III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-14046)
Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Presidencia del Congreso de los Diputados y de la Presidencia del Senado, por la que se dispone la publicación del Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Martes 9 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 86224
3.30. Se ha comprobado que ni en la contabilidad económico patrimonial de la CGE ni de la
CAGE de 2021 figura registrado como pasivo, con impacto en los resultados de ejercicios
anteriores, el importe de la deuda relacionada con la insuficiencia de financiación de
infraestructuras en la Comunidad Autónoma de Cataluña relativa al ejercicio 2008, que asciende a
559 millones de euros al cierre de este ejercicio. Esta insuficiencia fue cuantificada inicialmente en
759 millones35, de los que 200 millones fueron satisfechos en el ejercicio 2021. Adicionalmente, en
la LPGE para 2022 y 2023, se han consignado 200 millones para la cancelación de parte de la
deuda acordada.
3.31. 36
OTROS RESULTADOS QUE NO AFECTAN A LA OPINIÓN
IV.1. INCIDENCIA EN LA CGE DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS PARA HACER FRENTE A LA
PANDEMIA DEL COVID-19 Y POSTERIOR REACTIVACIÓN DE LA ECONOMIA, ASÍ COMO
DE LAS MEDIDAS URGENTES RELACIONADAS CON LA ISLA DE LA PALMA
4.1. La persistencia de la pandemia iniciada en 2020 ha provocado que el Gobierno continuase
con las medidas económicas iniciadas para atajar las consecuencias provocadas por la crisis
sanitaria producida por el COVID-19, así como la aplicación de nuevas medidas en el ejercicio
2021. El efecto derivado de dichas medidas en la liquidación del presupuesto de gastos de la AGE
ha ocasionado el reconocimiento de unas obligaciones netas registradas por este concepto de, al
menos, un total de 31.822,8 millones de euros (un 53 % menos que en el ejercicio anterior), según
lo reflejado en los documentos contables. La financiación de dicho gasto se ha realizado,
fundamentalmente, a través de los créditos iniciales reflejados en los Presupuestos Generales del
Estado (PGE) (15.758,4 millones) y de modificaciones de crédito financiadas con deuda pública
(16.012 millones).
considera que, dados los términos en los que está redactada la normativa vigente, no es posible imputar al presupuesto
del año el gasto del último mes, y que la normativa que regula el régimen de control interno y el cierre contable de cada
ejercicio imposibilitaría llevar a cabo esta actuación. No obstante lo anterior, la norma citada por el SEPE (artículo 26 del
Real Decreto 625/1985) se refiere exclusivamente al pago de la prestación y no al momento del reconocimiento de la
obligación. Asimismo, la normativa reguladora del cierre contable de cada ejercicio podría establecer, como ya lo hace
en relación con otros ámbitos, las actuaciones de ajuste necesarias para que las nóminas de prestaciones de diciembre
quedaran imputadas al presupuesto en dicho mes.
35 Acuerdo de 25 de septiembre de 2018, de la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado - Generalitat
de Cataluña, para la elaboración del plan de cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo 1668/2017 relativa a la
disposición adicional tercera del Estatuto de Autonomía de Cataluña.
36 Párrafo suprimido como consecuencia del tratamiento de las alegaciones.
37
De este importe, 5.012 millones de euros corresponden a una transferencia a la TGSS en aplicación del Real
Decreto-ley 25/2021, de 8 de noviembre.
cve: BOE-A-2024-14046
Verificable en https://www.boe.es
El gasto realizado se distribuye entre veintidós políticas de gastos, de las que en cinco de ellas se
concentra el 99,3 % de las obligaciones reconocidas, con el siguiente detalle: “94-Transferencias
a otras administraciones públicas” (20.891,3 millones de euros); “00-Transferencias internas”
(5.214,9 millones37); “93-Administración financiera y tributaria” (3.000,1 millones); “31-Sanidad”
(1.509,3 millones) y “43-Comercio, Turismo y PYMEs” (1.000 millones). Atendiendo a la
clasificación económica, el 91,3 % del gasto reconocido corresponde al capítulo de transferencias
corrientes (29.060,1 millones). La descripción de los conceptos de gasto más relevantes se detalla
en el Anexo 6.
Núm. 165
Martes 9 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 86224
3.30. Se ha comprobado que ni en la contabilidad económico patrimonial de la CGE ni de la
CAGE de 2021 figura registrado como pasivo, con impacto en los resultados de ejercicios
anteriores, el importe de la deuda relacionada con la insuficiencia de financiación de
infraestructuras en la Comunidad Autónoma de Cataluña relativa al ejercicio 2008, que asciende a
559 millones de euros al cierre de este ejercicio. Esta insuficiencia fue cuantificada inicialmente en
759 millones35, de los que 200 millones fueron satisfechos en el ejercicio 2021. Adicionalmente, en
la LPGE para 2022 y 2023, se han consignado 200 millones para la cancelación de parte de la
deuda acordada.
3.31. 36
OTROS RESULTADOS QUE NO AFECTAN A LA OPINIÓN
IV.1. INCIDENCIA EN LA CGE DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS PARA HACER FRENTE A LA
PANDEMIA DEL COVID-19 Y POSTERIOR REACTIVACIÓN DE LA ECONOMIA, ASÍ COMO
DE LAS MEDIDAS URGENTES RELACIONADAS CON LA ISLA DE LA PALMA
4.1. La persistencia de la pandemia iniciada en 2020 ha provocado que el Gobierno continuase
con las medidas económicas iniciadas para atajar las consecuencias provocadas por la crisis
sanitaria producida por el COVID-19, así como la aplicación de nuevas medidas en el ejercicio
2021. El efecto derivado de dichas medidas en la liquidación del presupuesto de gastos de la AGE
ha ocasionado el reconocimiento de unas obligaciones netas registradas por este concepto de, al
menos, un total de 31.822,8 millones de euros (un 53 % menos que en el ejercicio anterior), según
lo reflejado en los documentos contables. La financiación de dicho gasto se ha realizado,
fundamentalmente, a través de los créditos iniciales reflejados en los Presupuestos Generales del
Estado (PGE) (15.758,4 millones) y de modificaciones de crédito financiadas con deuda pública
(16.012 millones).
considera que, dados los términos en los que está redactada la normativa vigente, no es posible imputar al presupuesto
del año el gasto del último mes, y que la normativa que regula el régimen de control interno y el cierre contable de cada
ejercicio imposibilitaría llevar a cabo esta actuación. No obstante lo anterior, la norma citada por el SEPE (artículo 26 del
Real Decreto 625/1985) se refiere exclusivamente al pago de la prestación y no al momento del reconocimiento de la
obligación. Asimismo, la normativa reguladora del cierre contable de cada ejercicio podría establecer, como ya lo hace
en relación con otros ámbitos, las actuaciones de ajuste necesarias para que las nóminas de prestaciones de diciembre
quedaran imputadas al presupuesto en dicho mes.
35 Acuerdo de 25 de septiembre de 2018, de la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado - Generalitat
de Cataluña, para la elaboración del plan de cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo 1668/2017 relativa a la
disposición adicional tercera del Estatuto de Autonomía de Cataluña.
36 Párrafo suprimido como consecuencia del tratamiento de las alegaciones.
37
De este importe, 5.012 millones de euros corresponden a una transferencia a la TGSS en aplicación del Real
Decreto-ley 25/2021, de 8 de noviembre.
cve: BOE-A-2024-14046
Verificable en https://www.boe.es
El gasto realizado se distribuye entre veintidós políticas de gastos, de las que en cinco de ellas se
concentra el 99,3 % de las obligaciones reconocidas, con el siguiente detalle: “94-Transferencias
a otras administraciones públicas” (20.891,3 millones de euros); “00-Transferencias internas”
(5.214,9 millones37); “93-Administración financiera y tributaria” (3.000,1 millones); “31-Sanidad”
(1.509,3 millones) y “43-Comercio, Turismo y PYMEs” (1.000 millones). Atendiendo a la
clasificación económica, el 91,3 % del gasto reconocido corresponde al capítulo de transferencias
corrientes (29.060,1 millones). La descripción de los conceptos de gasto más relevantes se detalla
en el Anexo 6.