III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-14366)
Resolución 420/38282/2024, de 5 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Aragón, para la financiación del XXXI Curso Internacional de Defensa del año 2024 "Inteligencia artificial: oportunidades y desafíos para la Seguridad y la Defensa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Sábado 13 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 88038

de los datos personales que no sea estrictamente necesario para el cumplimiento de los
fines del convenio. Los titulares de los datos personales podrán ejercitar ante el
responsable o el encargado del tratamiento de los datos personales los derechos de
acceso, de rectificación, de supresión y portabilidad de los datos personales, y de
limitación u oposición al tratamiento de los datos.
Si las partes intervinientes en el convenio destinasen los datos personales que
obtengan a consecuencia del mismo a otra finalidad, los comunicasen o utilizasen
incumpliendo lo estipulado en el convenio y/o en la normativa de protección de datos
personales, cada una de las partes intervinientes responderá de las responsabilidades
que deriven de los daños y perjuicios causados, a fin de garantizar al perjudicado la
indemnización efectiva, sin perjuicio del artículo 82.5 del RGPD europeo.
Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán validez
durante la vigencia del presente convenio y de sus prórrogas.

Cada una de las partes será titular en exclusiva de todos los derechos adquiridos con
anterioridad a este convenio sobre los nombres, marcas, patentes, obra de propiedad
intelectual (incluyendo programas de ordenador y bases de datos) y demás bienes
protegidos por la legislación española sobre propiedad intelectual e industrial, sin
perjuicio del eventual uso que de ellos puedan hacer las partes de mutuo acuerdo.
En cualquier anuncio o publicidad en relación con este convenio, la utilización de los
logotipos y, en general, de los derechos de propiedad intelectual e industrial del
Ministerio de Defensa y del Gobierno de Aragón se realizará siempre bajo la previa
conformidad de sus titulares. En concreto, el Ministerio de Defensa se compromete a
hacer constar en todos los folletos, documentos y demás publicidad sobre la materia
objeto del convenio, la colaboración del Gobierno de Aragón, mediante la utilización del
logo correspondiente. De acuerdo con lo anterior, cuando el Ministerio de Defensa deba
hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, deberá solicitar, con
carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de
Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de
diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación
Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.
La marca, nombre o el logotipo y distintivos de cada parte se utilizará exclusivamente
en la versión que facilite cada una de ellas a la otra, sin que se puedan alterar colores,
formas, símbolos o gráficos. Cualquier alteración de los logotipos supondrá una
infracción de los derechos del titular de la marca.
Ambas partes se comprometen a informarse mutuamente de los medios de
publicidad en los cuales cualquiera de ellas utilice la marca o logotipo de la otra. De
manera particular, si del convenio se deriva para el Ministerio de Defensa la realización
de actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del
Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes, la creatividad y el plan de medios de
dichas actividades deberá ser objeto de solicitud, con carácter previo a cualquier
actuación, del preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación
Institucional, con el objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los
objetivos y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.
Las partes intervinientes en el convenio se comprometen a hacer referencia a la
titularidad de los resultados obtenidos en estudios y proyectos realizados de modo
conjunto, a la autoría de las publicaciones y al uso que se haga de ellas, autorizándose
expresamente a citar o incluir su nombre.
Séptima.

Actividad editorial.

Los representantes del Ministerio de Defensa en la Comisión mixta de seguimiento
velarán por que se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Instrucción 1/2022, de 12 de

cve: BOE-A-2024-14366
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Propiedad intelectual e industrial y publicidad.