III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-14718)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Miércoles 17 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 90027

e) Mando: Factor para cuya valoración se tiene en cuenta el grado de
supervisión y ordenación de las funciones y tareas, la capacidad de interrelación,
las características del colectivo y el número de personas sobre las que se ejerce el
mando.
f) Complejidad: Factor para cuya valoración se tiene en cuenta el número y el
grado de integración de los diversos factores antes enumerados en la tarea o
puesto encomendado.
g) Titulación: Factor para aquellas categorías cuyas especialidades requieran
unas titulaciones concretas para el ejercicio de sus funciones.
Artículo 10.

Áreas funcionales y categorías profesionales.

1. La adscripción de los trabajadores a los distintos grupos profesionales se
realiza a través de las áreas funcionales que, atendiendo a la estructura funcional
básica de la AEAT, configuran el conjunto de líneas de actividad profesional
relacionadas entre sí. Las áreas funcionales y las distintas labores que las integran
son las siguientes:
Área técnico profesional. De manera no exhaustiva, incluye el siguiente
conjunto de líneas de actividad:
Conservación y mantenimiento de instalaciones.
Artes gráficas, fotocomposición, reproducción, estampación y encuadernación.
Obtención de imágenes médicas a través de aparatos de rayos X en aduanas.
Desarrollo gráfico de estudios y proyectos de obras e instalaciones.
Creación y desarrollo de proyectos de diseño aplicados a entornos digitales,
multimedia y web, y elaboración de material audiovisual y multimedia.
Otras actividades de naturaleza análoga.
Área administrativa, informática y tributaria. De manera no exhaustiva, incluye
el siguiente conjunto de líneas de actividad:
Tareas derivadas de la aplicación de los procedimientos tributarios.
Gestión de recursos humanos.
Gestión económica y presupuestaria.
Informática.
Información administrativa de gestión.
Comunicación interna y externa.
Procesamiento de datos.
Clasificación, control y almacenamiento de documentación y publicaciones.
Entrega y notificación de documentación derivada de los procedimientos
tributarios.
Otras funciones de naturaleza análoga.

Recepción de paquetería, documentación y correspondencia.
Distribución de documentación y material no pesado.
Franqueo, depósito, entrega, recogida y distribución de correspondencia.
Entrega y recogida de documentación administrativa dentro y fuera del centro
de trabajo.
Utilización de máquinas reproductoras sencillas localizadas en unidades
administrativas, no específicas de artes gráficas.
Carga, descarga, manipulación, pesaje, almacenamiento de mercancías en
recintos aduaneros.

cve: BOE-A-2024-14718
Verificable en https://www.boe.es

Área de servicios generales y de apoyo a oficina. De manera no exhaustiva,
incluye el siguiente conjunto de líneas de actividad: