III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-13967)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Electrificación del sistema de compresión de Jaca 2 y Jaca 17. Almacenamiento subterráneo de Serrablo (Huesca)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85096
solicitar ante el INAGA la autorización para la ocupación de las vías pecuarias afectadas
de acuerdo con la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón.
El promotor acepta expresamente el cumplimiento de las citadas condiciones en la
documentación remitida el 22 de abril de 2024.
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000: El proyecto no afecta directamente
a ningún espacio protegido siendo los más próximos los siguientes:
– Zona de especial conservación (ZEC) «Río Gas»: A unos 500 m al Sur del ramal
hacia el pozo Jaca 17.
– ZEC «Sierras de San Juan de la Peña y Peña Oroel»: A 700 m al Sur de la primera
parte del trazado de la línea eléctrica.
– ZEC «Río Aragón-Canal de Verdún», coincidente con la zona de especial
protección para las aves (ZEPA) «Sotos y carrizales del río Aragón»: Situado a 1.388 m
al Oeste de la subestación «Jaca I».
La ZEC «Río Gas» es la más cercana al proyecto y, por tanto, es la única que podría
sufrir algún tipo de impacto indirecto, lo cual ha sido estudiado específicamente en el
documento ambiental, llegando a la conclusión de que el mayor impacto indirecto deriva
de la presencia de las instalaciones temporales que puedan afectar al barranco de la
Muga y a un arroyo innominado, ambos con vegetación de ribera asociada al HIC 6420.
Ambos arroyos son afluentes del río Gas aguas arriba del tramo correspondiente a la
ZEC, por lo que cualquier afección a la calidad de sus aguas podría afectar a la ZEC.
Esto ha motivado la implementación de medidas preventivas en la fase de obras,
centradas en evitar vertidos y afecciones a los cauces y en respetar lo máximo posible la
vegetación de ribera, para evitar o minimizar los efectos del proyecto sobre los valores
ambientales del espacio natural, que en todo caso no se prevén relevantes.
Paisaje: El impacto principal se produce durante la explotación. Los elementos que
van a ocasionar un impacto paisajístico más importante van a ser los apoyos de la línea
eléctrica y los pórticos de entrada a las subestaciones a implantar, y en menor medida la
subestación ubicada junto al pozo Jaca-17. No se considera significativo el impacto de la
subestación de Jaca-2, ya que esta se ubicará entre los pozos Jaca-18 y Jaca-2 con lo
cual la zona ya está alterada.
Patrimonio cultural: El documento ambiental identifica actuaciones del proyecto en la
fase de construcción que ocasionan afecciones sobre los siguientes senderos y vías
pecuarias:
– Colada sin nombre coincidente con el sendero turístico «BTT Rutas de Jaca 2».
– Sendero turístico «BTT Rutas de Jaca 11».
– Colada del Valle o de Jaca.
La Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón indica que
deben incluirse los resultados de las actuaciones realizadas previamente en relación con
el Patrimonio Cultural (prospección arqueológica/paleontológica), detallando y
delimitando los bienes culturales existentes en el ámbito del proyecto, si los hubiere, y
las posibles afecciones directas o indirectas que el proyecto pueda producir durante su
ejecución y con posterioridad, especificando que:
– Todos los trabajos de documentación de patrimonio conocido o inédito (resultantes
de las labores de prospección) se deben llevar a cabo preferentemente en la fase de
redacción y siempre previamente a la ejecución del proyecto.
– Todas las actuaciones en materia de Patrimonio Cultural deberán ser realizadas
por personal técnico cualificado siendo coordinadas y supervisadas por los Servicios
Técnicos del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura del Gobierno de Aragón.
Asimismo, indica que las resoluciones emitidas por la Dirección General de
Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón respecto de las actuaciones de prospección
cve: BOE-A-2024-13967
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85096
solicitar ante el INAGA la autorización para la ocupación de las vías pecuarias afectadas
de acuerdo con la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón.
El promotor acepta expresamente el cumplimiento de las citadas condiciones en la
documentación remitida el 22 de abril de 2024.
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000: El proyecto no afecta directamente
a ningún espacio protegido siendo los más próximos los siguientes:
– Zona de especial conservación (ZEC) «Río Gas»: A unos 500 m al Sur del ramal
hacia el pozo Jaca 17.
– ZEC «Sierras de San Juan de la Peña y Peña Oroel»: A 700 m al Sur de la primera
parte del trazado de la línea eléctrica.
– ZEC «Río Aragón-Canal de Verdún», coincidente con la zona de especial
protección para las aves (ZEPA) «Sotos y carrizales del río Aragón»: Situado a 1.388 m
al Oeste de la subestación «Jaca I».
La ZEC «Río Gas» es la más cercana al proyecto y, por tanto, es la única que podría
sufrir algún tipo de impacto indirecto, lo cual ha sido estudiado específicamente en el
documento ambiental, llegando a la conclusión de que el mayor impacto indirecto deriva
de la presencia de las instalaciones temporales que puedan afectar al barranco de la
Muga y a un arroyo innominado, ambos con vegetación de ribera asociada al HIC 6420.
Ambos arroyos son afluentes del río Gas aguas arriba del tramo correspondiente a la
ZEC, por lo que cualquier afección a la calidad de sus aguas podría afectar a la ZEC.
Esto ha motivado la implementación de medidas preventivas en la fase de obras,
centradas en evitar vertidos y afecciones a los cauces y en respetar lo máximo posible la
vegetación de ribera, para evitar o minimizar los efectos del proyecto sobre los valores
ambientales del espacio natural, que en todo caso no se prevén relevantes.
Paisaje: El impacto principal se produce durante la explotación. Los elementos que
van a ocasionar un impacto paisajístico más importante van a ser los apoyos de la línea
eléctrica y los pórticos de entrada a las subestaciones a implantar, y en menor medida la
subestación ubicada junto al pozo Jaca-17. No se considera significativo el impacto de la
subestación de Jaca-2, ya que esta se ubicará entre los pozos Jaca-18 y Jaca-2 con lo
cual la zona ya está alterada.
Patrimonio cultural: El documento ambiental identifica actuaciones del proyecto en la
fase de construcción que ocasionan afecciones sobre los siguientes senderos y vías
pecuarias:
– Colada sin nombre coincidente con el sendero turístico «BTT Rutas de Jaca 2».
– Sendero turístico «BTT Rutas de Jaca 11».
– Colada del Valle o de Jaca.
La Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón indica que
deben incluirse los resultados de las actuaciones realizadas previamente en relación con
el Patrimonio Cultural (prospección arqueológica/paleontológica), detallando y
delimitando los bienes culturales existentes en el ámbito del proyecto, si los hubiere, y
las posibles afecciones directas o indirectas que el proyecto pueda producir durante su
ejecución y con posterioridad, especificando que:
– Todos los trabajos de documentación de patrimonio conocido o inédito (resultantes
de las labores de prospección) se deben llevar a cabo preferentemente en la fase de
redacción y siempre previamente a la ejecución del proyecto.
– Todas las actuaciones en materia de Patrimonio Cultural deberán ser realizadas
por personal técnico cualificado siendo coordinadas y supervisadas por los Servicios
Técnicos del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura del Gobierno de Aragón.
Asimismo, indica que las resoluciones emitidas por la Dirección General de
Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón respecto de las actuaciones de prospección
cve: BOE-A-2024-13967
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 164