II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-14743)
Resolución de 12 de julio de 2024, del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo de las oficinas judiciales de Esplugues de Llobregat y de Sant Feliu de Guíxols.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Jueves 18 de julio de 2024
Cuarta.

Sec. II.B. Pág. 90151

Solicitudes.

4.1 La solicitud para participar en este concurso debe formalizarse según el modelo
que figura en el anexo 3 de esta convocatoria y presentarse en el plazo de diez días
hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria
en el DOGC y en el BOE. En caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga
simultáneamente en el BOE y en el DOGC, se tendrá en cuenta la fecha de publicación
en el DOGC, de acuerdo con lo que dispone el artículo 49.5 del Real Decreto 1451/2005,
de 7 de diciembre.
De acuerdo con lo que establecen los artículos 10.1, 10.2 y 14.2.e de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), la solicitud debe presentarse preferentemente
mediante el registro telemático de este Departamento (https://justicia.gencat.cat/ca/tramits/
tramits-temes/Peticio-generica). En caso de que no sea posible, se puede presentar
presencialmente en cualquiera de los centros indicados en la web del Departamento de
Justicia, Derechos y Memoria de la Generalitat de Catalunya.
4.2 Los aspirantes deben consignar en la solicitud de participación el partido judicial
de uno de los dos puestos de trabajo que figuran en el anexo 2, siempre que reúnan los
requisitos exigidos.
4.3 En la solicitud debe adjuntarse, en su caso, las fotocopias compulsadas de los
certificados o diplomas acreditativos del conocimiento del catalán, de acuerdo con lo que
dispone la base séptima, apartado 7.1, de esta resolución.
4.4 Con la solicitud deber adjuntarse también el anexo 4, de declaración de los
méritos y las capacidades que se aleguen. Estos méritos y capacidades se tienen que
acreditar documentalmente mediante las certificaciones, los títulos, los justificantes o
cualquier otro medio documental, debidamente compulsados.
4.5 Los aspirantes a los que hace referencia el punto 1.4 de estas bases tienen que
adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración de
discapacidades del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS) para que
la Comisión de Valoración pueda evaluar que el funcionario puede desarrollar de forma
suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo objeto de
convocatoria.
4.6 La Subdirección General de Recursos Humanos comprueba de oficio la
antigüedad en el cuerpo, relativa a lo que establece el punto 6.1 de esta convocatoria.
4.7 Los méritos se valoran en referencia a la fecha en que finaliza el plazo de
presentación de solicitudes que establece el punto 4.1 de esta convocatoria.
4.8 Las solicitudes tienen carácter vinculante para los concursantes y sólo se
admiten renuncias a la participación en el concurso que se presenten durante el período
de presentación de solicitudes.
4.9 Los participantes no pueden anular o modificar el contenido de su solicitud una
vez finalizado el período de presentación.
Fases del concurso y propuesta de resolución.

5.1 Este concurso consta de dos fases que incluyen la totalidad de los méritos y las
capacidades especificados en la base sexta de esta convocatoria. La propuesta de
resolución recae en el candidato que tenga mejor valoración en el conjunto de ambas
fases.
5.2 En caso de empate en el conjunto del concurso, este se dirime en función de la
puntuación más alta obtenida en el apartado de antigüedad en el cuerpo.
Sexta. Méritos y capacidades a valorar.
6.1

Primera fase.

En esta fase se comprueban y valoran los méritos generales. La puntuación máxima
que se puede alcanzar es de 72 puntos.

cve: BOE-A-2024-14743
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.