I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Subvenciones. (BOE-A-2024-14078)
Real Decreto 657/2024, de 9 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de fortalecimiento industrial en la transformación de productos de la pesca y acuicultura dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica del Sector Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas con fondos Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 10 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 86549
objetivo 186 «Finalización de PERTES y proyectos innovadores para la transformación
de la industria», contribuyendo a la meta de 3 PERTES y 210 Proyectos terminados en el
segundo trimestre de 2026.
El Plan de Recuperación en su conjunto responde a un triple objetivo: (i) impulsar la
actividad y la creación de empleo para contrarrestar a corto plazo el impacto de la
pandemia; (ii) apoyar un proceso de transformación estructural que permita aumentar a
medio plazo el crecimiento potencial; y (iii) reforzar a largo plazo la resiliencia,
avanzando hacia un desarrollo más sostenible e inclusivo.
Entre los objetivos relacionados con la industria pesquera se encuentra mejorar
aspectos en el ámbito tecnológico y ecológico; incrementar la eficiencia energética y la
contribución a la economía circular por parte de la flota y del complejo mar-industria.
Se trata de un subsector que ha sufrido las consecuencias de la pandemia generada
por el COVID-19, así como de las crisis posteriores, singularmente el alza de precios de
los insumos y de los costes de producción asociados a la invasión de Ucrania, que
arrojan un descenso de la producción estimado en un 8 % y una merma de sus ratios de
competitividad. Su recuperación ha de basarse en un crecimiento del mercado,
aportándole mayor valor añadido y multiplicando su eficiencia y productividad mediante
un proceso de transformación industrial y digitalización.
En cuanto a los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación
Económica (PERTE) englobados en el marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia (PRTR), se configuran como instrumentos jurídicos novedosos destinados a
potenciar la agilidad y la eficacia transformadora de las actuaciones apoyadas con
fondos europeos.
El Consejo de Ministros, en su reunión del 8 de febrero de 2022, aprobó la memoria
del PERTE del Sector Agroalimentario (PERTE Agroalimentario).
El PERTE Agroalimentario cuenta con medidas gestionadas por los Ministerios de
Agricultura, Pesca y Alimentación; de Industria y Turismo; para la Transformación Digital
y de la Función Pública; así como de Ciencia, Innovación y Universidades. Va dirigido a
propiciar la transformación de la cadena agroalimentaria e impulsar la modernización y
digitalización del sector, su crecimiento económico y la cohesión territorial.
Las inversiones del El PERTE Agroalimentario se desglosan en los siguientes tres
ejes prioritarios: Eje 1: Fortalecimiento industrial del sector agroalimentario, Eje 2:
Digitalización del sector agroalimentario y Eje 3: Investigación en el ámbito
agroalimentario. Las ayudas contempladas en esta normativa se engloban dentro del
Eje 1, identificándose tres bloques que reflejan los aspectos más importantes de cara al
futuro desarrollo de la industria en todos sus procesos: la competitividad, la
sostenibilidad y la trazabilidad y seguridad alimentaria.
La Orden ICT/738/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de fortalecimiento industrial del
sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y
Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, establecen que las ayudas se enmarcan en las exigencias
del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado o en sus modificaciones (Reglamento
General de Exención por Categorías, RGEC).
El sector industrial pesquero identifica en el PERTE Agroalimentario una oportunidad
única para definir la estrategia a seguir, abriendo la posibilidad de reestructuración del
mismo, con el fin de sobrevivir en un contexto en el que sólo lo harán aquellas empresas
que alcancen el nivel de competitividad, resiliencia y sostenibilidad que exigen los
mercados, garantizando además la sostenibilidad ambiental de los procesos de
producción.
En este sentido, el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio
de 2014, en su artículo 1.3 a) excluye expresamente la concesión de ayudas en el sector
de los productos de la pesca y de la acuicultura, exceptuando las ayudas a la formación,
cve: BOE-A-2024-14078
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 166
Miércoles 10 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 86549
objetivo 186 «Finalización de PERTES y proyectos innovadores para la transformación
de la industria», contribuyendo a la meta de 3 PERTES y 210 Proyectos terminados en el
segundo trimestre de 2026.
El Plan de Recuperación en su conjunto responde a un triple objetivo: (i) impulsar la
actividad y la creación de empleo para contrarrestar a corto plazo el impacto de la
pandemia; (ii) apoyar un proceso de transformación estructural que permita aumentar a
medio plazo el crecimiento potencial; y (iii) reforzar a largo plazo la resiliencia,
avanzando hacia un desarrollo más sostenible e inclusivo.
Entre los objetivos relacionados con la industria pesquera se encuentra mejorar
aspectos en el ámbito tecnológico y ecológico; incrementar la eficiencia energética y la
contribución a la economía circular por parte de la flota y del complejo mar-industria.
Se trata de un subsector que ha sufrido las consecuencias de la pandemia generada
por el COVID-19, así como de las crisis posteriores, singularmente el alza de precios de
los insumos y de los costes de producción asociados a la invasión de Ucrania, que
arrojan un descenso de la producción estimado en un 8 % y una merma de sus ratios de
competitividad. Su recuperación ha de basarse en un crecimiento del mercado,
aportándole mayor valor añadido y multiplicando su eficiencia y productividad mediante
un proceso de transformación industrial y digitalización.
En cuanto a los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación
Económica (PERTE) englobados en el marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia (PRTR), se configuran como instrumentos jurídicos novedosos destinados a
potenciar la agilidad y la eficacia transformadora de las actuaciones apoyadas con
fondos europeos.
El Consejo de Ministros, en su reunión del 8 de febrero de 2022, aprobó la memoria
del PERTE del Sector Agroalimentario (PERTE Agroalimentario).
El PERTE Agroalimentario cuenta con medidas gestionadas por los Ministerios de
Agricultura, Pesca y Alimentación; de Industria y Turismo; para la Transformación Digital
y de la Función Pública; así como de Ciencia, Innovación y Universidades. Va dirigido a
propiciar la transformación de la cadena agroalimentaria e impulsar la modernización y
digitalización del sector, su crecimiento económico y la cohesión territorial.
Las inversiones del El PERTE Agroalimentario se desglosan en los siguientes tres
ejes prioritarios: Eje 1: Fortalecimiento industrial del sector agroalimentario, Eje 2:
Digitalización del sector agroalimentario y Eje 3: Investigación en el ámbito
agroalimentario. Las ayudas contempladas en esta normativa se engloban dentro del
Eje 1, identificándose tres bloques que reflejan los aspectos más importantes de cara al
futuro desarrollo de la industria en todos sus procesos: la competitividad, la
sostenibilidad y la trazabilidad y seguridad alimentaria.
La Orden ICT/738/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de fortalecimiento industrial del
sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y
Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, establecen que las ayudas se enmarcan en las exigencias
del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado o en sus modificaciones (Reglamento
General de Exención por Categorías, RGEC).
El sector industrial pesquero identifica en el PERTE Agroalimentario una oportunidad
única para definir la estrategia a seguir, abriendo la posibilidad de reestructuración del
mismo, con el fin de sobrevivir en un contexto en el que sólo lo harán aquellas empresas
que alcancen el nivel de competitividad, resiliencia y sostenibilidad que exigen los
mercados, garantizando además la sostenibilidad ambiental de los procesos de
producción.
En este sentido, el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio
de 2014, en su artículo 1.3 a) excluye expresamente la concesión de ayudas en el sector
de los productos de la pesca y de la acuicultura, exceptuando las ayudas a la formación,
cve: BOE-A-2024-14078
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 166