III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-14271)
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Madrid n.º 15, por la que se deniega la inscripción de un derecho de reversión solicitada en virtud de instancia privada acompañada de documentos complementarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 87586
otras de las relacionadas fincas a la mercantil “Inversiones de París y de los Países de
Ultramar, SA” - Escritura pública número 7962 de protocolización del acta de Reunión
extraordinaria de la Junta de Accionistas de la sociedad “Inversiones de París y de los
Países de Ultramar, SA” celebrada el 20 de septiembre de 1996 autorizada el 3 de
octubre de 1996 en la República de Panamá ante la Notaria Pública Tercera del Circuito
de Panamá doña Raquel Torrijos de Gómez, apostillada; - Escritura otorgada en
Benidorm el 10 de marzo de 2023 ante el Notario don Ignacio Pérez-Olivares Delgado,
n.º protocolo 413/2023 por la que se eleva a público documento privado de 8 de febrero
de 2023 de cesión de posibles derechos de reversión por la mercantil “Inversiones de
París y de los Países de Ultramar, SA” a la mercantil “Josiemoni Properti, SL”, entre otras
de las relacionadas fincas; - El relacionado contrato privado. La relacionada presentación
motiva el asiento 1216 del diario 121. De la documentación presentada y a los efectos de
proceder a la preceptiva calificación registral se consideran documentos objeto de
calificación únicamente los siguientes:
1. La quinta copia autorizada expedida por el Notario de Alicante don José Nieto
Sánchez de la escritura otorgada en Alicante el 29 de diciembre de 1999 ante el Notario
don Mario Navarro Castello, protocolo 5031/199, por la que “Banco de Paris y de los
Países de Ultramar, SA” cede derechos de reversión a la mercantil “Inversiones de París
y de los Países de Ultramar, SA”
y 2. La Primera copia autorizada de la Escritura otorgada en Benidorm el 10 de
marzo de 2023 ante el Notario don Ignacio Pérez-Olivares Delgado, n.º
protocolo 413/2023 por la que se eleva a público documento privado de 8 de febrero
de 2023 de cesión de posibles derechos de reversión por la mercantil “Inversiones de
París y de los Países de Ultramar, SA” a la mercantil “Josiemoni Properti, SL”.
El resto de la documentación presentada por su forma y contenido se considera
documentación complementaria a la anterior y no es objeto de calificación por no ser
susceptible de provocar inscripción alguna separada de los anteriores. Art. 420.3 R.H.
Asimismo de la documentación presentada y en aras al adecuado ejercicio de la
preceptiva calificación registral se hace constar con carácter previo que de la totalidad de
la documentación presentada se infiere la solicitud de inscripción de los latentes
derechos de reversión a favor de los titulares del tracto alegado sobre una tercera parte
indivisa las fincas registrales 920,1052 y 353 –que conforman la 65.847– y de la 842
y 163 por la expropiación en su día inscrita a favor del Estado “Ministerio del Aire” de
dicha participación indivisa a doña C. E. R., transmitidos por su único hijo y heredero don
J. C. S. E. a la mercantil “Banco de París y de los Países de Ultramar, SA”; por esta
sociedad a la mercantil “Inversiones de París y de los Países de Ultramar, SA” y
nuevamente por esta última sociedad a la mercantil “Josiemoni Properti, SL”.
2. Se hace constar que consultados los antecedentes del registro a mi cargo otra
copia autorizada del documento presentado y ahora calificado “Protocolo 5031/1999 del
notario don Mario Navarro Castello” ya fue presentada sucesivamente en varias
ocasiones en este Registro de la Propiedad habiendo sido denegada en todas ellas su
inscripción por los hechos y fundamentos de Derecho que constan en las notas
extendidas a su pie con fechas de 17 de marzo de 2020, 2 de febrero, 15 de junio, 30 de
septiembre y 5 de noviembre de 2021 y 25 de enero de 2022 y 14 de junio de 2022.
Asimismo, con fecha 15 de septiembre de 2022 se denegó la extensión de un nuevo
asiento de presentación, al amparo del Art. 420.3 del Reglamento Hipotecario evitando
abusos incompatibles con el principio de seguridad jurídica. (Art. 7 CC) y Res. DGSJFP
de 5 de junio de 2020.
3. Se hace constar que sobre la finca registral 65.847 se encuentra presentado un
documento previo –Asiento de presentación 129 del diario 121– que motiva la
suspensión de la calificación y de la inscripción de la documentación presentada
respecto de dicha finca registral y de las registrales 920, 1052 y 353 que por agrupación
en unión de otras pasaron a formarla.
cve: BOE-A-2024-14271
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 168
Viernes 12 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 87586
otras de las relacionadas fincas a la mercantil “Inversiones de París y de los Países de
Ultramar, SA” - Escritura pública número 7962 de protocolización del acta de Reunión
extraordinaria de la Junta de Accionistas de la sociedad “Inversiones de París y de los
Países de Ultramar, SA” celebrada el 20 de septiembre de 1996 autorizada el 3 de
octubre de 1996 en la República de Panamá ante la Notaria Pública Tercera del Circuito
de Panamá doña Raquel Torrijos de Gómez, apostillada; - Escritura otorgada en
Benidorm el 10 de marzo de 2023 ante el Notario don Ignacio Pérez-Olivares Delgado,
n.º protocolo 413/2023 por la que se eleva a público documento privado de 8 de febrero
de 2023 de cesión de posibles derechos de reversión por la mercantil “Inversiones de
París y de los Países de Ultramar, SA” a la mercantil “Josiemoni Properti, SL”, entre otras
de las relacionadas fincas; - El relacionado contrato privado. La relacionada presentación
motiva el asiento 1216 del diario 121. De la documentación presentada y a los efectos de
proceder a la preceptiva calificación registral se consideran documentos objeto de
calificación únicamente los siguientes:
1. La quinta copia autorizada expedida por el Notario de Alicante don José Nieto
Sánchez de la escritura otorgada en Alicante el 29 de diciembre de 1999 ante el Notario
don Mario Navarro Castello, protocolo 5031/199, por la que “Banco de Paris y de los
Países de Ultramar, SA” cede derechos de reversión a la mercantil “Inversiones de París
y de los Países de Ultramar, SA”
y 2. La Primera copia autorizada de la Escritura otorgada en Benidorm el 10 de
marzo de 2023 ante el Notario don Ignacio Pérez-Olivares Delgado, n.º
protocolo 413/2023 por la que se eleva a público documento privado de 8 de febrero
de 2023 de cesión de posibles derechos de reversión por la mercantil “Inversiones de
París y de los Países de Ultramar, SA” a la mercantil “Josiemoni Properti, SL”.
El resto de la documentación presentada por su forma y contenido se considera
documentación complementaria a la anterior y no es objeto de calificación por no ser
susceptible de provocar inscripción alguna separada de los anteriores. Art. 420.3 R.H.
Asimismo de la documentación presentada y en aras al adecuado ejercicio de la
preceptiva calificación registral se hace constar con carácter previo que de la totalidad de
la documentación presentada se infiere la solicitud de inscripción de los latentes
derechos de reversión a favor de los titulares del tracto alegado sobre una tercera parte
indivisa las fincas registrales 920,1052 y 353 –que conforman la 65.847– y de la 842
y 163 por la expropiación en su día inscrita a favor del Estado “Ministerio del Aire” de
dicha participación indivisa a doña C. E. R., transmitidos por su único hijo y heredero don
J. C. S. E. a la mercantil “Banco de París y de los Países de Ultramar, SA”; por esta
sociedad a la mercantil “Inversiones de París y de los Países de Ultramar, SA” y
nuevamente por esta última sociedad a la mercantil “Josiemoni Properti, SL”.
2. Se hace constar que consultados los antecedentes del registro a mi cargo otra
copia autorizada del documento presentado y ahora calificado “Protocolo 5031/1999 del
notario don Mario Navarro Castello” ya fue presentada sucesivamente en varias
ocasiones en este Registro de la Propiedad habiendo sido denegada en todas ellas su
inscripción por los hechos y fundamentos de Derecho que constan en las notas
extendidas a su pie con fechas de 17 de marzo de 2020, 2 de febrero, 15 de junio, 30 de
septiembre y 5 de noviembre de 2021 y 25 de enero de 2022 y 14 de junio de 2022.
Asimismo, con fecha 15 de septiembre de 2022 se denegó la extensión de un nuevo
asiento de presentación, al amparo del Art. 420.3 del Reglamento Hipotecario evitando
abusos incompatibles con el principio de seguridad jurídica. (Art. 7 CC) y Res. DGSJFP
de 5 de junio de 2020.
3. Se hace constar que sobre la finca registral 65.847 se encuentra presentado un
documento previo –Asiento de presentación 129 del diario 121– que motiva la
suspensión de la calificación y de la inscripción de la documentación presentada
respecto de dicha finca registral y de las registrales 920, 1052 y 353 que por agrupación
en unión de otras pasaron a formarla.
cve: BOE-A-2024-14271
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Núm. 168