I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Incentivos regionales. (BOE-A-2024-14209)
Orden HAC/714/2024, de 2 de julio, por la que se aprueban normas complementarias para la tramitación y gestión de los incentivos regionales previstos en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168

Viernes 12 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 87375

Durante su tramitación se ha dado audiencia a las Comunidades Autónomas y
Ciudades con estatuto de Autonomía a las que resulta de aplicación.
Esta Orden responde a los principios de buena regulación, de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, de conformidad con el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1.

Solicitudes de concesión de incentivos regionales y tramitación.

a) Instancia de solicitud del interesado, según el modelo que figura como anexo I
de la presente Orden, dirigida a la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de
Hacienda.
b) Documentación acreditativa de las circunstancias personales del solicitante, de
las registrales si se trata de una sociedad constituida y, si estuviera en fase de
constitución, de las previstas, así como las del promotor que actúa en su nombre.
c) Memoria del proyecto de inversión a efectuar, según modelo establecido por la
Dirección General de Fondos Europeos.
d) Cuestionario medioambiental, según modelo establecido por la Dirección
General de Fondos Europeos.
e) Declaración de las ayudas solicitadas o concedidas para el mismo proyecto,
según modelo establecido por la Dirección General de Fondos Europeos.
f) Justificación del cumplimiento por parte de la empresa, a la fecha de
presentación de la solicitud, de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
o, en su caso, autorización a la Dirección General de Fondos Europeos para recabar los
certificados a emitir tanto por la Agencia Estatal de Administración Tributaria como por la
Tesorería General de la Seguridad Social. En caso de tratarse de una sociedad en fase
de constitución, la obligación se entenderá referida al promotor.
g) Declaración responsable de «no inicio de las inversiones» conforme al modelo
establecido por la Dirección General de Fondos Europeos. Asimismo, la Comunidad
Autónoma, podrá solicitar acta notarial de presencia o realizar una comprobación física
sobre el terreno, a efectos de verificar el «no inicio de las inversiones».
h) Declaración de la existencia de efecto incentivador según modelo establecido
por la Dirección General de Fondos Europeos. Además, las grandes empresas deberán
presentar pruebas documentales que lo respalden.
i) Declaración responsable «información relativa a la condición de pequeña y
mediana empresa», según el modelo establecido por la Dirección General de Fondos
Europeos.
j) Declaración responsable de la empresa de «no estar en crisis a tenor de las
Directrices de salvamento y reestructuración» conforme al modelo establecido por la
Dirección General de Fondos Europeos.
k) Declaración responsable de «no reubicación» conforme al modelo establecido
por la Dirección General de Fondos Europeos.
l) Declaración responsable de estar al corriente en el reintegro de subvenciones,
según modelo establecido por la Dirección General de Fondos Europeos.

cve: BOE-A-2024-14209
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1. El procedimiento de concesión de incentivos regionales se iniciará a solicitud del
interesado. Las solicitudes deberán presentarse ante el órgano competente de la
Comunidad Autónoma donde vaya a realizarse el proyecto, a través de cualquiera de los
lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con anterioridad
al inicio de las inversiones, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14.2 de dicha ley
con respecto a los sujetos obligados a relacionarse con las Administraciones Públicas a
través de medios electrónicos.
2. La solicitud de incentivos estará constituida por los siguientes documentos: