III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-14130)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión a la Universitat Politècnica de València, a través del grupo de virología del Instituto Agroforestal Mediterráneo, para la identificación y diagnóstico de virus, viroides y fitoplasmas de especies vegetales no leñosas y el desarrollo de otras actividades propias de su función como Laboratorio Nacional de Referencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166

Miércoles 10 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 86960

– Participar en aquellos foros nacionales, comunitarios o internacionales que se
consideren necesarios, previa comunicación a la DGSPABA o petición por parte de ésta,
en los que puedan debatirse determinados aspectos relacionados con esta encomienda
de gestión. Posteriormente se deberá transferir dicha información a la DGSPABA o a los
laboratorios oficiales designados por las CC. AA., según corresponda. Esta participación
no implica el compromiso del personal del GV-IAM-UPV a viajar a la reunión.
– En el caso de que los trabajos encomendados dieran lugar a publicaciones,
comunicaciones o congresos, hacer constar siempre la participación de la DGSPABA en
su financiación.
– Hacer mención expresa en todas las publicaciones de las fuentes de información
utilizadas y recibir autorización previamente del MAPA para utilizar y hacer uso de los
trabajos mencionados en este convenio.
– Haber iniciado en la fecha en la que el presente convenio adquiera eficacia el
procedimiento de acreditación de acuerdo con la norma EN ISO/IEC 17025 en los
términos previstos en el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales
realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de
las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos
fitosanitarios, y por el que se modifican determinados reglamentos europeos; y en todo
caso disponer de dicha acreditación a fecha de 30 de abril de 2025.
Obligaciones del MAPA:
– Realizar un seguimiento de los trabajos encomendados mediante la supervisión de
informes que habrán sido realizados y enviados por el GV-IAM-UPV con la regularidad
establecida en el anexo III del presente convenio.
– Financiar al GV-IAM-UPV el coste que las actividades encomendadas le
supongan, de conformidad con lo señalado en la cláusula quinta y anexo I.
Cuarta.

Titularidad de los resultados.

La propiedad de los trabajos, así como de toda la información que se vaya
generando a lo largo del convenio, será propiedad exclusiva del MAPA, y no podrá ser
compartida con terceros, sin su autorización expresa.
Quinta.

Presupuesto y financiación.

El coste de ejecución de estos trabajos encomendados al Gv-IAM-UPV, asciende a la
cuantía máxima de 300.866,50 euros. Dicho coste se imputará a la aplicación
presupuestaria 21.06.412D.640.08 o aquella que pueda sustituirle de acuerdo con la Ley
de Presupuestos Generales del Estado vigente.
Dicha cuantía máxima se distribuirá en las siguientes anualidades, según el
cronograma del anexo I y el Plan de trabajo del anexo II:

Total.

Total

Euros

2024

24.865,50

2025

97.465,50

2026

97.465,50

2027

81.070,00
300.866,50

cve: BOE-A-2024-14130
Verificable en https://www.boe.es

Anualidad