la realidad portuaria actual y del contenido de la DEUP –actualmente
en tramitación por la Autoridad Portuaria–.
Segunda.
Compromisos de las Partes.
El Ayuntamiento de Gandía asumirá la conservación y el mantenimiento de las zonas
de dominio público portuario que se pongan a disposición del uso público y que se
identifican a continuación y están grafiadas en el plano incluido en el anexo I del
presente convenio:
1.
2.
3.
4.
Moll dels Borja.
Entorno Iglesia San Nicolás.
Lonja de pescado.
Paseo Espigón Norte.
Se incluye en las labores de conservación y mantenimiento las siguientes
actuaciones:
– Mantenimiento, y reparación tanto ordinaria como extraordinaria de obra civil e
instalaciones.
Se deberán mantener los siguientes elementos:
● Pavimentos. En el caso concreto del paseo sobre el dique, se deberá mantener
también el pavimento de trencadís y su rejuntado.
● Barandillas, sus anclajes y pasamanos.
● Macetones, papeleras, bancos, bolardos y cualquier otro elemento de mobiliario
urbano.
● Señalización viaria.
● Red de riego.
● Red de alumbrado público, incluyendo báculos, luminarias y cableado.
● Red de agua potable.
Sin perjuicio de lo anterior, corresponde a la APV, el mantenimiento y conservación
de la infraestructura portuaria, y los elementos de obra civil directamente unidos a la
misma. En concreto, corresponde a la APV el mantenimiento del dique, la losa de
hormigón armado que constituye la plataforma del paseo, las escaleras de hormigón, la
rampa y las puertas de acceso del paseo al dique.
Asimismo, las partes se comprometen a la revisión de los procedimientos
establecidos para la actuación de la Policía Local y la Policía Portuaria, con el fin de
actualizar los mismos y delimitar las funciones del Ayuntamiento de Gandía en la zona
portuaria, en materia de tráfico y seguridad ciudadana, de forma que se proceda
conforme al documento adjunto como anexo II.
Una vez se apruebe la DEUP en tramitación y sean cedidas al Ayuntamiento las
zonas que dejen de ser zona de servicio del Puerto, cesarán los compromisos de la APV
sobre dichas zonas.
Asimismo, el Ayuntamiento colaborará en la vigilancia de las zonas que se detallan
en el anexo II del presente convenio, sin perjuicio de las competencias y funciones que
cve: BOE-A-2024-14803
Verificable en https://www.boe.es
– Jardinería.
– Limpieza viaria.
– Suministros de luz y agua.
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90396
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene como objeto establecer los cauces, instrumentos y
compromisos tendentes a hacer realidad el modelo de política de integración puertociudad derivado de la revisión y actualización del contenido del marco de colaboración
vigente, a partir de la realidad portuaria actual y del contenido de la DEUP –actualmente
en tramitación por la Autoridad Portuaria–.
Segunda.
Compromisos de las Partes.
El Ayuntamiento de Gandía asumirá la conservación y el mantenimiento de las zonas
de dominio público portuario que se pongan a disposición del uso público y que se
identifican a continuación y están grafiadas en el plano incluido en el anexo I del
presente convenio:
1.
2.
3.
4.
Moll dels Borja.
Entorno Iglesia San Nicolás.
Lonja de pescado.
Paseo Espigón Norte.
Se incluye en las labores de conservación y mantenimiento las siguientes
actuaciones:
– Mantenimiento, y reparación tanto ordinaria como extraordinaria de obra civil e
instalaciones.
Se deberán mantener los siguientes elementos:
● Pavimentos. En el caso concreto del paseo sobre el dique, se deberá mantener
también el pavimento de trencadís y su rejuntado.
● Barandillas, sus anclajes y pasamanos.
● Macetones, papeleras, bancos, bolardos y cualquier otro elemento de mobiliario
urbano.
● Señalización viaria.
● Red de riego.
● Red de alumbrado público, incluyendo báculos, luminarias y cableado.
● Red de agua potable.
Sin perjuicio de lo anterior, corresponde a la APV, el mantenimiento y conservación
de la infraestructura portuaria, y los elementos de obra civil directamente unidos a la
misma. En concreto, corresponde a la APV el mantenimiento del dique, la losa de
hormigón armado que constituye la plataforma del paseo, las escaleras de hormigón, la
rampa y las puertas de acceso del paseo al dique.
Asimismo, las partes se comprometen a la revisión de los procedimientos
establecidos para la actuación de la Policía Local y la Policía Portuaria, con el fin de
actualizar los mismos y delimitar las funciones del Ayuntamiento de Gandía en la zona
portuaria, en materia de tráfico y seguridad ciudadana, de forma que se proceda
conforme al documento adjunto como anexo II.
Una vez se apruebe la DEUP en tramitación y sean cedidas al Ayuntamiento las
zonas que dejen de ser zona de servicio del Puerto, cesarán los compromisos de la APV
sobre dichas zonas.
Asimismo, el Ayuntamiento colaborará en la vigilancia de las zonas que se detallan
en el anexo II del presente convenio, sin perjuicio de las competencias y funciones que
cve: BOE-A-2024-14803
Verificable en https://www.boe.es
– Jardinería.
– Limpieza viaria.
– Suministros de luz y agua.