III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Política de empleo. (BOE-A-2024-14810)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Secretaria de Estado de Trabajo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de julio de 2024, por el que se aprueba el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90453
De la misma manera, a partir de la evaluación realizada sobre el cumplimiento del
PAFED 2023 y en el marco establecido en el título VI de la Ley de Empleo, se fijan
actuaciones para la mejora de la planificación, la gestión y la evaluación de las Políticas
Activas de Empleo, que redunden en una mejor gobernanza y una mayor cohesión en el
seno del Sistema Nacional de Empleo, orientándolo a resultados evaluables, coherentes
con la innovación y la sostenibilidad, y apoyados en la transformación digital de los
Servicios Públicos de Empleo Autonómicos.
Por otra parte, no conviene olvidar que el Plan 2024 también tiene en cuenta lo
dispuesto en el Plan Garantía Juvenil Plus 2021-2027 de trabajo digno para las personas
jóvenes, aprobado en junio de 2021 y que sigue constituyendo el elemento básico de
acción en materia de empleo juvenil.
Cabe recordar, llegados a este punto, las características generales del Plan Garantía
Juvenil Plus 2021-2027, que son las siguientes:
1. Luchar de manera efectiva contra la precariedad laboral. Las políticas activas de
empleo juvenil deben estar alineadas con el objetivo prioritario de la lucha contra la
precariedad y temporalidad laboral.
2. Evitar a toda costa el uso abusivo y fraudulento de becas y prácticas no
laborales.
3. Incorporar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres,
particularmente en materia de lucha contra la segregación laboral, que debe formar parte
de la actuación de los Servicios Públicos de Empleo a todos los niveles, tanto en el
ámbito de la intermediación, como en el de la formación o el diseño y aplicación de los
programas.
4. Integrar el principio antidiscriminatorio en todas las acciones, no solo por razón
de género, sino también por edad, ideología o convicciones, discapacidad, orientación
sexual, identidad de género y características sexuales.
5. Otorgar prioridad o tratamientos específicos a los colectivos más vulnerables o
con especiales dificultades en el mundo laboral. Por ello, contempla el refuerzo de las
políticas para alcanzar a la población juvenil más vulnerable y en riesgo de exclusión, así
como a los que viven en zonas aisladas o menos pobladas, como las áreas rurales.
6. Situar a las personas jóvenes como protagonistas de su trayectoria hacia el
empleo digno por medio de itinerarios personalizados integrados en un sistema de
orientación para el empleo cualificado y estable, configurando itinerarios individualizados
que se prolongarán tanto en las etapas de empleo como de eventual desempleo.
7. Crear oportunidades de acceso a nuevos empleos en nuevos sectores, tomando
como referencia la transformación hacia un contexto verde, sostenible, colaborativo y
digital, impulsando el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes en sectores
emergentes como la economía digital, economía verde, o del cuidado.
8. Incrementar la cualificación de las personas jóvenes dotándolas de las
competencias profesionales requeridas por el mercado de trabajo, incrementando
sustancialmente el número de personas jóvenes con las competencias necesarias,
técnicas y profesionales, para acceder al empleo, el trabajo decente y el
emprendimiento.
9. La crisis sanitaria ha incidido en la situación del empleo de las personas y
requiere acciones específicas para ofrecer soluciones integrales que den respuesta a las
consecuencias adversas a medio y largo plazo en los planos educativo, formativo y
profesional de las personas jóvenes. La pandemia también anticipa cambios que pueden
ser estructurales en el funcionamiento del mercado de trabajo y a los que debe ser capaz
de dar respuesta Garantía Juvenil Plus.
10. Introducir mayor flexibilidad en su funcionamiento y gestión. La flexibilización y
aumento en la agilidad de la inscripción en el fichero de GJ resulta esencial para
aumentar el volumen de personas inscritas y, consiguientemente, también la relevancia
del Plan.
11. Potenciar el desarrollo de una comunidad de cooperación horizontal y vertical,
para lo cual establecerá los pilares para el trabajo conjunto con los interlocutores
cve: BOE-A-2024-14810
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90453
De la misma manera, a partir de la evaluación realizada sobre el cumplimiento del
PAFED 2023 y en el marco establecido en el título VI de la Ley de Empleo, se fijan
actuaciones para la mejora de la planificación, la gestión y la evaluación de las Políticas
Activas de Empleo, que redunden en una mejor gobernanza y una mayor cohesión en el
seno del Sistema Nacional de Empleo, orientándolo a resultados evaluables, coherentes
con la innovación y la sostenibilidad, y apoyados en la transformación digital de los
Servicios Públicos de Empleo Autonómicos.
Por otra parte, no conviene olvidar que el Plan 2024 también tiene en cuenta lo
dispuesto en el Plan Garantía Juvenil Plus 2021-2027 de trabajo digno para las personas
jóvenes, aprobado en junio de 2021 y que sigue constituyendo el elemento básico de
acción en materia de empleo juvenil.
Cabe recordar, llegados a este punto, las características generales del Plan Garantía
Juvenil Plus 2021-2027, que son las siguientes:
1. Luchar de manera efectiva contra la precariedad laboral. Las políticas activas de
empleo juvenil deben estar alineadas con el objetivo prioritario de la lucha contra la
precariedad y temporalidad laboral.
2. Evitar a toda costa el uso abusivo y fraudulento de becas y prácticas no
laborales.
3. Incorporar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres,
particularmente en materia de lucha contra la segregación laboral, que debe formar parte
de la actuación de los Servicios Públicos de Empleo a todos los niveles, tanto en el
ámbito de la intermediación, como en el de la formación o el diseño y aplicación de los
programas.
4. Integrar el principio antidiscriminatorio en todas las acciones, no solo por razón
de género, sino también por edad, ideología o convicciones, discapacidad, orientación
sexual, identidad de género y características sexuales.
5. Otorgar prioridad o tratamientos específicos a los colectivos más vulnerables o
con especiales dificultades en el mundo laboral. Por ello, contempla el refuerzo de las
políticas para alcanzar a la población juvenil más vulnerable y en riesgo de exclusión, así
como a los que viven en zonas aisladas o menos pobladas, como las áreas rurales.
6. Situar a las personas jóvenes como protagonistas de su trayectoria hacia el
empleo digno por medio de itinerarios personalizados integrados en un sistema de
orientación para el empleo cualificado y estable, configurando itinerarios individualizados
que se prolongarán tanto en las etapas de empleo como de eventual desempleo.
7. Crear oportunidades de acceso a nuevos empleos en nuevos sectores, tomando
como referencia la transformación hacia un contexto verde, sostenible, colaborativo y
digital, impulsando el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes en sectores
emergentes como la economía digital, economía verde, o del cuidado.
8. Incrementar la cualificación de las personas jóvenes dotándolas de las
competencias profesionales requeridas por el mercado de trabajo, incrementando
sustancialmente el número de personas jóvenes con las competencias necesarias,
técnicas y profesionales, para acceder al empleo, el trabajo decente y el
emprendimiento.
9. La crisis sanitaria ha incidido en la situación del empleo de las personas y
requiere acciones específicas para ofrecer soluciones integrales que den respuesta a las
consecuencias adversas a medio y largo plazo en los planos educativo, formativo y
profesional de las personas jóvenes. La pandemia también anticipa cambios que pueden
ser estructurales en el funcionamiento del mercado de trabajo y a los que debe ser capaz
de dar respuesta Garantía Juvenil Plus.
10. Introducir mayor flexibilidad en su funcionamiento y gestión. La flexibilización y
aumento en la agilidad de la inscripción en el fichero de GJ resulta esencial para
aumentar el volumen de personas inscritas y, consiguientemente, también la relevancia
del Plan.
11. Potenciar el desarrollo de una comunidad de cooperación horizontal y vertical,
para lo cual establecerá los pilares para el trabajo conjunto con los interlocutores
cve: BOE-A-2024-14810
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Núm. 173