III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-14202)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Planta FV 122, SL, autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Scorpius Solar, de 82,639 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Herrera de Pisuerga y Páramo de Boedo (Palencia) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167
Jueves 11 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 87333
Conforme al IDAA y los condicionados aceptados por el promotor durante la
tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo hasta la subestación denominada Herrera Renovables 400/132/30
kV.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la conexión a la subestación
Herrera 400 kV, de Red Eléctrica de España, SAU cuenta con autorización administrativa
de construcción otorgada mediante Resolución de la Dirección General de Política
Energética y Minas de 4 de junio de 2024 (PFV Herrera III, SGEE/PFot-410):
– La subestación Herrera Renovables de 400/132/30 kV.
– La línea eléctrica a 400 kV entre la subestación Herrera Renovables 400/132/30
kV y la subestación Herrera 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fecha 19 de octubre de 2020, declaración responsable que
acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo aportando documentación adicional.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa de
construcción del proyecto y declaración, en concreto, de utilidad pública de la actuación
anteriormente mencionada.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Otorgar a Planta FV 122, SL autorización administrativa de construcción para la
instalación fotovoltaica Scorpius Solar de 82,639 MW de potencia instalada y sus
infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Herrera de Pisuerga y
Páramo de Boedo, en la provincia de Palencia, con las características definidas en los
proyectos «Planta Solar Fotovoltaica Scorpius Solar, 84,99 MWp, Herrera de Pisuerga,
provincia de Palencia», fechado en junio de 2021, y «Línea de evacuación de 30 kV
Scorpius TT.MM Herrera de Pisuerga y Páramo de Boedo (Palencia)», fechado en marzo
de 2021, y con las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes:
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
cve: BOE-A-2024-14202
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 167
Jueves 11 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 87333
Conforme al IDAA y los condicionados aceptados por el promotor durante la
tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo hasta la subestación denominada Herrera Renovables 400/132/30
kV.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la conexión a la subestación
Herrera 400 kV, de Red Eléctrica de España, SAU cuenta con autorización administrativa
de construcción otorgada mediante Resolución de la Dirección General de Política
Energética y Minas de 4 de junio de 2024 (PFV Herrera III, SGEE/PFot-410):
– La subestación Herrera Renovables de 400/132/30 kV.
– La línea eléctrica a 400 kV entre la subestación Herrera Renovables 400/132/30
kV y la subestación Herrera 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fecha 19 de octubre de 2020, declaración responsable que
acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo aportando documentación adicional.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa de
construcción del proyecto y declaración, en concreto, de utilidad pública de la actuación
anteriormente mencionada.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Otorgar a Planta FV 122, SL autorización administrativa de construcción para la
instalación fotovoltaica Scorpius Solar de 82,639 MW de potencia instalada y sus
infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Herrera de Pisuerga y
Páramo de Boedo, en la provincia de Palencia, con las características definidas en los
proyectos «Planta Solar Fotovoltaica Scorpius Solar, 84,99 MWp, Herrera de Pisuerga,
provincia de Palencia», fechado en junio de 2021, y «Línea de evacuación de 30 kV
Scorpius TT.MM Herrera de Pisuerga y Páramo de Boedo (Palencia)», fechado en marzo
de 2021, y con las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes:
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
cve: BOE-A-2024-14202
Verificable en https://www.boe.es
Primero.