III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-13981)
Resolución de 2 de julio de 2024, del Consorcio para el Diseño, Construcción, Equipamiento y Explotación del Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa con la Universidad de Valladolid, para la realización de prácticas curriculares externas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85239
Ambas partes se comprometen a que todo el personal y el colectivo de estudiantes
que participante en los programas objeto de este convenio conozcan y observen el
compromiso de confidencialidad regulado por esta cláusula. El CLPU podrá solicitar la
firma de un acuerdo de confidencialidad a cada estudiante.
Octava.
Utilización y Propiedad de resultados.
Si alguna de las partes firmantes de este convenio o de cada anexo I suscrito
desearan utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en el CLPU, en parte o
en su totalidad, para proceder a su publicación en forma de artículo, conferencia,
memoria o cualquier otra que se estime, deberá solicitar de forma fehaciente la
conformidad de las partes por escrito, quienes deberán responder en un plazo máximo
de treinta días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad.
Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta se entenderá que el silencio es la tácita
autorización para su difusión.
Los derechos de propiedad industrial registrables que se puedan derivar de los
resultados de las actividades llevadas a cabo en desarrollo de este convenio
corresponderán al CLPU, como entidad colaboradora, y se estará a lo dispuesto por la
normativa de aplicación.
No obstante, los y las estudiantes contarán con el reconocimiento y protección de la
propiedad intelectual a partir de los resultados de los trabajos de investigación previos en
los términos que se establecen en la legislación vigente sobre la materia.
Protección de datos personales.
Las partes de común acuerdo establecen y se comprometen, en cuanto a los datos
de carácter personal facilitados para la firma del presente documento o para la relación
que surge del mismo, que la única finalidad de dichos datos será la de gestionar la
relación surgida y la de facilitar el desarrollo del objeto del presente convenio, no
pudiéndose emplear los mismos para finalidad distinta de aquella para la que fueron
proporcionados. El incumplimiento de lo estipulado en este apartado, dará lugar a la
responsabilidad correspondiente de la parte incumplidora, sin perjuicio de la sanción a la
que su actuación pudiese dar lugar.
La legitimación del tratamiento de los datos es la ejecución del presente convenio y
los datos proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con
las exigencias legales. No se cederán datos a terceros, salvo para la ejecución de este
convenio u obligación legal, y las partes tienen derecho a presentar reclamación ante la
AEPD (www.aepd.es). Para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación o
supresión, limitación de su tratamiento, portabilidad y/u oposición podrán dirigirse a los
responsables del tratamiento descritos en el encabezamiento del presente convenio
(Delegado de Protección de Datos del CLPU: protecciondatos@clpu.es).
La UVa expresamente manifiesta y garantiza que ha obtenido el correspondiente
consentimiento inequívoco de cada uno de los titulares de los datos de carácter
personal, para poder comunicar sus datos para llevar a cabo la tramitación de las
actividades formativas individuales y para el correcto desarrollo del contenido de la
formación que se concretará en los mismos y, en su caso, para realizar la
correspondiente evaluación. De igual forma, el CLPU manifiesta y garantiza que los
datos de carácter personal que le sean cedidos, sólo serán usados para los fines antes
descritos.
Cuando la ejecución de este convenio implique el acceso por parte de estudiantes a
información confidencial y datos de carácter personal de los que sea responsable el
CLPU, aquellos deberán seguir las políticas de protección de datos, instrucciones y
medidas de seguridad del Centro, además de guardar secreto respecto al resto de la
información que puedan conocer como consecuencia de la realización de las mismas.
cve: BOE-A-2024-13981
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85239
Ambas partes se comprometen a que todo el personal y el colectivo de estudiantes
que participante en los programas objeto de este convenio conozcan y observen el
compromiso de confidencialidad regulado por esta cláusula. El CLPU podrá solicitar la
firma de un acuerdo de confidencialidad a cada estudiante.
Octava.
Utilización y Propiedad de resultados.
Si alguna de las partes firmantes de este convenio o de cada anexo I suscrito
desearan utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en el CLPU, en parte o
en su totalidad, para proceder a su publicación en forma de artículo, conferencia,
memoria o cualquier otra que se estime, deberá solicitar de forma fehaciente la
conformidad de las partes por escrito, quienes deberán responder en un plazo máximo
de treinta días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad.
Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta se entenderá que el silencio es la tácita
autorización para su difusión.
Los derechos de propiedad industrial registrables que se puedan derivar de los
resultados de las actividades llevadas a cabo en desarrollo de este convenio
corresponderán al CLPU, como entidad colaboradora, y se estará a lo dispuesto por la
normativa de aplicación.
No obstante, los y las estudiantes contarán con el reconocimiento y protección de la
propiedad intelectual a partir de los resultados de los trabajos de investigación previos en
los términos que se establecen en la legislación vigente sobre la materia.
Protección de datos personales.
Las partes de común acuerdo establecen y se comprometen, en cuanto a los datos
de carácter personal facilitados para la firma del presente documento o para la relación
que surge del mismo, que la única finalidad de dichos datos será la de gestionar la
relación surgida y la de facilitar el desarrollo del objeto del presente convenio, no
pudiéndose emplear los mismos para finalidad distinta de aquella para la que fueron
proporcionados. El incumplimiento de lo estipulado en este apartado, dará lugar a la
responsabilidad correspondiente de la parte incumplidora, sin perjuicio de la sanción a la
que su actuación pudiese dar lugar.
La legitimación del tratamiento de los datos es la ejecución del presente convenio y
los datos proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con
las exigencias legales. No se cederán datos a terceros, salvo para la ejecución de este
convenio u obligación legal, y las partes tienen derecho a presentar reclamación ante la
AEPD (www.aepd.es). Para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación o
supresión, limitación de su tratamiento, portabilidad y/u oposición podrán dirigirse a los
responsables del tratamiento descritos en el encabezamiento del presente convenio
(Delegado de Protección de Datos del CLPU: protecciondatos@clpu.es).
La UVa expresamente manifiesta y garantiza que ha obtenido el correspondiente
consentimiento inequívoco de cada uno de los titulares de los datos de carácter
personal, para poder comunicar sus datos para llevar a cabo la tramitación de las
actividades formativas individuales y para el correcto desarrollo del contenido de la
formación que se concretará en los mismos y, en su caso, para realizar la
correspondiente evaluación. De igual forma, el CLPU manifiesta y garantiza que los
datos de carácter personal que le sean cedidos, sólo serán usados para los fines antes
descritos.
Cuando la ejecución de este convenio implique el acceso por parte de estudiantes a
información confidencial y datos de carácter personal de los que sea responsable el
CLPU, aquellos deberán seguir las políticas de protección de datos, instrucciones y
medidas de seguridad del Centro, además de guardar secreto respecto al resto de la
información que puedan conocer como consecuencia de la realización de las mismas.
cve: BOE-A-2024-13981
Verificable en https://www.boe.es
Novena.