III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-14299)
Orden VAU/717/2024, de 5 de julio, sobre delegación de competencias y sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 87743
f) La competencia para la resolución de solicitudes de pase a situación
administrativa de excedencia, tanto voluntarias por interés particular, como por cualquier
causa legalmente prevista, así como la declaración de la situación de servicios en otras
Administraciones Públicas.
g) La competencia para la declaración de la situación de los servicios especiales.
h) La competencia para la concesión del reingreso al servicio activo desde
cualquier situación que conlleve reserva de puesto de trabajo.
i) La competencia para las declaraciones de jubilación forzosa o por incapacidad
permanente del personal funcionario, laboral o eventual. Asimismo, la declaración de las
jubilaciones voluntarias del personal laboral.
j) La competencia para la resolución de las solicitudes de prolongación de la
permanencia en el servicio activo de acuerdo con la legislación vigente.
k) La competencia para la formalización de las tomas de posesión y ceses del
personal.
l) La competencia para la concesión de permisos, licencias y reducciones de
jornada.
m) La competencia para el reconocimiento y la adquisición de grado.
n) La competencia para el reconocimiento de servicios previos y su acumulación.
ñ) La competencia para el control del cumplimiento de jornadas y horarios, y, en su
caso, conceder medidas de flexibilidad horaria.
o) La competencia para la convocatoria y resolución de ayudas y cursos en
desarrollo de los programas de acción social y formación y todos los actos de gestión
derivados de aquellos.
p) La competencia para la autorización para la asistencia a cursos de formación,
selección y perfeccionamiento.
q) La competencia para el reconocimiento de trienios.
r) La competencia para el aplazamiento del plazo para efectuar la adjudicación de
los puestos convocados en el procedimiento de libre designación.
s) En general, el trámite y gestión de todas las actuaciones en materia de personal
del Departamento atribuidas por la legislación a la Subsecretaría de Vivienda y Agenda
Urbana y no delegadas en otros órganos.
t) La competencia para anotar cursos, títulos, premios, condecoraciones y
menciones.
u) La competencia para acordar la atribución temporal de funciones y su
revocación, así como la movilidad por razones de salud o rehabilitación.
v) La competencia para acreditar en nómina las retribuciones a cuenta de los
funcionarios que no ocupen un puesto de trabajo conforme a la normativa vigente.
w) La competencia para diferir el cese y prorrogar el plazo de toma de posesión
derivados de la resolución de convocatorias de provisión de puestos de trabajo.
x) La competencia para tramitar los permisos sindicales y anotaciones en el
Registro de Órganos de Representación.
y) La competencia para imponer sanciones por faltas leves.
z) La competencia para formalizar las modificaciones que afecten a la categoría
profesional.
aa) La competencia para la tramitación y presentación ante la Dirección General de
Función Pública las propuestas en el ámbito del Ministerio, que deban someterse a su
consideración.
ab) La competencia para la adopción y formalización de todos los actos de
administración y gestión ordinaria relacionados con el plan de pensiones de la
Administración General del Estado.
ac) La competencia para la incoación de los expedientes disciplinarios por faltas
graves y muy graves, así como la realización previa de una información reservada o
preliminar, según proceda.
C) En las personas titulares de las subdirecciones generales que dependan de la
Subsecretaría de Vivienda y Agenda Urbana, la designación de las comisiones de
cve: BOE-A-2024-14299
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 168
Viernes 12 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 87743
f) La competencia para la resolución de solicitudes de pase a situación
administrativa de excedencia, tanto voluntarias por interés particular, como por cualquier
causa legalmente prevista, así como la declaración de la situación de servicios en otras
Administraciones Públicas.
g) La competencia para la declaración de la situación de los servicios especiales.
h) La competencia para la concesión del reingreso al servicio activo desde
cualquier situación que conlleve reserva de puesto de trabajo.
i) La competencia para las declaraciones de jubilación forzosa o por incapacidad
permanente del personal funcionario, laboral o eventual. Asimismo, la declaración de las
jubilaciones voluntarias del personal laboral.
j) La competencia para la resolución de las solicitudes de prolongación de la
permanencia en el servicio activo de acuerdo con la legislación vigente.
k) La competencia para la formalización de las tomas de posesión y ceses del
personal.
l) La competencia para la concesión de permisos, licencias y reducciones de
jornada.
m) La competencia para el reconocimiento y la adquisición de grado.
n) La competencia para el reconocimiento de servicios previos y su acumulación.
ñ) La competencia para el control del cumplimiento de jornadas y horarios, y, en su
caso, conceder medidas de flexibilidad horaria.
o) La competencia para la convocatoria y resolución de ayudas y cursos en
desarrollo de los programas de acción social y formación y todos los actos de gestión
derivados de aquellos.
p) La competencia para la autorización para la asistencia a cursos de formación,
selección y perfeccionamiento.
q) La competencia para el reconocimiento de trienios.
r) La competencia para el aplazamiento del plazo para efectuar la adjudicación de
los puestos convocados en el procedimiento de libre designación.
s) En general, el trámite y gestión de todas las actuaciones en materia de personal
del Departamento atribuidas por la legislación a la Subsecretaría de Vivienda y Agenda
Urbana y no delegadas en otros órganos.
t) La competencia para anotar cursos, títulos, premios, condecoraciones y
menciones.
u) La competencia para acordar la atribución temporal de funciones y su
revocación, así como la movilidad por razones de salud o rehabilitación.
v) La competencia para acreditar en nómina las retribuciones a cuenta de los
funcionarios que no ocupen un puesto de trabajo conforme a la normativa vigente.
w) La competencia para diferir el cese y prorrogar el plazo de toma de posesión
derivados de la resolución de convocatorias de provisión de puestos de trabajo.
x) La competencia para tramitar los permisos sindicales y anotaciones en el
Registro de Órganos de Representación.
y) La competencia para imponer sanciones por faltas leves.
z) La competencia para formalizar las modificaciones que afecten a la categoría
profesional.
aa) La competencia para la tramitación y presentación ante la Dirección General de
Función Pública las propuestas en el ámbito del Ministerio, que deban someterse a su
consideración.
ab) La competencia para la adopción y formalización de todos los actos de
administración y gestión ordinaria relacionados con el plan de pensiones de la
Administración General del Estado.
ac) La competencia para la incoación de los expedientes disciplinarios por faltas
graves y muy graves, así como la realización previa de una información reservada o
preliminar, según proceda.
C) En las personas titulares de las subdirecciones generales que dependan de la
Subsecretaría de Vivienda y Agenda Urbana, la designación de las comisiones de
cve: BOE-A-2024-14299
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