III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-14803)
Resolución de 19 de junio de 2024, de la Autoridad Portuaria de Valencia, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Gandía, para el establecimiento del modelo de política de integración Puerto Ciudad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 90395

Valencia, en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 31.1 del Texto Refundido
de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (en adelante TRLPEMM), en concordancia con lo
dispuesto en la letra a) del apartado 1.º y letra a) del apartado 5.º ambos del artículo 30
del mismo texto legal.
Las partes se declaran respectivamente, en el carácter en el que intervienen, con
plena capacidad jurídica para suscribir el presente convenio y en el caso de representar
a terceros, cada uno de los intervinientes asegura que el poder con el que actúa no ha
sido revocado y que es bastante para obligar a sus representados en virtud de este
convenio, y a tal objeto:
EXPONEN
I. Mediante los convenios suscritos entre la Autoridad Portuaria de Valencia y el
Ayuntamiento de Gandía en los últimos años (2006 a 2014), se han ido llevando a cabo
actuaciones diversas en determinadas zonas de terreno pertenecientes tanto a la APV
como al Ayuntamiento, con el fin de lograr una mayor integración e interacción PuertoCiudad; como resultado de esta colaboración, así como por la necesidad de ajustar el
contenido del convenio a las premisas de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, se suscribe el presente convenio entre la Autoridad Portuaria
de Valencia y el Excmo. Ayuntamiento de Gandía.
II. El desarrollo del Puerto de Gandía debe compatibilizar las respuestas a las
demandas del tejido económico al que sirve el puerto con las expectativas sociales de
los ciudadanos que viven en el territorio en el que se asienta. Así lo han entendido el
Ayuntamiento y la Autoridad Portuaria de Valencia, iniciando desde tiempo atrás, y sin
perjuicio de las funciones y objetivos que debe cumplir todo puerto de interés general del
Estado, una estrecha colaboración que se ha venido materializando en sucesivos
convenios administrativos suscritos entre las mismas en fecha 20 de junio de 2006, 24
de junio de 2010, 30 de marzo de 2012 y, el último, el 10 de enero de 2014 y que, de
conformidad con lo previsto en la disposición adicional 8.ª de la Ley 40/2015, se
encuentran a día de hoy extinguidos, al no haberse adaptado su contenido a lo dispuesto
en la citada norma.
No cabe duda de que la continuidad de la relación institucional entre ambas
Administraciones impulsa y favorece la accesibilidad ciudadana al puerto de Gandía,
redundando en beneficio de toda la ciudadanía.
III. Por Resolución de fecha 26 de marzo de 2021 se adoptó acuerdo del Consejo
de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia, mediante el que se dispone el
inicio de la tramitación del expediente de propuesta de Delimitación de los Espacios y
Usos Portuarios del Puerto de Gandía (DEUP).
En la fecha de la firma del presente convenio se encuentra en trámite la aprobación
de dicha Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios (DEUP) del Puerto de Gandía,
sometida a información pública mediante anuncio de 28 de abril de 2021 publicado en el
BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2021.
En consecuencia con lo anterior, las partes manifiestan su intención de establecer los
compromisos necesarios, dentro de la legalidad y desde la adecuada gestión portuaria,
con el fin de articular lo arriba expuesto y teniendo en consideración los efectos que la
aprobación de la DEUP pueda tener en ello, para lo cual suscribe el presente convenio
con arreglo a las siguientes

cve: BOE-A-2024-14803
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Núm. 173