I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Presupuestos. (BOE-A-2024-14547)
Ley 5/2024, de 9 de mayo, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2024.
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Martes 16 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 89112

d) Del mismo modo, podrá autorizarse globalmente la contratación de personal
laboral con duración determinada para aquellas categorías profesionales y centros de
trabajo que se estimen oportunos, cuando concurra una actividad prestadora de servicios
públicos directos, se trate de actividades estacionales, o así lo aconseje el reducido
número de plantilla existente en los centros de trabajo para alguna categoría profesional
concreta o que presten servicios en el operativo de prevención y extinción contra
incendios forestales.
e) Igualmente, podrá autorizarse globalmente la provisión temporal de los puestos
adscritos a centros, servicios e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia
Regional de Salud.
f) Durante 2024 la determinación del número máximo tanto de contrataciones de
profesorado de carácter laboral en centros docentes públicos no universitarios, como del
total de posibles designaciones de asesores técnicos docentes, requerirá autorización
previa a iniciativa conjunta de los titulares de las consejerías competentes en materia de
función pública y de presupuestos, vistos los informes de los centros directivos
respectivos.
2.

Otras entidades del sector público autonómico.

a) Durante 2024 no se procederá a la contratación de personal laboral con duración
determinada en los entes públicos de derecho privado, las empresas públicas,
fundaciones y consorcios del sector público autonómico, salvo en casos excepcionales y
para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, que requerirá la previa autorización de
la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, visto el informe
del centro directivo competente en materia de presupuestos. No será necesario el
requisito de la previa autorización de la persona titular de la consejería competente en
materia de hacienda en aquellos entes que dependan o estén vinculados a las Cortes de
Castilla y León, a las instituciones propias de la Comunidad, ni a las universidades
públicas.
b) En el ámbito de aquellas entidades se excluyen de dicha autorización los
contratos que se celebren en los mismos supuestos que los establecidos en el
apartado 1.b) de esta disposición, salvo en el supuesto de la realización de campañas
especiales, en que sí se requerirá dicha autorización.
3. Serán nulos de pleno derecho los actos dictados en contravención de lo
dispuesto en este artículo.

1. Con cargo a los créditos para inversiones, podrán formalizarse durante el
año 2024 contratos laborales de duración determinada en las modalidades previstas por
la legislación aplicable.
2. En el ámbito de la Administración General de la Comunidad y sus organismos
autónomos esta contratación requerirá autorización a iniciativa conjunta de los titulares
de las consejerías competentes en materia de función pública y presupuestos, vistos los
informes de los centros directivos respectivos y previa acreditación de su urgente e
inaplazable necesidad.
En el ámbito de los entes públicos de derecho privado, las empresas públicas,
fundaciones y consorcios del sector público autonómico sólo se requerirá la previa
autorización de la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda,
visto el informe del centro directivo competente en materia de presupuestos, y previa
acreditación de su urgente e inaplazable necesidad.
No será necesario el requisito de la previa autorización en aquellos entes que
dependan, o estén vinculados, a las Cortes de Castilla y León, a las instituciones propias
de la Comunidad, ni a las universidades públicas.

cve: BOE-A-2024-14547
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 23. Contratación de personal con cargo a los créditos para inversiones.