III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-13967)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Electrificación del sistema de compresión de Jaca 2 y Jaca 17. Almacenamiento subterráneo de Serrablo (Huesca)".
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85095
Asimismo, la Dirección General de Medio Natural del Gobierno de Aragón indica en
su informe que las actuaciones se ubican en un área sin valores ambientales
especialmente relevantes y que la documentación ambiental contempla las medidas
correctoras de forma adecuada.
Fauna: Respecto a la fauna protegida, la información bibliográfica y los trabajos de
campo identifican varias especies protegidas. Independientemente de la fase de
construcción, cuyos impactos son los propios de una obra civil, destaca la presencia de
la línea aérea eléctrica como el impacto más relevante por los riesgos de electrocución y
colisión de la avifauna.
En los estudios de campo, se identifican las siguientes especies catalogadas como
«En peligro de extinción» o «Vulnerables» en los catálogos nacional y autonómico:
– El alimoche común (Neophron percnopterus) con 12 avistamientos y que se
encuentra catalogado como «Vulnerable» en el catálogo nacional y autonómico.
– La chova piquirroja (Pyrhocorax pyrhocorax) con 69 avistamientos, se encuentra
catalogada como «Vulnerable» en el catálogo autonómico.
– El milano real (Milvus milvus) con 194 avistamientos y el quebrantahuesos
(Gypaetus barbatus) con 1 avistamiento, se encuentran catalogados como «En peligro
de extinción» tanto en el catálogo nacional como autonómico.
Todas son especies consideradas habituales en la zona. Además, el Servicio de
Biodiversidad del Gobierno de Aragón informa de la presencia de un área de nidificación
de águila real (Aquila chrysaetos) en una envolvente de 2 km al Norte del pozo de
Jaca-17, así como áreas de nidificación de milano real.
Adicionalmente, se han avistado abundantes especies de aves, en lo que el
documento ambiental denomina «altura de riesgo», que es la altura del tendido.
Destacan, especialmente, las observaciones de milano real y buitre leonado (Gyps
fulvus), junto con 8 detecciones de alimoche, 5 de cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), 4
de busardo ratonero (Buteo buteo), 2 de águila calzada (Hieraaetus pennatus), uno de
culebrera europea (Circaetus gallicus) y uno de milano negro (Milvus migrans).
De esta forma, de acuerdo con los datos obtenidos, se espera la presencia de zonas
de nidificación de milano real citadas por el Servicio de Biodiversidad del Gobierno de
Aragón, en el entorno de la línea eléctrica, así como posibles nidificaciones de águila
calzada, cernícalo primilla (Falco naumanni) y busardo ratonero.
La totalidad de la línea eléctrica se localiza en el ámbito de aplicación del Real
Decreto 1432/2008, por el que se establecen las medidas para la protección de la
avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
La Dirección General de Medio Natural del Gobierno de Aragón informa que,
analizada la documentación remitida y la disponible en esa Dirección General, no
considera necesario someter la actuación al procedimiento de evaluación ambiental
ordinario, dado que las actuaciones se ubican en un área sin valores ambientales
especialmente relevantes y la documentación ambiental ya contempla las medidas
correctoras de forma adecuada. No obstante, indica la necesidad de realizar
prospecciones previas a las obras con el fin de localizar a la fauna sensible y plantear las
obras respetando los periodos de nidificación.
El informe del INAGA establece varias consideraciones, que son trasladadas al
promotor, entre las que cabe destacar las siguientes:
– Previamente al inicio de las obras, se deberá notificar al agente de protección de la
naturaleza del Gobierno de Aragón su comienzo, para que pueda descartar la posible
presencia de puntos de nidificación de especies catalogadas que pudieran verse
afectadas por los trabajos. En caso de detectar nidificación de especies catalogadas, se
atenderá a las especificaciones que determine el agente, quien, entre otras medidas que
considere oportunas, podrá limitar las fechas de ejecución de las obras.
– Al existir afección sobre el Dominio Público Pecuario, deberán contemplarse
medidas específicas para preservar adecuadamente su uso e integridad, así como
cve: BOE-A-2024-13967
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85095
Asimismo, la Dirección General de Medio Natural del Gobierno de Aragón indica en
su informe que las actuaciones se ubican en un área sin valores ambientales
especialmente relevantes y que la documentación ambiental contempla las medidas
correctoras de forma adecuada.
Fauna: Respecto a la fauna protegida, la información bibliográfica y los trabajos de
campo identifican varias especies protegidas. Independientemente de la fase de
construcción, cuyos impactos son los propios de una obra civil, destaca la presencia de
la línea aérea eléctrica como el impacto más relevante por los riesgos de electrocución y
colisión de la avifauna.
En los estudios de campo, se identifican las siguientes especies catalogadas como
«En peligro de extinción» o «Vulnerables» en los catálogos nacional y autonómico:
– El alimoche común (Neophron percnopterus) con 12 avistamientos y que se
encuentra catalogado como «Vulnerable» en el catálogo nacional y autonómico.
– La chova piquirroja (Pyrhocorax pyrhocorax) con 69 avistamientos, se encuentra
catalogada como «Vulnerable» en el catálogo autonómico.
– El milano real (Milvus milvus) con 194 avistamientos y el quebrantahuesos
(Gypaetus barbatus) con 1 avistamiento, se encuentran catalogados como «En peligro
de extinción» tanto en el catálogo nacional como autonómico.
Todas son especies consideradas habituales en la zona. Además, el Servicio de
Biodiversidad del Gobierno de Aragón informa de la presencia de un área de nidificación
de águila real (Aquila chrysaetos) en una envolvente de 2 km al Norte del pozo de
Jaca-17, así como áreas de nidificación de milano real.
Adicionalmente, se han avistado abundantes especies de aves, en lo que el
documento ambiental denomina «altura de riesgo», que es la altura del tendido.
Destacan, especialmente, las observaciones de milano real y buitre leonado (Gyps
fulvus), junto con 8 detecciones de alimoche, 5 de cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), 4
de busardo ratonero (Buteo buteo), 2 de águila calzada (Hieraaetus pennatus), uno de
culebrera europea (Circaetus gallicus) y uno de milano negro (Milvus migrans).
De esta forma, de acuerdo con los datos obtenidos, se espera la presencia de zonas
de nidificación de milano real citadas por el Servicio de Biodiversidad del Gobierno de
Aragón, en el entorno de la línea eléctrica, así como posibles nidificaciones de águila
calzada, cernícalo primilla (Falco naumanni) y busardo ratonero.
La totalidad de la línea eléctrica se localiza en el ámbito de aplicación del Real
Decreto 1432/2008, por el que se establecen las medidas para la protección de la
avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
La Dirección General de Medio Natural del Gobierno de Aragón informa que,
analizada la documentación remitida y la disponible en esa Dirección General, no
considera necesario someter la actuación al procedimiento de evaluación ambiental
ordinario, dado que las actuaciones se ubican en un área sin valores ambientales
especialmente relevantes y la documentación ambiental ya contempla las medidas
correctoras de forma adecuada. No obstante, indica la necesidad de realizar
prospecciones previas a las obras con el fin de localizar a la fauna sensible y plantear las
obras respetando los periodos de nidificación.
El informe del INAGA establece varias consideraciones, que son trasladadas al
promotor, entre las que cabe destacar las siguientes:
– Previamente al inicio de las obras, se deberá notificar al agente de protección de la
naturaleza del Gobierno de Aragón su comienzo, para que pueda descartar la posible
presencia de puntos de nidificación de especies catalogadas que pudieran verse
afectadas por los trabajos. En caso de detectar nidificación de especies catalogadas, se
atenderá a las especificaciones que determine el agente, quien, entre otras medidas que
considere oportunas, podrá limitar las fechas de ejecución de las obras.
– Al existir afección sobre el Dominio Público Pecuario, deberán contemplarse
medidas específicas para preservar adecuadamente su uso e integridad, así como
cve: BOE-A-2024-13967
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 164