I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Educación Secundaria Obligatoria. Bachillerato. (BOE-A-2024-14142)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se establece la información relativa a la nota media de las credenciales individuales de convalidación por el primer curso de Bachillerato y de homologación a los títulos españoles de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, y se dictan instrucciones para su cálculo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 11 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 87053
calificación recogidas en el anexo I tienen valor orientativo. Por tanto, en el caso de que
no fuera posible aplicar ninguna de las escalas del anexo I, se exigirá a la persona
interesada que aporte la escala utilizada en el sistema educativo de origen con el
siguiente detalle:
a) Calificación mínima y máxima de la escala utilizada.
b) Calificación que constituye el mínimo aprobatorio.
c) En el supuesto de calificaciones numéricas se indicará si se utilizan decimales y,
de ser así, cuántos.
d) En caso de calificaciones literales, habrán de relacionarse todas.
15. En caso de disconformidad con la nota media obtenida, la persona interesada
podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día
siguiente a la notificación de la credencial de homologación o convalidación, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses y ante la Audiencia Nacional o
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente, no pudiendo
interponer este último hasta que, en su caso, aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.
16. En ningún caso se certificará la nota media obtenida con anterioridad a haberse
formulado propuesta favorable de homologación o convalidación.
17. Quienes estén en posesión de una resolución o credencial de homologación
con el título de Bachiller o equivalentes académicos emitida sin nota media con
anterioridad a la entrada en vigor de la Resolución de 29 de abril de 2010, de la
Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se establecen
las instrucciones para el cálculo de la nota media que debe figurar en las credenciales de
convalidación y homologación de estudios y títulos extranjeros con el bachiller español,
podrán solicitar que se les emita una certificación en la que figure la nota media junto con
la fecha y número de la resolución o credencial a la que corresponde.
ANEXO I
Escalas de calificaciones obtenidas en los sistemas educativos extranjeros.
Actualización 3 de julio de 2024
Relación de países de los que se disponen datos para el cálculo de la calificación final
del sistema educativo extranjero y su transformación a la correspondiente calificación
final española
Afganistán
Escala: Numérica creciente de 0 a 100 (sin decimales).
Mínimo aprobatorio: 55. Máximo aprobatorio: 100.
N.º de calificaciones positivas: Más de 6.
Nota: El mínimo aprobatorio para cada asignatura considerada individualmente
es 40. El mínimo aprobatorio para el conjunto del curso es 55.
Albania
1. Escala: Numérica creciente de 0 a 10 (sin decimales).
Mínimo aprobatorio: 5. Máximo aprobatorio: 10.
N.º de calificaciones positivas: 6.
2. Escala: numérica creciente de 0 a 10 (con un decimal).
Mínimo aprobatorio: 5. Máximo aprobatorio: 10.
N.º de calificaciones positivas: Más de 6.
cve: BOE-A-2024-14142
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 167
Jueves 11 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 87053
calificación recogidas en el anexo I tienen valor orientativo. Por tanto, en el caso de que
no fuera posible aplicar ninguna de las escalas del anexo I, se exigirá a la persona
interesada que aporte la escala utilizada en el sistema educativo de origen con el
siguiente detalle:
a) Calificación mínima y máxima de la escala utilizada.
b) Calificación que constituye el mínimo aprobatorio.
c) En el supuesto de calificaciones numéricas se indicará si se utilizan decimales y,
de ser así, cuántos.
d) En caso de calificaciones literales, habrán de relacionarse todas.
15. En caso de disconformidad con la nota media obtenida, la persona interesada
podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día
siguiente a la notificación de la credencial de homologación o convalidación, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses y ante la Audiencia Nacional o
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente, no pudiendo
interponer este último hasta que, en su caso, aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.
16. En ningún caso se certificará la nota media obtenida con anterioridad a haberse
formulado propuesta favorable de homologación o convalidación.
17. Quienes estén en posesión de una resolución o credencial de homologación
con el título de Bachiller o equivalentes académicos emitida sin nota media con
anterioridad a la entrada en vigor de la Resolución de 29 de abril de 2010, de la
Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se establecen
las instrucciones para el cálculo de la nota media que debe figurar en las credenciales de
convalidación y homologación de estudios y títulos extranjeros con el bachiller español,
podrán solicitar que se les emita una certificación en la que figure la nota media junto con
la fecha y número de la resolución o credencial a la que corresponde.
ANEXO I
Escalas de calificaciones obtenidas en los sistemas educativos extranjeros.
Actualización 3 de julio de 2024
Relación de países de los que se disponen datos para el cálculo de la calificación final
del sistema educativo extranjero y su transformación a la correspondiente calificación
final española
Afganistán
Escala: Numérica creciente de 0 a 100 (sin decimales).
Mínimo aprobatorio: 55. Máximo aprobatorio: 100.
N.º de calificaciones positivas: Más de 6.
Nota: El mínimo aprobatorio para cada asignatura considerada individualmente
es 40. El mínimo aprobatorio para el conjunto del curso es 55.
Albania
1. Escala: Numérica creciente de 0 a 10 (sin decimales).
Mínimo aprobatorio: 5. Máximo aprobatorio: 10.
N.º de calificaciones positivas: 6.
2. Escala: numérica creciente de 0 a 10 (con un decimal).
Mínimo aprobatorio: 5. Máximo aprobatorio: 10.
N.º de calificaciones positivas: Más de 6.
cve: BOE-A-2024-14142
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 167