III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-14366)
Resolución 420/38282/2024, de 5 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Aragón, para la financiación del XXXI Curso Internacional de Defensa del año 2024 "Inteligencia artificial: oportunidades y desafíos para la Seguridad y la Defensa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Sábado 13 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 88035

c) El Gobierno de Aragón mantendrá también con el Ministerio de Defensa, a través
de la Academia General Militar, un intercambio de información en materias relacionadas
con el XXXI Curso Internacional de Defensa del año 2024 «Inteligencia artificial:
oportunidades y desafíos para la Seguridad y la Defensa».
Tercera. Financiación y pago de la subvención.
La aportación financiera del Gobierno de Aragón para apoyar económicamente,
mediante subvención, la celebración del Curso Internacional de Defensa del año 2024
«Inteligencia artificial: oportunidades y desafíos para la Seguridad y la Defensa», será
compatible con la percepción de cualesquiera otras subvenciones, ayudas o ingresos,
procedentes de cualquier Administración Pública o entes públicos o privados, nacionales
o extranjeros, de la Unión Europea u organismos internacionales.
El Gobierno de Aragón podrá financiar el 100 % de la actividad subvencionable con
el límite de veinticinco mil euros (25.000,00 €), previsto en la cláusula segunda. En todo
caso, de conformidad con el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de
tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. En caso contrario, la
aportación del Gobierno de Aragón se reducirá en el importe excedido.
El pago por el Gobierno de Aragón se ajustará a lo dispuesto en el artículo 44 del
texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto
Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, y en el Decreto 186/1993,
de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones
concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Cuarta.

Medidas de control y justificación de la subvención.

a) Memoria detallada de las actividades realizadas en ejecución del presente
convenio.
b) Certificado del representante legal detallando la aplicación de los fondos y su
adecuación a los fines perseguidos.
c) Cuando la actividad subvencionada haya sido financiada, además de con la
subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, certificado acreditativo
del importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.

cve: BOE-A-2024-14366
Verificable en https://www.boe.es

El Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, acreditará
documental y detalladamente al Gobierno de Aragón –Servicio de Acción Exterior de la
Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia– tras la
finalización del Curso Internacional de Defensa, que la aportación económica ha sido
aplicada a los fines propuestos, acompañando la justificación de los gastos efectuados
en ejecución de las actividades objeto de subvención, así como del pago realizado al
efecto.
Para acceder a la financiación del Gobierno de Aragón, el Ministerio de Defensa
deberá justificar la ejecución de un gasto, de, al menos, 25.000,00 euros, con
anterioridad al 22 de noviembre de 2024. A estos efectos, si el gasto total justificado por
el Ministerio de Defensa es inferior a 25.000,00 euros, la aportación económica del
Gobierno de Aragón será equivalente al total de los gastos realmente realizados y
justificados por la Academia General Militar.
El cumplimiento de la obligación de justificación conllevará, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 30 y 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en
los artículos 35 y siguientes del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno
de Aragón, la obligación de presentar ante el Servicio de Acción Exterior la siguiente
documentación: