III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-14189)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., para colaborar en la realización del curso "Propiedad Industrial y Objetivos de Desarrollo Sostenible, ODS".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167
Jueves 11 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 87258
Agencia de Madrid. Se establecen como requisitos para el pago que se haya celebrado
el curso de conformidad con lo previsto y acordado en el convenio y que se haya emitido
por parte de la UIMP, antes del 10 de noviembre de 2024, el correspondiente
requerimiento de pago, que deberá ir acompañado de la liquidación final del
presupuesto, en la que se revisarán las unidades realmente ejecutadas de cada partida
de acuerdo con los importes unitarios aprobados en el presupuesto que se incluye como
anexo II. El importe final no podrá superar en ningún caso el máximo indicado en el
párrafo anterior. Los responsables del seguimiento, vigilancia y control del convenio
certificarán conjuntamente el cumplimiento de los requisitos indicados para el pago. Este
pago se deberá realizar en el plazo máximo de treinta días desde la emisión de la
certificación indicada y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2024.
En el caso de que se acordara la no celebración del curso por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnado requerido según la normativa de la
UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, la OEPM
únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de
aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación del curso y no
pudieran recuperarse, según liquidación que presentará la UIMP.
Tercera.
I.
Compromisos asumidos por la UIMP.
Aspectos académicos.
– Corresponde a la UIMP el nombramiento de la persona que se encargará de la
dirección académica del curso, a propuesta de la OEPM, así como la aprobación del
programa definitivo y de las normas conforme a las que debe desarrollarse el curso, en
especial toda la normativa relativa a criterios de admisión o cualquier otro asunto relativo
al alumnado, vigilando en todo momento que se cumpla el más escrupuloso respeto a la
independencia de la propia institución y de las personas que participan en el programa.
– La UIMP avalará académicamente este curso, emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia del alumnado.
II.
Gestión del curso.
III.
Compromiso económico.
i. La UIMP asume un compromiso máximo de gasto en relación con este convenio
de cuarenta y ocho mil doscientos ochenta y seis euros (48.286,00 euros), según se
recoge en el Presupuesto que figura como anexo II. De este importe:
– La cantidad de 30.723,00 euros, correspondiente a los gastos de alojamiento y
manutención del profesorado, traducción, publicidad, otros gastos (cuadernos, carpetas y
cve: BOE-A-2024-14189
Verificable en https://www.boe.es
– Corresponde a la UIMP toda la gestión económica y administrativa que conlleve la
organización, difusión y celebración del curso dentro del conjunto de su programación
académica, conforme a su propia normativa y conforme se indica en el apartado III.i de
esta cláusula.
– La UIMP ha incluido este curso dentro de su convocatoria general de becas para el
conjunto de su programación, para promover la asistencia al mismo, según su normativa
en esta materia y la legislación que le es aplicable como organismo público. La UIMP
será la única responsable de la convocatoria, selección y adjudicación de dichas becas.
La UIMP mantendrá indemne a la OEPM de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el curso en lo que se refiere a la gestión que la propia UIMP
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
Núm. 167
Jueves 11 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 87258
Agencia de Madrid. Se establecen como requisitos para el pago que se haya celebrado
el curso de conformidad con lo previsto y acordado en el convenio y que se haya emitido
por parte de la UIMP, antes del 10 de noviembre de 2024, el correspondiente
requerimiento de pago, que deberá ir acompañado de la liquidación final del
presupuesto, en la que se revisarán las unidades realmente ejecutadas de cada partida
de acuerdo con los importes unitarios aprobados en el presupuesto que se incluye como
anexo II. El importe final no podrá superar en ningún caso el máximo indicado en el
párrafo anterior. Los responsables del seguimiento, vigilancia y control del convenio
certificarán conjuntamente el cumplimiento de los requisitos indicados para el pago. Este
pago se deberá realizar en el plazo máximo de treinta días desde la emisión de la
certificación indicada y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2024.
En el caso de que se acordara la no celebración del curso por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnado requerido según la normativa de la
UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, la OEPM
únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de
aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación del curso y no
pudieran recuperarse, según liquidación que presentará la UIMP.
Tercera.
I.
Compromisos asumidos por la UIMP.
Aspectos académicos.
– Corresponde a la UIMP el nombramiento de la persona que se encargará de la
dirección académica del curso, a propuesta de la OEPM, así como la aprobación del
programa definitivo y de las normas conforme a las que debe desarrollarse el curso, en
especial toda la normativa relativa a criterios de admisión o cualquier otro asunto relativo
al alumnado, vigilando en todo momento que se cumpla el más escrupuloso respeto a la
independencia de la propia institución y de las personas que participan en el programa.
– La UIMP avalará académicamente este curso, emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia del alumnado.
II.
Gestión del curso.
III.
Compromiso económico.
i. La UIMP asume un compromiso máximo de gasto en relación con este convenio
de cuarenta y ocho mil doscientos ochenta y seis euros (48.286,00 euros), según se
recoge en el Presupuesto que figura como anexo II. De este importe:
– La cantidad de 30.723,00 euros, correspondiente a los gastos de alojamiento y
manutención del profesorado, traducción, publicidad, otros gastos (cuadernos, carpetas y
cve: BOE-A-2024-14189
Verificable en https://www.boe.es
– Corresponde a la UIMP toda la gestión económica y administrativa que conlleve la
organización, difusión y celebración del curso dentro del conjunto de su programación
académica, conforme a su propia normativa y conforme se indica en el apartado III.i de
esta cláusula.
– La UIMP ha incluido este curso dentro de su convocatoria general de becas para el
conjunto de su programación, para promover la asistencia al mismo, según su normativa
en esta materia y la legislación que le es aplicable como organismo público. La UIMP
será la única responsable de la convocatoria, selección y adjudicación de dichas becas.
La UIMP mantendrá indemne a la OEPM de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el curso en lo que se refiere a la gestión que la propia UIMP
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.