III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-14603)
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía, para el reparto de las responsabilidades derivadas de la licitación del contrato de servicios por la operación de obligaciones de servicio público en la ruta aérea Almería-Sevilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Martes 16 de julio de 2024

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Séptimo.
Que el contrato referido en el punto inmediatamente anterior se ha suscrito al amparo
de un convenio firmado entre ambas partes (el 28 y 30 de junio de 2022 por parte de la
Junta de Andalucía y Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, respectivamente),
con una duración de cuatro años a partir del 1 de julio de 2022, fecha de inscripción en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal.
Octavo.
Que, teniendo en cuenta la finalización del contrato actual, para el caso en que
ninguna compañía demuestre que está dispuesta a prestar dichos servicios de forma
regular y económicamente sostenible, y por tanto, se decida limitar de nuevo el acceso a
una sola compañía aérea y garantizar la provisión de los servicios mediante un nuevo
proceso de licitación, ambas partes acuerdan que todas las obligaciones de contenido
económico que se deriven para la Administración de la licitación, adjudicación y
resolución del contrato de prestación de servicios, para el cumplimiento sostenible de las
obligaciones de servicio público en la ruta Almería-Sevilla, serán sufragadas por la Junta
de Andalucía.
De conformidad con lo expuesto, las partes intervinientes suscriben el presente
convenio, estableciendo, al efecto, las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Es objeto de este convenio establecer el régimen de cooperación entre el Ministerio
de Transportes y Movilidad Sostenible y la Junta de Andalucía para el seguimiento del
buen funcionamiento de las obligaciones que han sido establecidas en la ruta aérea
Almería-Sevilla, la participación en la preparación del contrato y la selección del
adjudicatario, y el abono a la compañía aérea que, en su caso, sea seleccionada para
operarlas, de la compensación que se establezca por el cumplimiento de la obligación de
servicio público declarada en esta ruta mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.
Segunda.
Este convenio tiene naturaleza administrativa, y su régimen jurídico está constituido
por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible encomienda a la Junta de
Andalucía, y esta acepta, asumir todas las obligaciones de contenido económico que,
como consecuencia del contrato previsto en la cláusula Primera, pudiesen derivarse a
favor de la compañía aérea seleccionada para operar la ruta aérea Almería-Sevilla,
incluidas las derivadas del incumplimiento de dicho contrato, entre otros, por impagos o
retrasos en el pago por parte de la Junta de Andalucía, o las derivadas de la resolución
de dicho contrato.
La asunción de obligaciones de contenido económico por la Junta de Andalucía es
sin perjuicio del derecho a exigir del mismo el pago de las penalidades que procedan de
acuerdo con lo previsto en el título contractual en caso de incumplimiento del contrato
por parte del contratista.

cve: BOE-A-2024-14603
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.