II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-14743)
Resolución de 12 de julio de 2024, del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo de las oficinas judiciales de Esplugues de Llobregat y de Sant Feliu de Guíxols.
11 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Jueves 18 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 90150

su resolución, se puede entender desestimado y se puede interponer un recurso
contencioso-administrativo en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al
día en que se produzca el acto presunto desestimatorio del recurso.
Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que
consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 12 de julio de 2024.–La Consejera de Justicia, Derechos y Memoria, P. D.
(Resolución JUS/1040/2021, de 30 de marzo), la Secretaria para la Administración de
Justicia, Iolanda M. Aguilar i Juncosa.
ANEXO 1
Bases
Primera.

Régimen de participación.

1.1 De conformidad con lo que prevé el artículo segundo de la Ley
Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, y dado que se trata de un proceso de
acoplamiento, pueden participar en este concurso en exclusiva y por una sola vez los
funcionarios del cuerpo de gestión procesal y administrativa que se encuentren en
situación de servicio activo con destino definitivo o con reserva de puesto de trabajo
en los órganos judiciales de Esplugues de Llobregat y Sant Feliu de Guíxols.
1.2 No pueden participar en este concurso, al tratarse de un proceso de
acoplamiento, los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia voluntaria
sin reserva de puesto de trabajo, los suspendidos en firme, mientras dure la suspensión,
y los sancionados con traslado forzoso para un destino en la misma localidad en la que
se les impuso la sanción, en tanto no hayan transcurrido uno o tres años si se trata de
falta grave o muy grave, respectivamente.
1.3 En cuanto al tiempo mínimo para participar en este concurso específico y
de conformidad con lo que prevé el artículo 49.7 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de
diciembre, no rige la limitación que establece el artículo 46.1.
1.4 El personal funcionario con discapacidad puede participar en el proceso en
igualdad de condiciones que el resto de participantes siempre que pueda desarrollar las
funciones del puesto de trabajo a proveer.
Perfil lingüístico.

2.1 Para participar en esta convocatoria es necesario poseer los conocimientos
orales y escritos de lengua catalana debidamente acreditados mediante la certificación
de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el
apartado 3 del anexo 2, de acuerdo con lo que determina la relación de puestos de
trabajo.
2.2 En caso de que las personas aspirantes no estén en posesión del certificado
acreditativo correspondiente, la Comisión de Valoración debe evaluar, mediante una
prueba, dichos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, antes de
elaborar la propuesta de admitidos y excluidos prevista en esta convocatoria.
2.3 En este último caso, al día siguiente del día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes de participación, debe publicarse en la intranet de la
Administración de justicia el día, la hora y el lugar de realización de la prueba de
acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.
Tercera.

Requisito de participación.

Los requisitos de participación deben cumplirse en la fecha en que finalice el plazo
de presentación de solicitudes que establece la base cuarta de esta convocatoria y debe
mantenerse su cumplimiento hasta la toma de posesión en el puesto de trabajo
adjudicado.

cve: BOE-A-2024-14743
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.