II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-14470)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170
Lunes 15 de julio de 2024
Quinta.
Sec. II.B. Pág. 88624
Constitución de las Comisiones y desarrollo del concurso.
5.1 La constitución de la comisión se llevará a cabo de acuerdo con el Real
Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el
acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a
plazas de dichos cuerpos y la «Instrucción 1/2024 para regular la constitución del
proyecto de selección de plazas de personal docente e investigador de la Universitat
Jaume I».
5.2 El desarrollo del concurso y la propuesta de provisión, se efectuarán conforme
a los artículos del 5 al 9 del RCAUJI, en todo aquello que no contradiga o se oponga a la
LOSU y al Real Decreto 678/2023, de 18 de julio.
5.3 En el acto de presentación, que será público, las personas candidatas deberán
entregar al presidente o presidenta de la comisión:
a) Historial académico, docente e investigador, por quintuplicado, así como un
ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos del consignado.
b) Proyecto docente e investigador por quintuplicado.
5.4 Los criterios generales de evaluación de aplicación para las comisiones serán
los previstos en el anexo IV.
5.5 Las comisiones de contratación deberán constituirse en el plazo de 4 meses
desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento de sus miembros efectuado
en la presente convocatoria.
Sexta.
Propuesta de provisión de plazas y nombramientos.
6.1 A la vista de la puntuación otorgada a las personas aspirantes en la prueba, la
comisión presentará la propuesta de la candidatura para ocupar la plaza, teniendo en cuenta
que en ningún caso la comisión puede proponer que ha superado el proceso selectivo un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas
aprobadas que contravenga lo que se establece será nula de pleno derecho.
6.2 El concurso puede concluir con la propuesta de la comisión de no provisión de
plaza, teniendo en cuenta lo dispuesto en la normativa de aplicación.
6.3 La propuesta motivada de provisión se hará pública en el plazo máximo de
cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la finalización de la prueba, en el
lugar de celebración del concurso o por medios electrónicos, en el supuesto de que el
concurso se haya llevado a cabo electrónicamente. La propuesta de provisión deberá
indicar los posibles medios de impugnación que podrán utilizar las personas interesadas
y permanecerá expuesta, al menos, hasta la finalización del plazo para interponer
recurso administrativo.
6.4 El presidente o presidenta de la comisión, una vez efectuada y publicada la
propuesta de provisión, la remitirá al Servicio de Recursos Humanos, junto con un ejemplar
de todas las actas e informes. Así mismo, el presidente o la presidenta tramitará una
certificación del secretario o secretaria de la comisión relativa a la fecha de publicación.
Presentación de documentos.
La candidata o candidato propuesto deberá presentar en el plazo máximo de veinte
días siguientes al de la finalización de la actuación de la comisión, en el Registro General
de la Universitat o por cualquier de los otros procedimientos señalados en el artículo 16
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las
Administraciones Públicas:
a) Una copia del documento nacional de identidad (DNI) o, si no se tiene la nacionalidad
española, del documento oficial equivalente que acredite su nacionalidad en vigor.
b) Certificado de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas,
expedido por la Oficina de Prevención, Promoción de la Salud y Medioambiente de la UJI.
cve: BOE-A-2024-14470
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 170
Lunes 15 de julio de 2024
Quinta.
Sec. II.B. Pág. 88624
Constitución de las Comisiones y desarrollo del concurso.
5.1 La constitución de la comisión se llevará a cabo de acuerdo con el Real
Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el
acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a
plazas de dichos cuerpos y la «Instrucción 1/2024 para regular la constitución del
proyecto de selección de plazas de personal docente e investigador de la Universitat
Jaume I».
5.2 El desarrollo del concurso y la propuesta de provisión, se efectuarán conforme
a los artículos del 5 al 9 del RCAUJI, en todo aquello que no contradiga o se oponga a la
LOSU y al Real Decreto 678/2023, de 18 de julio.
5.3 En el acto de presentación, que será público, las personas candidatas deberán
entregar al presidente o presidenta de la comisión:
a) Historial académico, docente e investigador, por quintuplicado, así como un
ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos del consignado.
b) Proyecto docente e investigador por quintuplicado.
5.4 Los criterios generales de evaluación de aplicación para las comisiones serán
los previstos en el anexo IV.
5.5 Las comisiones de contratación deberán constituirse en el plazo de 4 meses
desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento de sus miembros efectuado
en la presente convocatoria.
Sexta.
Propuesta de provisión de plazas y nombramientos.
6.1 A la vista de la puntuación otorgada a las personas aspirantes en la prueba, la
comisión presentará la propuesta de la candidatura para ocupar la plaza, teniendo en cuenta
que en ningún caso la comisión puede proponer que ha superado el proceso selectivo un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas
aprobadas que contravenga lo que se establece será nula de pleno derecho.
6.2 El concurso puede concluir con la propuesta de la comisión de no provisión de
plaza, teniendo en cuenta lo dispuesto en la normativa de aplicación.
6.3 La propuesta motivada de provisión se hará pública en el plazo máximo de
cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la finalización de la prueba, en el
lugar de celebración del concurso o por medios electrónicos, en el supuesto de que el
concurso se haya llevado a cabo electrónicamente. La propuesta de provisión deberá
indicar los posibles medios de impugnación que podrán utilizar las personas interesadas
y permanecerá expuesta, al menos, hasta la finalización del plazo para interponer
recurso administrativo.
6.4 El presidente o presidenta de la comisión, una vez efectuada y publicada la
propuesta de provisión, la remitirá al Servicio de Recursos Humanos, junto con un ejemplar
de todas las actas e informes. Así mismo, el presidente o la presidenta tramitará una
certificación del secretario o secretaria de la comisión relativa a la fecha de publicación.
Presentación de documentos.
La candidata o candidato propuesto deberá presentar en el plazo máximo de veinte
días siguientes al de la finalización de la actuación de la comisión, en el Registro General
de la Universitat o por cualquier de los otros procedimientos señalados en el artículo 16
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las
Administraciones Públicas:
a) Una copia del documento nacional de identidad (DNI) o, si no se tiene la nacionalidad
española, del documento oficial equivalente que acredite su nacionalidad en vigor.
b) Certificado de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas,
expedido por la Oficina de Prevención, Promoción de la Salud y Medioambiente de la UJI.
cve: BOE-A-2024-14470
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.