I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Formación profesional marítima y sanitaria. (BOE-A-2024-14087)
Real Decreto 666/2024, de 9 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166
Miércoles 10 de julio de 2024
3.
Sec. I. Pág. 86711
Las solicitudes se podrán presentar:
a) En cualquiera de las direcciones provinciales y locales del ISM.
b) A través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la
Seguridad Social y Pensiones.
c) En cualesquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.»
Seis.
El artículo 10 queda redactado del modo siguiente:
«Artículo 10. Documentación que se acompaña a las solicitudes.
a) Título o certificado profesional exigido.
b) Titulación académica o formación complementaria exigida.
c) Acreditación de experiencia profesional previa, en su caso. Para ello se
podrá aportar la libreta de navegación, un certificado de empresa o cualquier otro
medio de prueba que sea considerado suficiente.
d) Declaración responsable del interesado en la que manifieste no padecer
ninguna alteración en su estado físico y psíquico que le impida la realización de
determinados tipos de curso en los que se lleven a cabo prácticas que pudieran
suponer algún riesgo tanto para sí mismo como para el resto de los alumnos.
Esta declaración no será exigible cuando, en el momento de presentar la
solicitud, el interesado se encuentre en posesión de un certificado médico de
aptitud para el embarque marítimo en vigor o un certificado médico que acredite tal
aptitud.
En el caso de que, al presentar la solicitud, el beneficiario hubiera aportado
únicamente una declaración responsable, si se le oferta una plaza para la
realización del curso, deberá entregar al ISM cualquiera de los certificados
mencionados en el párrafo anterior con vigencia durante toda la duración de la
acción formativa y, por tanto, hasta su finalización.
e) En su caso, certificado de empresa con el compromiso de mantener o
acceder a un puesto de trabajo que dé lugar a su alta en el Régimen Especial de
la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar y cuyo desempeño esté
condicionado a la obtención previa del diploma o certificado acreditativo de la
adquisición de la competencia que la acción formativa conlleva.
El certificado válido a estos efectos deberá ser firmado por el representante
legal de la empresa con poder para asumir el compromiso adquirido y en él se
reflejará el período durante el cual se mantiene dicho compromiso, que deberá en
todo caso ser superior a la fecha de finalización del curso solicitado, así como la
indicación del puesto de trabajo a mantener o al que se va a acceder, la exigencia
del curso concreto y el motivo de dicha exigencia.
f) En los supuestos de cursos susceptibles de ser ofertados a mayores de 16
años, cuando el solicitante sea menor de 18 años y mayor de 16, autorización
para realizarlo por parte de los padres o tutores legales.
g) Declaración responsable de competencia en natación para los cursos que
sea necesaria.
h) Dirección de correo electrónico o dirección o número de otros dispositivos
electrónicos a efectos de avisos de notificaciones.
i) Dirección de correo electrónico cuando el curso solicitado sea susceptible
de realizarse en la modalidad en línea.
cve: BOE-A-2024-14087
Verificable en https://www.boe.es
1. Los interesados deberán acompañar a la solicitud del curso de que se
trate la documentación que se indica a continuación, siempre que esta no obre en
poder de la propia administración o no haya sido elaborada por esta:
Núm. 166
Miércoles 10 de julio de 2024
3.
Sec. I. Pág. 86711
Las solicitudes se podrán presentar:
a) En cualquiera de las direcciones provinciales y locales del ISM.
b) A través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la
Seguridad Social y Pensiones.
c) En cualesquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.»
Seis.
El artículo 10 queda redactado del modo siguiente:
«Artículo 10. Documentación que se acompaña a las solicitudes.
a) Título o certificado profesional exigido.
b) Titulación académica o formación complementaria exigida.
c) Acreditación de experiencia profesional previa, en su caso. Para ello se
podrá aportar la libreta de navegación, un certificado de empresa o cualquier otro
medio de prueba que sea considerado suficiente.
d) Declaración responsable del interesado en la que manifieste no padecer
ninguna alteración en su estado físico y psíquico que le impida la realización de
determinados tipos de curso en los que se lleven a cabo prácticas que pudieran
suponer algún riesgo tanto para sí mismo como para el resto de los alumnos.
Esta declaración no será exigible cuando, en el momento de presentar la
solicitud, el interesado se encuentre en posesión de un certificado médico de
aptitud para el embarque marítimo en vigor o un certificado médico que acredite tal
aptitud.
En el caso de que, al presentar la solicitud, el beneficiario hubiera aportado
únicamente una declaración responsable, si se le oferta una plaza para la
realización del curso, deberá entregar al ISM cualquiera de los certificados
mencionados en el párrafo anterior con vigencia durante toda la duración de la
acción formativa y, por tanto, hasta su finalización.
e) En su caso, certificado de empresa con el compromiso de mantener o
acceder a un puesto de trabajo que dé lugar a su alta en el Régimen Especial de
la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar y cuyo desempeño esté
condicionado a la obtención previa del diploma o certificado acreditativo de la
adquisición de la competencia que la acción formativa conlleva.
El certificado válido a estos efectos deberá ser firmado por el representante
legal de la empresa con poder para asumir el compromiso adquirido y en él se
reflejará el período durante el cual se mantiene dicho compromiso, que deberá en
todo caso ser superior a la fecha de finalización del curso solicitado, así como la
indicación del puesto de trabajo a mantener o al que se va a acceder, la exigencia
del curso concreto y el motivo de dicha exigencia.
f) En los supuestos de cursos susceptibles de ser ofertados a mayores de 16
años, cuando el solicitante sea menor de 18 años y mayor de 16, autorización
para realizarlo por parte de los padres o tutores legales.
g) Declaración responsable de competencia en natación para los cursos que
sea necesaria.
h) Dirección de correo electrónico o dirección o número de otros dispositivos
electrónicos a efectos de avisos de notificaciones.
i) Dirección de correo electrónico cuando el curso solicitado sea susceptible
de realizarse en la modalidad en línea.
cve: BOE-A-2024-14087
Verificable en https://www.boe.es
1. Los interesados deberán acompañar a la solicitud del curso de que se
trate la documentación que se indica a continuación, siempre que esta no obre en
poder de la propia administración o no haya sido elaborada por esta: