III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Subvenciones. (BOE-A-2024-14611)
Orden TRM/729/2024, de 30 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de ENAIRE destinadas al desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de julio de 2024

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Para ello ENAIRE, con fecha 12 de mayo de 2022, solicitó al Servicio Público de
Empleo Estatal (SEPE) la declaración de excepcionalidad basada en razones de
carácter productivo, organizativo, técnico o económico que motivan la especial dificultad
para incorporar personas trabajadoras con discapacidad a la plantilla de la empresa,
conforme a lo establecido en el artículo 1.3 del Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.
El SEPE con fecha 9 de junio de 2022, mediante Resolución del expediente
número 207/2022, estimó dicha solicitud de declaración de excepcionalidad con un plazo
de vigencia de tres años desde la fecha de emisión y autorizó la adopción de dos
medidas alternativas. En primer lugar, la celebración de un contrato de prestación de
servicios con una serie de centros especiales de empleo, y en segundo lugar la
realización de una donación a una fundación o asociación de utilidad pública que tenga
entre sus fines la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en
favor de las personas discapacitadas, en los términos establecidos el artículo 2.1. c) del
Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.
La donación referida en el Real Decreto 364/2005, de 8 abril, teniendo en cuenta el
marco normativo que rige la actuación de ENAIRE como entidad pública empresarial,
reviste el carácter de subvención, pues cumple los requisitos establecidos en el
artículo 2.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; es decir, la entrega se realiza sin
contraprestación directa de las entidades beneficiarias, está sujeta al cumplimiento de un
determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la
adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la
concurrencia de una situación, debiendo la entidad beneficiaria cumplir las obligaciones
materiales y formales que se hubieran establecido. Y, por último; el proyecto, la acción,
conducta o situación financiada tiene por objeto el fomento de una actividad de utilidad
pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
Estas subvenciones cuando las realiza una entidad pública empresarial como
ENAIRE adscrita a la Administración General del Estado a través del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana aún sometida a derecho privado, están
incluidas en el ámbito de aplicación de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, pues sin perjuicio de que el artículo 3.2 de dicha Ley, establece que se
ajustarán a la misma las otorgadas por los organismos y demás entidades de derecho
público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las
Administraciones públicas en la medida en que las subvenciones que otorguen sean
consecuencia del ejercicio de potestades administrativas; la disposición adicional
vigésima sexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, amplía el ámbito de aplicación a
las entregas dinerarias sin contraprestación concedidas por las entidades de derecho
público del sector público estatal que se rijan por el derecho privado que califica de
subvenciones a las mismas añadiendo que, la concesión y demás actuaciones
contempladas en esta Ley, constituirán el ejercicio de potestades administrativas a los
efectos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, quedando sometidas al mismo régimen jurídico
establecido para las subvenciones concedidas por las Administraciones Públicas.
Por lo tanto, de conformidad con la citada normativa, la Orden Ministerial es el
instrumento adecuado para articular las bases de estas subvenciones como medida de
cumplimiento alternativo a la obligación de contratar personas con discapacidad.
En este sentido, cabe recordar que, para dar cumplimiento a la medida alternativa de
la donación mencionada, con anterioridad a la aprobación de estas Bases, ya se articuló
idéntica solución mediante la aprobación de la Orden FOM/926/2019, de 26 de julio, por
la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de
ENAIRE destinadas a actividades de inserción laboral y de creación de empleo de
personas con discapacidad.
Las subvenciones, cuyas bases se acuerdan por esta Orden se concederán
mediante el régimen ordinario de concurrencia competitiva, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de

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Núm. 171