I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Educación Secundaria Obligatoria. Bachillerato. (BOE-A-2024-14142)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se establece la información relativa a la nota media de las credenciales individuales de convalidación por el primer curso de Bachillerato y de homologación a los títulos españoles de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, y se dictan instrucciones para su cálculo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 11 de julio de 2024

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de Bachillerato, o de homologación al título de Bachiller, será 5,00. Esta calificación se
aplicará para cada curso cuya certificación no se aporte. No se calculará la nota media
una vez expedida la credencial, ni aun en el caso de que se aporte certificado con
posterioridad.
Cálculo de la nota media
4. Con carácter general, la nota media que figurará en la credencial será el
resultado de calcular la media aritmética de todas las calificaciones, según lo
contemplado en los apartados siguientes, y se expresará con dos cifras decimales,
redondeada a la centésima.
5. En el supuesto de sistemas educativos en los que el propio título final (o
certificación académica, en su caso) homologable al título español incorpore una nota
media, será esta la que se considerará para el cálculo de la nota media de la
homologación.
6. De la misma manera, cuando la certificación de estudios incorpore una nota
media global, será esta la que se considerará para la nota media de la homologación,
para lo cual será necesario que exista una correlación en el número de cursos
académicos de ambos sistemas educativos.
7. En el caso de que la certificación de un sistema educativo extranjero no
diferencie las calificaciones por cursos, sino que se exprese para la etapa, se utilizarán
para el cálculo de la nota media todas las calificaciones de las materias que se reflejen
en las certificaciones.
8. Cuando las materias no estén todas calificadas de acuerdo con la misma escala,
deberá transformarse cada una mediante la fórmula correspondiente del anexo II y
después calcular la media aritmética de todas ellas. En estos casos, la certificación
académica deberá especificar las escalas utilizadas para cada asignatura o curso.
9. En el caso de sistemas de calificación numéricos, la nota media será la media
aritmética de todas las calificaciones del sistema educativo extranjero, siempre que estas
correspondan a una misma escala que cumpla todos los requisitos siguientes:
a) Se trata de una escala numérica creciente de 0 a 10.
b) Existen seis o más calificaciones positivas distintas.
c) El mínimo aprobatorio es 5 y el máximo aprobatorio, 10.
10. En el caso de sistemas de calificación numéricos cuyas calificaciones se
ajusten a una escala que no cumpla alguno de los requisitos de la instrucción número 9
se calculará la media aritmética de las calificaciones. A partir de este valor obtenido, se
calculará la nota media española utilizando la fórmula correspondiente del anexo II, con
los datos obtenidos en el anexo I, en su caso.
11. En el caso de que las calificaciones del sistema de origen se ajusten a una
escala exclusivamente literal, estas serán transformadas a unos valores de una escala
numérica creciente, mediante la tabla correspondiente del anexo I, calculándose
posteriormente la media aritmética de los valores obtenidos. A partir de este valor medio
obtenido se calculará la nota media española utilizando la fórmula correspondiente del
anexo II.
12. En el caso de escalas de calificaciones combinadas literal y numérica, se
considerará, siempre que figure, la calificación numérica.
13. Para el cálculo de la nota media para la homologación al título de Bachiller, en
el caso de quienes hayan realizado primer curso de Bachillerato dentro del sistema
educativo español, se tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas en dicho curso. Así
mismo, se considerará la nota media que conste en la credencial de convalidación de
estudios por el primer curso de Bachillerato para el cálculo de la nota media del
bachillerato español.
14. Dado el carácter dinámico de los sistemas educativos y las posibles
modificaciones en el tiempo que se puedan derivar de los mismos, las escalas de

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Núm. 167