III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-14366)
Resolución 420/38282/2024, de 5 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Aragón, para la financiación del XXXI Curso Internacional de Defensa del año 2024 "Inteligencia artificial: oportunidades y desafíos para la Seguridad y la Defensa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 13 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 88036

d) Certificado acreditativo de que los impuestos indirectos incorporados a las
facturas (IVA) que sirven de base a la justificación, no son susceptibles de recuperación
o compensación.
e) Relación numerada de las facturas aportadas, con detalle de la fecha, número de
factura, importe y concepto.
f) Copia compulsada de las facturas y demás documentos acreditativos del gasto,
así como justificantes de los pagos realizados. La justificación podrá consistir en la
acreditación de gastos tales como la adquisición de material de oficina, la realización de
material divulgativo diverso, pago de ponentes, moderadores o colaboradores, alquiler
del local en el que se realizará el curso, certificados de dietas, justificantes de la
manutención, de los alojamientos y desplazamientos, contratación de profesionales de
comunicación, alquiler de vehículos para transporte de ponentes y alumnos, apoyo a la
estancia a alumnos del curso, transcripción de audios a texto, y otros gastos diversos. Se
aportará copia compulsada del documento contable de pago con el descuento del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en formalización o, en su caso, el
justificante de ingreso en la Agencia Estatal de Administración Tributaria de las
retenciones practicadas a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
g) Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos por la
legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionada en materia
laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de
memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y
empleo inclusivo, de acuerdo con la legislación correspondiente. La Administración de la
Comunidad Autónoma de Aragón se reserva la facultad de exigir la acreditación efectiva
o de realizar las comprobaciones necesarias en relación a dicho cumplimiento, antes de
proceder al pago de la subvención.
Para la acreditación del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de la ausencia de toda
deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, la
celebración del presente convenio conllevará por parte de la entidad beneficiaria la
autorización del órgano gestor para la consulta de dichos datos tanto ante la Agencia
Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de Seguridad Social, como
ante los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón,
a través de los sistemas electrónicos habilitados al efecto.
De conformidad con el artículo 37.3 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo,
del Gobierno de Aragón, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías
establecidas en la normativa reguladora de la contratación pública para el contrato
menor, la Academia General Militar deberá solicitar como mínimo tres ofertas de
diferentes proveedores con carácter previo a la contratación del compromiso para la
obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales
características no exista en el mercado suficiente número de entidades que las realicen,
presten o suministren o salvo que el gasto se hubiese realizado con anterioridad a la
solicitud de la subvención. En el caso de elegir la oferta que no resulte ser la
económicamente más ventajosa, la entidad beneficiaria deberá justificar adecuadamente
la elección.
El incumplimiento de la obligación de justificación, la no justificación en plazo o la
justificación de forma indebida supondrá, respecto de las cantidades no justificadas en
tiempo o forma, la pérdida de eficacia del compromiso de financiación asumido por el
Gobierno de Aragón.
El control de la documentación justificativa de la actividad y la aplicación de la
aportación financiera efectuada por el Gobierno de Aragón a los fines propuestos se
realizará por el Servicio de Acción Exterior del Departamento de Presidencia, Interior y
Cultura, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación, seguimiento y control que
pudieran corresponder a otros órganos, de acuerdo con lo establecido en la normativa
aplicable en materia de subvenciones.

cve: BOE-A-2024-14366
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Núm. 169