III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Política de empleo. (BOE-A-2024-14810)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Secretaria de Estado de Trabajo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de julio de 2024, por el que se aprueba el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de julio de 2024

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evaluación continuada, planificada, dirigida en el seno del Sistema Nacional de Empleo y
realizada con carácter externo e independiente, desarrollándose de manera adicional al
conjunto de evaluaciones internas que se realicen dentro del Sistema Nacional de
Empleo.
El Plan 2024 cuenta con 5 anexos, destinados respectivamente a los servicios y
programas de apoyo activo al empleo (anexos I y II), a la dotación presupuestaria (anexo
III), a los indicadores para la evaluación del Plan (anexo IV) y, por último, al programa de
transversalización de la igualdad de género en las políticas activas de empleo (anexo V).
Asimismo, tiene importantes elementos destacables respecto al anterior. Así, entre
otros extremos, se destaca que:
– Aplica la Ley 3/2023, de febrero, de Empleo, de manera que incluye como
servicios comunes, los servicios garantizados regulados en esta norma y desarrollados a
través del Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se desarrollan la Cartera
Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los servicios garantizados
establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, que ha entrado en vigor el 2
de mayo de 2024.
– Con la entrada en vigor de la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, por la
que se establecen, en el ámbito competencial del Servicio Público de Empleo Estatal, las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de
programas de políticas activas de empleo previstos en el Real Decreto 818/2021, de 28
de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el
empleo del Sistema Nacional de Empleo, los programas comunes de activación para el
empleo pasan a circunscribirse a los definidos en el citado Real Decreto 818/2021, de 28
de septiembre.
– En su elaboración se han tenido en cuenta los colectivos de atención prioritaria
que determina la Ley de Empleo.
– En el Plan Anual 2023 se establecieron por primera vez objetivos mínimos
cuantitativos para el número de atenciones a las personas demandantes de empleo. El
presente Plan Anual, también por vez primera, desagrega territorialmente esa
cuantificación de objetivos para cada una de las Comunidades Autónomas.
– Las evaluaciones de los Planes Anuales 2021 y 2022 han identificado los patrones
de atención que tienen mayor impacto en la empleabilidad. El presente Plan Anual
incentiva la utilización de esas atenciones, y establece indicadores para realizar su
seguimiento. El funcionamiento del sistema de incentivos se basa en una reserva de
fondos de eficacia que se establecerá a lo largo de 2024. Estos fondos se distribuirán en
base a los indicadores que tendrán en cuenta el uso de las medidas que mayor impacto
tienen en la empleabilidad. El sistema de incentivos estará operativo para la distribución
de fondos de fondos de 2025, en la próxima Estrategia Española de Apoyo Activo al
empleo (2025-2028). Las mismas evaluaciones ponen de manifiesto que la
empleabilidad mejora con la calidad de la atención prestada, y esta calidad está
directamente relacionada con la consolidación de las redes de orientación profesional.
Este Plan Anual incentiva esa consolidación, y contempla un indicador para medirla. Los
incentivos a la utilización de medidas eficaces en la mejora de la empleabilidad, se
asignarán mediante una reserva de eficacia en los fondos a distribuir en futuros
ejercicios.
– Se establece un objetivo global de mejora de la empleabilidad del 10 %,
relacionado con la prestación y el seguimiento de las atenciones descritas en el punto
anterior. El Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas
urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por
desempleo, establece el acceso a servicios garantizados para las personas protegidas
por ese nivel asistencial. Este Plan Anual fija un plazo de seis meses tras su entrada en
vigor, para que a todas las personas protegidas mayores de 45 años se les garantice un
perfil realizado por su Servicio Público de Empleo. Este Plan Anual contempla la
elaboración de un indicador para el seguimiento de esta garantía.

cve: BOE-A-2024-14810
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Núm. 173