III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-13967)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Electrificación del sistema de compresión de Jaca 2 y Jaca 17. Almacenamiento subterráneo de Serrablo (Huesca)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Lunes 8 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 85092

– Una nueva subestación eléctrica (132/20 kV) junto al pozo J-18 que es aledaño al
pozo J-2.
El documento ambiental descarta la alternativa cero, porque supondría un obstáculo
para la mejora de la eficiencia ambiental de las instalaciones de almacenamiento, ya que
no se eliminarían las emisiones de gases de combustión de las actuales turbinas y
tampoco se evitarían los venteos de gas natural a la atmósfera. Respecto a las demás
alternativas, indica que:
– En relación con el pozo J-17: No se han estudiado alternativas de emplazamiento
de la nueva subestación eléctrica debido a la cercanía de la nueva estación que se sitúa
colindante a las instalaciones del pozo.
– En relación con el pozo J-2: No se han estudiado alternativas de emplazamiento
ya que la nueva subestación eléctrica se instalaría en la parcela colindante al pozo que
es propiedad del promotor.
– En relación con el tendido eléctrico: Se analizaron tres alternativas seleccionando
finalmente la alternativa 2, que es la descrita anteriormente, por considerar que es la que
menor afección causa a los diferentes elementos del medio ambiente, así como por
discurrir por espacios que tienen mayor capacidad de acogida.
2.

Ubicación del proyecto:

El conjunto de las actuaciones se sitúa en el término municipal de Jaca, en la zona
Norte de la provincia de Huesca en la Comunidad Autónoma de Aragón. El área de
estudio (se considera una envolvente de 2,5 Km a cada uno de los elementos del
proyecto) abarca una superficie superior ubicándose en su totalidad en la provincia de
Huesca, en la comarca de la Jacetania, y prácticamente al completo en el término
municipal de Jaca, si bien una ínfima parte se encuentra dentro del término municipal de
Sabiñanigo, en la comarca del Alto Gállego.
La zona de estudio se enclava en la depresión medio-alto aragonesa, entre las
sierras interiores de Los Pirineos, sobre un valle atravesado por los ríos Aragón (en el
Oeste cerca de la ciudad de Jaca) y el río Gas (efluente del anterior).
3.

Características del potencial impacto:

– Fase de obras: El nivel máximo de presión generado por las obras va a tener lugar
en la construcción de las nuevas subestaciones y en el montaje de los apoyos. Según el
documento ambiental se estima un nivel máximo de presión sonora de 105 dB a un 1 m
de distancia en el caso más desfavorable, es decir, con todas las máquinas funcionando
simultáneamente. Si se tiene en cuenta la atenuación por la distancia, a 200 m este nivel
se reducirá a 58,9 dB.
– Fase de operación: Los resultados de la modelización incluida en el documento
ambiental concluyen que en los núcleos urbanos más cercanos a los pozos los valores
de inmisión ocasionados por el proyecto más el ruido de fondo cumplen los objetivos
establecidos en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la
Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica,
objetivos de calidad y emisiones acústicas de 60 dB(A) de día y de noche 50 dB(A) de
noche.

cve: BOE-A-2024-13967
Verificable en https://www.boe.es

Aire, salud pública y cambio climático: Durante la fase de construcción, se estima
que habrá un incremento de los gases derivados de los motores de combustión de la
maquinaria a emplear (NOX, CO2 principalmente) así como de la emisión de partículas
en suspensión por actividades como los movimientos de tierras. Teniendo en cuenta que
el impacto es temporal y asociado a la obra civil, la duración de las obras, el volumen de
maquinaria a emplear y las medidas preventivas y correctoras adoptadas, no es
previsible la superación de los valores de inmisión fijados por la normativa vigente.
En relación con el ruido, se hacen las siguientes consideraciones: