I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2024-14084)
Real Decreto 663/2024, de 9 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los proyectos españoles por su participación en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de la industria del hidrógeno dentro del Componente 9 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 10 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 86649

construcción de infraestructuras y el avance de las tecnologías del hidrógeno para su
uso en múltiples sectores industriales.
Desde el punto de vista de interés social, queda justificado con la creación de nuevos
puestos de trabajo y el crecimiento a través de la formación de personal especializado en
el sector, permitiendo la profesionalización del mismo. La aportación de los proyectos se
estima en 26.000 nuevos puestos de trabajo directos en total a lo largo de su
implementación, de acuerdo a datos indicados en la Decisión C(2022) 6847 final, de 21
de septiembre de 2022, de la Comisión.
En cuanto al interés económico, está ampliamente aceptado que los mercados
competitivos tienden a producir resultados eficientes en términos de precios, producción
y utilización de los recursos. No obstante, puede ser necesaria una intervención estatal
para facilitar el desarrollo de determinadas actividades económicas que directamente no
se desarrollarían, o no lo harían al mismo ritmo, o en las mismas condiciones. Por tanto,
este real decreto que otorga subvenciones directas constituye una intervención estatal
que contribuye a un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo.
El PIICE Hy2Use generará efectos desbordamiento positivos sobre otros sectores,
mediante la transferencia de know-how sobre los procesos de implementación de
grandes instalaciones de hidrógeno, el desarrollo de nuevas tecnologías innovadoras y
sostenibles y la adquisición de nuevas competencias y conocimientos técnicos
específicos. Asimismo, tendrá efectos positivos sobre la comunidad científica, gracias a
la difusión y la colaboración con diferentes entidades de investigación, como los centros
españoles, CSIC, Fundación del Hidrógeno de Aragón, Centro Nacional del Hidrógeno o
la Fundación Instituto de Investigación de la Energía de Cataluña, entre otros, de
acuerdo con los compromisos establecidos en la Decisión de la Comisión C(2022) 6847
final, de 21 de septiembre, y los adquiridos por las entidades beneficiarias con la
Comisión Europea durante la fase de notificación.
El interés social, público y económico se apoya también en la generación de
beneficios derivados de los esfuerzos de innovación, puesto que tal y como indica la
Comisión, el principal objetivo de este PIICE es impulsar la implementación de grandes
instalaciones de hidrógeno que contribuyan significativamente a la estrategia energética
de la Unión o que desarrollen tecnologías innovadoras y sostenibles para el uso del
hidrógeno en diferentes sectores industriales. Estas ayudas favorecerán el avance en el
conocimiento y la madurez del sector, y contribuirán a la creación de una industria
auxiliar y su correspondiente mercado de componentes asociado a la cadena de valor
del hidrógeno. Es decir, la articulación del PIICE Hy2Use es de indudable interés público,
social y económico no solo por su contribución directa a la transición energética, sino
porque adicionalmente supone un refuerzo de la autonomía estratégica de la Unión
Europea y, con ello, la reducción de la dependencia tecnológica y energética externa, en
este ámbito de actuación.
Por último, el carácter singular de las ayudas reguladas en este real decreto, claves para
el cumplimiento de los hitos y objetivos contemplados en el PRTR, exige que se
instrumentalicen mediante un procedimiento de concesión directa, sin perjuicio del proceso de
selección de proyectos realizado en el marco del PIICE, de acuerdo con la Comunicación de
la Comisión (2014/C 188/02) y en su modificación (2021/C 528/02), que garantiza la
publicidad en todas las fases del procedimiento, y la concurrencia de los participantes.
Por tanto, el procedimiento de concesión directa es consecuencia de las
características especiales que acompañan a la aprobación de un PIICE, donde es la
Comisión Europea la competente para la selección y aprobación de los proyectos
individuales incluidos dentro del proyecto integral PIICE Hy2Use, siendo el Estado
Miembro finalmente el habilitado para articular el instrumento de concesión de la ayuda y
su financiación. Así lo establece la citada decisión de la Comisión, que indica que «las
ayudas que concederán todos los Estados miembro en Hy2Use adoptarán la forma de
subvenciones directas».
En el sentido de lo reflejado en el párrafo anterior, cabe señalar lo incluido en el
apartado 360 de la Decisión de la Comisión: «given the level of ambitions pursued by

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