III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-14705)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Telde a inscribir un acta notarial tramitada en procedimiento de expediente de dominio del artículo 203 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Miércoles 17 de julio de 2024

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Contra la anterior calificación (…)
Se prorroga el plazo del asiento de presentación durante el plazo de sesenta días de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de la Ley Hipotecaria.
Por no haberse solicitado no se ha tomado anotación preventiva de suspensión.
Y de conformidad con todo ello, se suspende la inscripción del precedente
documento.
Este documento ha sido firmado con firma electrónica cualificada por Rafael Robledo
González registrador/a de Registro Propiedad de Telde a día trece de marzo del dos mil
veinticuatro.»
III
Contra la anterior nota de calificación, doña J., doña A. y don S. B. S., don J. A. R. P.
y doña N. V. T., interpusieron recurso el día 9 de abril de 2024 mediante escrito en el que
alegaban lo siguiente:
«Hechos:
Primero. Que la calificación negativa objeto del presente recurso se refiere a la
inscripción en el Registro de la Propiedad, de la escritura otorgada por el Notario de Las
Palmas de Gran Canaria, Don Alberto Blanco Pulleiro, al número 2459/2023 de su
protocolo, de expediente de dominio para inmatriculación de finca, cuya descripción obra
en la antedicha escritura, que a continuación reproducimos:
“Urbana: solar edificable en el sitio conocido por (…) en el término municipal de
Telde.
Superficie: Según el título, tiene una superficie de ciento cincuenta y ocho metros
cuadrados (158 m2); si bien, según reciente medición, su superficie es de ciento
veintisiete metros cuadrados (127 m2), tal y como queda reflejado en la certificación
catastral descriptiva y gráfica que se incorpora.
Linderos:
Norte, con acequia de la Heredad (…)
Sur, con D. S. S. S. y Don J. J. M. M., hoy con la referencia catastral
001800500DS59F0001YI, cuyo titular catastral es Don S. S. S., y con la referencia
catastral 001800400DS59F0001BI, cuyo titular es J. R. A.
Naciente, con estanque de Don M. S. B., hoy con referencia catastral
7759205DS5975N0001PU cuyo titular catastral está en investigación.
Poniente, con servidumbre de varios, hoy, con calle (…), por donde tiene su acceso,
a través del número (…) de gobierno.

Sin embargo, la inscripción solicitada se suspende de conformidad a lo estipulado en
el Art. 18 de la Ley Hipotecaria, y 98 de su Reglamento, y ello de conformidad a la
siguiente “fundamentación”:
“Tras haber sido expedida por este Registro certificación con fecha doce de abril de
dos mil veintitrés solicitada en el precedente documento, se advertía en la misma que la
finca objeto de inmatriculación podía corresponder con la finca registral 58.668, debiendo
ser despejadas las dudas sobre la posible coincidencia, por lo que se suspende la
inscripción de dicho documento.”

cve: BOE-A-2024-14705
Verificable en https://www.boe.es

Dentro de su cabida y linderos existe actualmente un Edificio de una planta, que
tiene una superficie construida en planta de cuarenta y nueve metros y ochenta y ocho
decímetros cuadrados (49,88 m2) y en patio de ochenta metros y cuarenta y dos
decímetros cuadrados. (...)
(...) Referencia catastral - Tiene la referencia catastral 001801100DS59F0001PI,
según certificación catastral descriptiva y gráfica que so incorpora a esta matriz. (...)”