III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Subvenciones. (BOE-A-2024-14533)
Orden ECM/727/2024, de 10 de julio, por la que se modifica la Orden ICT/1063/2019, de 17 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa de iniciación y consolidación de la exportación de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170
Lunes 15 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 88909
ocurrirá con los remanentes creados por empresas que, siendo beneficiarias de un
procedimiento, no hayan firmado la carta de adhesión. En estos casos,
trascurridos dos meses sin haber firmado la carta de adhesión, se considerarán
desistidas y la ayuda en su día otorgada podrá destinarse a incrementar el
presupuesto del procedimiento posterior pendiente de resolución.
De igual forma, las solicitudes estimadas y con una puntuación superior o igual
a la exigida, que no pudieran atenderse con cargo al presupuesto del
procedimiento respectivo, por haberse agotado el presupuesto del mismo,
constituirán una Iista de reserva, y competirán en el procedimiento siguiente y, en
caso de no resultar beneficiarias, en los sucesivos con las solicitudes admitidas de
los distintos procedimientos. En la resolución definitiva de concesión del último
procedimiento de la convocatoria, las empresas que, contando con puntuación
superior a la exigida no hayan podido atenderse por las limitaciones
presupuestarias de cada proceso y que constituyen esa lista de reserva
acumulada, ya no podrán resultar definitivamente beneficiarias.
2. Las convocatorias se efectuarán por resolución de la persona titular de la
Presidencia de ICEX sin perjuicio de las posibles delegaciones.
La resolución que apruebe la convocatoria abierta se publicará en la web de
ICEX, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma
en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo previsto en el
artículo 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El periodo subvencionable se señalará expresamente en la convocatoria abierta.»
Siete. El artículo 7 queda redactado como sigue:
«1. La instrucción y ordenación del procedimiento de concesión de las
subvenciones corresponde a la Dirección responsable del programa.
2. Corresponde al Comité Evaluador el análisis técnico y de viabilidad
económica de las solicitudes de subvenciones y el seguimiento de la realización
de los proyectos de las subvenciones concedidas. Está formado por:
Los vocales podrán delegar en aquellas personas que estimen adecuadas.
Las decisiones se adoptarán por mayoría simple de los miembros con derecho
a voto. El secretario tendrá derecho a voz, pero no a voto.
La composición y su funcionamiento se ajustarán a las previsiones contenidas
en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo atendido con los medios
personales y materiales con los que cuenta actualmente ICEX.
3. La resolución del procedimiento corresponderá al Presidente de ICEX sin
perjuicio de las posibles delegaciones y será notificada a los interesados en un
plazo de diez días hábiles a partir de la fecha en que el acto sea dictado.»
Ocho.
El artículo 9 queda redactado como sigue:
«1. Las subvenciones se incluyen en el régimen establecido en el
Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo
cve: BOE-A-2024-14533
Verificable en https://www.boe.es
a) La persona titular de la Dirección General de Internacionalización de la
Empresa del ICEX que ejercerá de presidente.
b) La persona titular de la Dirección responsable del Programa en el ICEX.
c) La persona titular de la Dirección Económico Financiero del ICEX.
d) La persona titular de la Dirección Adjunta responsable del Programa en el
ICEX.
e) Los técnicos del departamento responsable del Programa en el ICEX con
el máximo que se señale en cada convocatoria, uno de los cuales ejercerá de
secretario.
Núm. 170
Lunes 15 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 88909
ocurrirá con los remanentes creados por empresas que, siendo beneficiarias de un
procedimiento, no hayan firmado la carta de adhesión. En estos casos,
trascurridos dos meses sin haber firmado la carta de adhesión, se considerarán
desistidas y la ayuda en su día otorgada podrá destinarse a incrementar el
presupuesto del procedimiento posterior pendiente de resolución.
De igual forma, las solicitudes estimadas y con una puntuación superior o igual
a la exigida, que no pudieran atenderse con cargo al presupuesto del
procedimiento respectivo, por haberse agotado el presupuesto del mismo,
constituirán una Iista de reserva, y competirán en el procedimiento siguiente y, en
caso de no resultar beneficiarias, en los sucesivos con las solicitudes admitidas de
los distintos procedimientos. En la resolución definitiva de concesión del último
procedimiento de la convocatoria, las empresas que, contando con puntuación
superior a la exigida no hayan podido atenderse por las limitaciones
presupuestarias de cada proceso y que constituyen esa lista de reserva
acumulada, ya no podrán resultar definitivamente beneficiarias.
2. Las convocatorias se efectuarán por resolución de la persona titular de la
Presidencia de ICEX sin perjuicio de las posibles delegaciones.
La resolución que apruebe la convocatoria abierta se publicará en la web de
ICEX, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma
en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo previsto en el
artículo 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El periodo subvencionable se señalará expresamente en la convocatoria abierta.»
Siete. El artículo 7 queda redactado como sigue:
«1. La instrucción y ordenación del procedimiento de concesión de las
subvenciones corresponde a la Dirección responsable del programa.
2. Corresponde al Comité Evaluador el análisis técnico y de viabilidad
económica de las solicitudes de subvenciones y el seguimiento de la realización
de los proyectos de las subvenciones concedidas. Está formado por:
Los vocales podrán delegar en aquellas personas que estimen adecuadas.
Las decisiones se adoptarán por mayoría simple de los miembros con derecho
a voto. El secretario tendrá derecho a voz, pero no a voto.
La composición y su funcionamiento se ajustarán a las previsiones contenidas
en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo atendido con los medios
personales y materiales con los que cuenta actualmente ICEX.
3. La resolución del procedimiento corresponderá al Presidente de ICEX sin
perjuicio de las posibles delegaciones y será notificada a los interesados en un
plazo de diez días hábiles a partir de la fecha en que el acto sea dictado.»
Ocho.
El artículo 9 queda redactado como sigue:
«1. Las subvenciones se incluyen en el régimen establecido en el
Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo
cve: BOE-A-2024-14533
Verificable en https://www.boe.es
a) La persona titular de la Dirección General de Internacionalización de la
Empresa del ICEX que ejercerá de presidente.
b) La persona titular de la Dirección responsable del Programa en el ICEX.
c) La persona titular de la Dirección Económico Financiero del ICEX.
d) La persona titular de la Dirección Adjunta responsable del Programa en el
ICEX.
e) Los técnicos del departamento responsable del Programa en el ICEX con
el máximo que se señale en cada convocatoria, uno de los cuales ejercerá de
secretario.