I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Incentivos regionales. (BOE-A-2024-14209)
Orden HAC/714/2024, de 2 de julio, por la que se aprueban normas complementarias para la tramitación y gestión de los incentivos regionales previstos en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168
Viernes 12 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 87374
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA
Orden HAC/714/2024, de 2 de julio, por la que se aprueban normas
complementarias para la tramitación y gestión de los incentivos regionales
previstos en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.
Por la Orden EHA/2874/2009, de 15 de octubre, se aprobaron una serie de normas
complementarias para la tramitación y gestión de los incentivos regionales, en virtud de
la habilitación conferida por la disposición adicional única del Real Decreto 899/2007,
de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los incentivos regionales, de
desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.
Sin embargo, el tiempo transcurrido desde la aprobación de la Orden
EHA/2874/2009, de 15 de octubre, y los cambios normativos acaecidos desde su
entrada en vigor obligan a su completa revisión mediante la aprobación de una nueva
orden ministerial que siga regulando la tramitación de los incentivos regionales, de modo
que oriente a los peticionarios y canalice las solicitudes según normas de gestión
comunes para todas las zonas de promoción económica aprobando modelos de
impresos normalizados, lo cual ha de redundar en una mayor eficacia y agilidad en la
gestión y en un incremento de la transparencia y objetividad en las decisiones.
En aplicación de la disposición adicional única del Real Decreto 899/2007, de 6 de
julio, ya citada, que faculta al Ministro de Economía y Hacienda para dictar cuantas
disposiciones exija la aplicación y ejecución del mismo, y con el fin de facilitar a los
ciudadanos el acceso a los incentivos regionales previstos en los reales decretos de
delimitación de las zonas de promoción económica de Galicia, Andalucía, Principado de
Asturias, Cantabria, Región de Murcia, Comunitat Valenciana, Aragón, Castilla-La
Mancha, Canarias, Extremadura, Castilla y León, La Rioja, Illes Balears, ciudad de
Ceuta, y ciudad de Melilla, se ha considerado preciso continuar regulando a través de
esta Orden una serie de normas para la gestión y la tramitación de los incentivos
regionales previstos en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.
La habilitación anterior al Ministro de Economía y Hacienda debe entenderse
actualmente conferida a la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda,
en virtud del Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real
Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales.
Esta Orden consta de cuatro artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición
derogatoria y dos disposiciones finales.
En el artículo 1 se contienen normas para la tramitación de las solicitudes de
incentivos regionales y se recoge toda la documentación que conforma dicha solicitud.
En el artículo 2 se recogen los documentos para acreditar el cumplimiento de las
condiciones establecidas en las resoluciones de concesión, a los efectos de lo previsto en
los artículos 33.1 y 34.1 del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la
Ley 50/1985, de 27 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio.
En los artículos 3 y 4 se recogen una serie de normas de tramitación y gestión de las
liquidaciones a cuenta, totales y parciales, y de las liquidaciones finales previstas en el
artículo 37 del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985,
de 27 de diciembre.
Se han simplificado notablemente los modelos normalizados que se contenían en la
Orden EHA/2874/2009, de 15 de octubre, dejando en los anexos de esta Orden sólo los
modelos de solicitud propiamente dichos (concesión de incentivos regionales y cobro de
la subvención). Todos los demás modelos normalizados serán actualizados o aprobados
por la Dirección General de Fondos Europeos.
cve: BOE-A-2024-14209
Verificable en https://www.boe.es
14209
Núm. 168
Viernes 12 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 87374
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA
Orden HAC/714/2024, de 2 de julio, por la que se aprueban normas
complementarias para la tramitación y gestión de los incentivos regionales
previstos en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.
Por la Orden EHA/2874/2009, de 15 de octubre, se aprobaron una serie de normas
complementarias para la tramitación y gestión de los incentivos regionales, en virtud de
la habilitación conferida por la disposición adicional única del Real Decreto 899/2007,
de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los incentivos regionales, de
desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.
Sin embargo, el tiempo transcurrido desde la aprobación de la Orden
EHA/2874/2009, de 15 de octubre, y los cambios normativos acaecidos desde su
entrada en vigor obligan a su completa revisión mediante la aprobación de una nueva
orden ministerial que siga regulando la tramitación de los incentivos regionales, de modo
que oriente a los peticionarios y canalice las solicitudes según normas de gestión
comunes para todas las zonas de promoción económica aprobando modelos de
impresos normalizados, lo cual ha de redundar en una mayor eficacia y agilidad en la
gestión y en un incremento de la transparencia y objetividad en las decisiones.
En aplicación de la disposición adicional única del Real Decreto 899/2007, de 6 de
julio, ya citada, que faculta al Ministro de Economía y Hacienda para dictar cuantas
disposiciones exija la aplicación y ejecución del mismo, y con el fin de facilitar a los
ciudadanos el acceso a los incentivos regionales previstos en los reales decretos de
delimitación de las zonas de promoción económica de Galicia, Andalucía, Principado de
Asturias, Cantabria, Región de Murcia, Comunitat Valenciana, Aragón, Castilla-La
Mancha, Canarias, Extremadura, Castilla y León, La Rioja, Illes Balears, ciudad de
Ceuta, y ciudad de Melilla, se ha considerado preciso continuar regulando a través de
esta Orden una serie de normas para la gestión y la tramitación de los incentivos
regionales previstos en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.
La habilitación anterior al Ministro de Economía y Hacienda debe entenderse
actualmente conferida a la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda,
en virtud del Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real
Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales.
Esta Orden consta de cuatro artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición
derogatoria y dos disposiciones finales.
En el artículo 1 se contienen normas para la tramitación de las solicitudes de
incentivos regionales y se recoge toda la documentación que conforma dicha solicitud.
En el artículo 2 se recogen los documentos para acreditar el cumplimiento de las
condiciones establecidas en las resoluciones de concesión, a los efectos de lo previsto en
los artículos 33.1 y 34.1 del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la
Ley 50/1985, de 27 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio.
En los artículos 3 y 4 se recogen una serie de normas de tramitación y gestión de las
liquidaciones a cuenta, totales y parciales, y de las liquidaciones finales previstas en el
artículo 37 del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985,
de 27 de diciembre.
Se han simplificado notablemente los modelos normalizados que se contenían en la
Orden EHA/2874/2009, de 15 de octubre, dejando en los anexos de esta Orden sólo los
modelos de solicitud propiamente dichos (concesión de incentivos regionales y cobro de
la subvención). Todos los demás modelos normalizados serán actualizados o aprobados
por la Dirección General de Fondos Europeos.
cve: BOE-A-2024-14209
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