I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2024-14084)
Real Decreto 663/2024, de 9 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los proyectos españoles por su participación en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de la industria del hidrógeno dentro del Componente 9 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 10 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 86650
Hy2Use, its size and numerous collaborative interactions that it will induce, the public
support through the notified State aid measures constitutes the appropriate policy
instrument to address the objectives of Hy2Use. Considering the market failures
identified, in particular the need to address the negative externalities involved (see
recitals (207) and (208)) and taking into account the level of risk and uncertainty (see
recitals (294) to (302)), the Commission considers the use of direct grants to be
appropriate.»
En el caso de España, los proyectos apoyados serán financiados con los fondos Next
Generation canalizados a través del PRTR.
Adicionalmente, y en línea también con lo contemplado por el artículo 22 de la antes
citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, existen causas justificadas que dificultan la
convocatoria pública de las ayudas aquí contempladas, en concreto asociadas al proceso de
aprobación del PIICE de hidrógeno en un marco de selección y evaluación internacional:
1. El 15 de enero de 2020, la Comisión Europea convocó una conferencia abierta a
todo interesado para informar sobre el concepto de PIICE en el ámbito del hidrógeno,
incluyendo el proceso, las oportunidades y las limitaciones, así como otras fuentes de
financiación para el desarrollo industrial a gran escala.
2. Los Estados Miembro debieron publicar sus respectivas convocatorias de interés
nacionales («Call for interest») para identificar a las empresas y proyectos
potencialmente participantes en el mecanismo. España lanzó tres llamamientos entre
junio de 2020 y mayo de 2021.
3. Definición de las diferentes temáticas del PIICE de hidrógeno. El 7 de julio
de 2021, la Comisión propuso seccionar el PIICE de hidrógeno en dos temáticas
«waves» simultáneas; una de las temáticas se orientaría al desarrollo de la tecnología,
mientras que la segunda se destinaría a la descarbonización de la industria.
4. Match-making process donde los promotores de los diferentes proyectos a nivel
nacional buscan alianzas y sinergias con otros proyectos a nivel comunitario,
garantizando el efecto transfronterizo de sus propuestas.
5. Los Estados miembro prenotificaron individualmente a la Comisión Europea el 31
de agosto de 2021 un conjunto de proyectos que cumplían con los criterios establecidos
por la Comisión Europea.
6. La Comisión solicitó requerimientos de información adicional sobre los proyectos
presentados (RFIs) con objeto de garantizar la adecuación de las propuestas a los
criterios definidos. Simultáneamente, la Comisión requirió al Estado Miembro la
organización de reuniones de alto nivel para aclarar cuestiones críticas y garantizar la
transparencia del proceso, y lideró varias reuniones a nivel técnico con los Estados
miembro y las empresas participantes.
7. Notificación a la Comisión Europea de la versión definitiva de los proyectos
presentados el 26 de agosto de 2022.
8. Comunicación en prensa de la decisión final de la Comisión el 21 de septiembre
de 2022. Los Estados Miembro velarán por el cumplimiento los puntos 48 y 49 de la
Comunicación PIICE sobre los requisitos de transparencia y publicación de las ayudas.
9. Tramitación de los marcos de ayudas de estado a nivel nacional.
Considerando las razones de interés social, público y económico detalladas
anteriormente; el proceso previo de concurrencia y selección llevado a cabo cumpliendo
con lo establecido en la Comunicación de la Comisión relativa a los PIICE; el
compromiso de España con el PIICE Hy2Use y el carácter integral de éste, lo cual
requiere de la participación de los distintos Estados miembro en la financiación de los
proyectos individuales que forman parte del PIICE; la necesidad de cumplir con los hitos
del PRTR así como la consecución de los objetivos fijados por el PNIEC 2021-20130; se
hace preciso, por tanto, un real decreto que, de conformidad con el artículo 28.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, apruebe las normas especiales de las subvenciones
reguladas en el citado artículo 22.2.c).
cve: BOE-A-2024-14084
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 166
Miércoles 10 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 86650
Hy2Use, its size and numerous collaborative interactions that it will induce, the public
support through the notified State aid measures constitutes the appropriate policy
instrument to address the objectives of Hy2Use. Considering the market failures
identified, in particular the need to address the negative externalities involved (see
recitals (207) and (208)) and taking into account the level of risk and uncertainty (see
recitals (294) to (302)), the Commission considers the use of direct grants to be
appropriate.»
En el caso de España, los proyectos apoyados serán financiados con los fondos Next
Generation canalizados a través del PRTR.
Adicionalmente, y en línea también con lo contemplado por el artículo 22 de la antes
citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, existen causas justificadas que dificultan la
convocatoria pública de las ayudas aquí contempladas, en concreto asociadas al proceso de
aprobación del PIICE de hidrógeno en un marco de selección y evaluación internacional:
1. El 15 de enero de 2020, la Comisión Europea convocó una conferencia abierta a
todo interesado para informar sobre el concepto de PIICE en el ámbito del hidrógeno,
incluyendo el proceso, las oportunidades y las limitaciones, así como otras fuentes de
financiación para el desarrollo industrial a gran escala.
2. Los Estados Miembro debieron publicar sus respectivas convocatorias de interés
nacionales («Call for interest») para identificar a las empresas y proyectos
potencialmente participantes en el mecanismo. España lanzó tres llamamientos entre
junio de 2020 y mayo de 2021.
3. Definición de las diferentes temáticas del PIICE de hidrógeno. El 7 de julio
de 2021, la Comisión propuso seccionar el PIICE de hidrógeno en dos temáticas
«waves» simultáneas; una de las temáticas se orientaría al desarrollo de la tecnología,
mientras que la segunda se destinaría a la descarbonización de la industria.
4. Match-making process donde los promotores de los diferentes proyectos a nivel
nacional buscan alianzas y sinergias con otros proyectos a nivel comunitario,
garantizando el efecto transfronterizo de sus propuestas.
5. Los Estados miembro prenotificaron individualmente a la Comisión Europea el 31
de agosto de 2021 un conjunto de proyectos que cumplían con los criterios establecidos
por la Comisión Europea.
6. La Comisión solicitó requerimientos de información adicional sobre los proyectos
presentados (RFIs) con objeto de garantizar la adecuación de las propuestas a los
criterios definidos. Simultáneamente, la Comisión requirió al Estado Miembro la
organización de reuniones de alto nivel para aclarar cuestiones críticas y garantizar la
transparencia del proceso, y lideró varias reuniones a nivel técnico con los Estados
miembro y las empresas participantes.
7. Notificación a la Comisión Europea de la versión definitiva de los proyectos
presentados el 26 de agosto de 2022.
8. Comunicación en prensa de la decisión final de la Comisión el 21 de septiembre
de 2022. Los Estados Miembro velarán por el cumplimiento los puntos 48 y 49 de la
Comunicación PIICE sobre los requisitos de transparencia y publicación de las ayudas.
9. Tramitación de los marcos de ayudas de estado a nivel nacional.
Considerando las razones de interés social, público y económico detalladas
anteriormente; el proceso previo de concurrencia y selección llevado a cabo cumpliendo
con lo establecido en la Comunicación de la Comisión relativa a los PIICE; el
compromiso de España con el PIICE Hy2Use y el carácter integral de éste, lo cual
requiere de la participación de los distintos Estados miembro en la financiación de los
proyectos individuales que forman parte del PIICE; la necesidad de cumplir con los hitos
del PRTR así como la consecución de los objetivos fijados por el PNIEC 2021-20130; se
hace preciso, por tanto, un real decreto que, de conformidad con el artículo 28.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, apruebe las normas especiales de las subvenciones
reguladas en el citado artículo 22.2.c).
cve: BOE-A-2024-14084
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 166