I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2024-14084)
Real Decreto 663/2024, de 9 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los proyectos españoles por su participación en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de la industria del hidrógeno dentro del Componente 9 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 10 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 86646

Ninguno de los proyectos contemplados en dicha Decisión, considerados
individualmente son viables si no reciben íntegramente la ayuda destinada a cubrir el
funding gap, es decir, una cobertura parcial del déficit de financiación supondría la
inejecución del correspondiente proyecto, frustrando la finalidad última del PIICE.
Por ello, con el objetivo de maximizar la viabilidad de los proyectos y, con ello, del
cumplimiento de los objetivos perseguidos, se concede la ayuda a aquellos proyectos
aprobados en la Decisión que tengan la consideración de completos indivisibles, o en el
caso de proyectos divididos en fases, aquellas fases completas empezando por aquellas
de menor importe, y para las cuales con la dotación presupuestaria disponible es posible
cubrir la totalidad del déficit de financiación.
Así, el presupuesto disponible se asigna de modo que permita cubrir el déficit de
financiación completo del mayor número posible de proyectos, empezando por aquellos
que tienen un presupuesto inferior, ya sea en las fases incluidas dentro de un proyecto o
en los propios proyectos completos.
Se pretende que las dotaciones reguladas por este real decreto contribuyan
sustancialmente a la mitigación del cambio climático según el artículo 10 del Reglamento
(UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, y por el que se
modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
Este real decreto está en línea con la finalidad que persigue el Componente 9,
medida C9.I1, orientada a favorecer un cambio en el modelo productivo de nuestro país,
la generación de empleo y el impulso al crecimiento económico a través de la reducción
de las importaciones de combustibles fósiles y la mejora de la competitividad de las
empresas españolas.
El buen desarrollo del PRTR se evalúa mediante los hitos y objetivos asignados a
cada reforma e inversión, aprobados en el marco del mismo. En particular, esta norma
contribuye a los hitos y objetivos de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la
aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (CID) y en
la Decisión sobre los Acuerdos Operativos (OA) números #133 y #136 del
Componente 9, en su alcance:
– Objetivo #133. «Clusters (o valles) de hidrógeno renovable», «T4 2023», «Número:
2», «Al menos dos clústeres (o valles) de hidrógeno renovable para la integración
sectorial financiados. Los clústeres o grandes valles de hidrógeno concentran e integran
localmente el suministro, la distribución (logística) y la demanda de hidrógeno renovable,
en lugares específicos para desplazar el hidrógeno gris y los combustibles fósiles»: los
proyectos apoyados en este real decreto concentran e integran localmente el suministro,
la distribución (logística) y la demanda de hidrógeno renovable, en lugares específicos
para desplazar el hidrógeno gris y los combustibles fósiles.
– Objetivo #136. «Capacidad de electrólisis autorizada», «T2 2026», «Número (MW):
700», «Al menos 700 MW de capacidad total de electrólisis autorizada, incluida la
infraestructura complementaria. Acreditación por uno de los tres medios siguientes:
inclusión en el registro del sistema nacional de garantías de origen de gases renovables
o autorización administrativa de la planta expedida por el organismo competente o
decisión final de inversión proporcionada por el beneficiario»: los proyectos apoyados en
este real decreto agregan la instalación de alrededor de 650 MW de capacidad de
electrólisis, contribuyendo a alcanzar el objetivo marcado para 2026.
Las ayudas reguladas por este real decreto serán financiadas por la E.P.E. Instituto
para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., cuyo Estatuto fue aprobado
por Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, con la dotación presupuestaria disponible con
cargo a las transferencias realizadas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 23.50.42IA.74810 («Al
IDAE para hidrógeno renovable: un proyecto de país. Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia) contenidas en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los
ejercicios 2022 y 2023, legalmente afectadas a financiar proyectos o líneas de actuación

cve: BOE-A-2024-14084
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Núm. 166