III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Ayudas. (BOE-A-2024-14723)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria para la selección de operaciones en el marco del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza, cofinanciado con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
58 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90057
5. Las solicitudes presentadas deberán garantizar de forma explícita el
cumplimiento de los principios horizontales recogidos en el artículo 9 del Reglamento
(UE) 2021/1060 y en los artículos 6 y 8 del Reglamento (UE) 2021/1057, a saber:
– Respeto de los derechos fundamentales y conformidad con la Carta de los
Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
– Igualdad entre mujeres y hombres, generalización de la consideración del género e
integración de la perspectiva de género.
– Igualdad de oportunidades y no discriminación.
– Accesibilidad para las personas con discapacidad.
– Desarrollo sostenible.
6. En función de la tipología de los solicitantes, las solicitudes deberán ir
acompañadas de los documentos detallados a continuación, teniendo en cuenta que la
comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud
como en la documentación aportada, podrá comportar la inadmisión a trámite de la
solicitud, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran derivarse.
6.1 Documentación general. Con carácter general será necesario presentar la
siguiente documentación:
a. Documentación que acredite los datos identificativos de la entidad solicitante y
de su representante legal en el procedimiento.
b. Documentación que acredite los datos identificativos de quien presentan la
solicitud.
c. La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización de la
entidad solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la
acreditación de la circunstancia de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con
la Seguridad Social a través de certificados telemáticos, en cuyo caso la solicitante no
deberá aportar las correspondientes certificaciones.
Si la entidad solicitante se opone expresamente a que el órgano concedente recabe
dicha información, deberá presentar certificado de estar al corriente de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Reglamento de
la Ley General de Subvenciones.
Asimismo, cuando las entidades solicitantes sean federaciones, confederaciones,
uniones o personas jurídicas similares, o uniones sin personalidad jurídica que integren
en su seno a varias entidades, se entenderá por otorgado el consentimiento para que el
órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de la circunstancia de estar
al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a no ser que alguna
de las entidades miembros se oponga expresamente a ello, en cuyo caso la entidad de
que se trate deberá presentar certificado de que se halla al corriente de sus respectivas
obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
d. Declaración responsable de quien ostente la representación legal de la entidad
solicitante de que ésta se encuentra al corriente en el pago de obligaciones por reintegro
de subvenciones, de acuerdo con lo previsto por el artículo 25 del Reglamento de la Ley
General de Subvenciones.
Asimismo, cuando las entidades solicitantes sean federaciones, confederaciones,
uniones o personas jurídicas similares, o uniones sin personalidad jurídica que integren
en su seno a varias entidades, deberán presentar, además, una declaración responsable
relativa a que las entidades ejecutantes de los programas se hallan al corriente en el
pago de sus respectivas obligaciones por reintegro de subvenciones.
e. Declaración responsable de quien ostente la representación legal de la entidad
solicitante, así como en su caso declaración responsable de quienes ostente la
representación legal de las entidades ejecutantes de los proyectos, de que no se hallan
incursas en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias de
cve: BOE-A-2024-14723
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 172
Miércoles 17 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90057
5. Las solicitudes presentadas deberán garantizar de forma explícita el
cumplimiento de los principios horizontales recogidos en el artículo 9 del Reglamento
(UE) 2021/1060 y en los artículos 6 y 8 del Reglamento (UE) 2021/1057, a saber:
– Respeto de los derechos fundamentales y conformidad con la Carta de los
Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
– Igualdad entre mujeres y hombres, generalización de la consideración del género e
integración de la perspectiva de género.
– Igualdad de oportunidades y no discriminación.
– Accesibilidad para las personas con discapacidad.
– Desarrollo sostenible.
6. En función de la tipología de los solicitantes, las solicitudes deberán ir
acompañadas de los documentos detallados a continuación, teniendo en cuenta que la
comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud
como en la documentación aportada, podrá comportar la inadmisión a trámite de la
solicitud, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran derivarse.
6.1 Documentación general. Con carácter general será necesario presentar la
siguiente documentación:
a. Documentación que acredite los datos identificativos de la entidad solicitante y
de su representante legal en el procedimiento.
b. Documentación que acredite los datos identificativos de quien presentan la
solicitud.
c. La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización de la
entidad solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la
acreditación de la circunstancia de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con
la Seguridad Social a través de certificados telemáticos, en cuyo caso la solicitante no
deberá aportar las correspondientes certificaciones.
Si la entidad solicitante se opone expresamente a que el órgano concedente recabe
dicha información, deberá presentar certificado de estar al corriente de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Reglamento de
la Ley General de Subvenciones.
Asimismo, cuando las entidades solicitantes sean federaciones, confederaciones,
uniones o personas jurídicas similares, o uniones sin personalidad jurídica que integren
en su seno a varias entidades, se entenderá por otorgado el consentimiento para que el
órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de la circunstancia de estar
al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a no ser que alguna
de las entidades miembros se oponga expresamente a ello, en cuyo caso la entidad de
que se trate deberá presentar certificado de que se halla al corriente de sus respectivas
obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
d. Declaración responsable de quien ostente la representación legal de la entidad
solicitante de que ésta se encuentra al corriente en el pago de obligaciones por reintegro
de subvenciones, de acuerdo con lo previsto por el artículo 25 del Reglamento de la Ley
General de Subvenciones.
Asimismo, cuando las entidades solicitantes sean federaciones, confederaciones,
uniones o personas jurídicas similares, o uniones sin personalidad jurídica que integren
en su seno a varias entidades, deberán presentar, además, una declaración responsable
relativa a que las entidades ejecutantes de los programas se hallan al corriente en el
pago de sus respectivas obligaciones por reintegro de subvenciones.
e. Declaración responsable de quien ostente la representación legal de la entidad
solicitante, así como en su caso declaración responsable de quienes ostente la
representación legal de las entidades ejecutantes de los proyectos, de que no se hallan
incursas en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias de
cve: BOE-A-2024-14723
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 172