II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-14743)
Resolución de 12 de julio de 2024, del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo de las oficinas judiciales de Esplugues de Llobregat y de Sant Feliu de Guíxols.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Jueves 18 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 90152

Antigüedad. Por los servicios efectivos al cuerpo se otorgan dos puntos por cada año
completo de servicios, y se computan proporcionalmente los períodos inferiores por
meses o, en su caso, por días. A estos efectos, los meses se consideran treinta días. La
puntuación máxima por este concepto es de 60 puntos.
Conocimiento oral y escrito del catalán. Se valora el conocimiento oral y escrito del
catalán hasta un máximo de 12 puntos, según el nivel de conocimientos acreditados en
los siguientes términos:
Certificado de nivel C2 (hasta enero de 2014, nivel
equivalentes: 6 puntos.
Certificado de conocimientos de lenguaje jurídico (nivel J): 6 puntos.
6.2

D)

o

títulos

Segunda fase.

En esta fase se comprueban y valoran las aptitudes concretas que garantizan la
adecuación del aspirante de acuerdo con el contenido funcional del puesto a proveer
descrito en el anexo 2 de estas bases. La puntuación máxima que se puede alcanzar es
de 43 puntos.
En concreto y dentro de esta fase, se valoran los siguientes méritos y capacidades:
6.2.1

Experiencia profesional.

Se valora el trabajo desarrollado en función de la experiencia adquirida,
especialmente en el ejercicio de funciones similares a las propias del puesto convocado,
teniendo en cuenta el contenido técnico y la especialización de las funciones
desarrolladas con relación a las que se convocan y las aptitudes y habilidades
requeridas. La puntuación máxima a obtener en este apartado es de 14 puntos.
6.2.2

Formación complementaria.

Se valora la asistencia o el aprovechamiento a los cursos de formación y de
perfeccionamiento que traten sobre materias relacionadas con las funciones propias de
los puestos objeto de convocatoria, o con habilidades que dichos puestos requieren en
función de su utilidad, de acuerdo con la descripción del puesto de trabajo del anexo 2
de esta resolución, que establece las funciones y tareas que tienen que realizar en
función de las características del puesto de trabajo a ocupar. La puntuación máxima a
obtener en este apartado es de 14 puntos.
6.2.3

Entrevista competencial.

Se puede completar la valoración de los méritos específicos mediante una entrevista
a los candidatos con mejor puntuación, que debe versar sobre la experiencia y los
conocimientos en relación con las características del puesto que constan en el
apartado 5 del anexo 2 de esta resolución. La puntuación máxima a obtener en este
apartado es de 15 puntos.
Sistemas de acreditación de méritos y capacidades.

Con el fin de acreditar los méritos y las capacidades a que se refiere la base sexta,
se tiene que aportar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la siguiente
documentación:
7.1 Los datos correspondientes a los conocimientos orales y escritos de lengua
catalana deben acreditarse con la certificación de la Secretaría de Política Lingüística o
equivalente, de acuerdo con el Decreto 37/2024, de 6 de febrero, sobre evaluación y
certificación de conocimientos de lengua general de catalán (DOGC núm. 9097, de 8 de
febrero de 2024).
El conocimiento de lenguaje jurídico (nivel J) debe acreditarse con la certificación de
la Secretaría de Política Lingüística, el Centro de Estudios Jurídicos y Formación

cve: BOE-A-2024-14743
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.