III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2024-13979)
Orden CNU/709/2024, de 1 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el desarrollo de Unidades de Investigación Clínica, bajo el PERTE para la salud de vanguardia y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la convocatoria para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Lunes 8 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 85209

Una puntuación inferior a 5 puntos en este apartado supondrá la desestimación de la
solicitud.
4.º Perspectiva de género de la propuesta: análisis de la incorporación de esta
perspectiva dentro de los procesos organizativos y de la propia actividad de la UiC.
Hasta 5 puntos.
Una puntuación inferior a 2 puntos en este apartado supondrá la desestimación de la
solicitud.
5.º Complementariedad de esta actuación con otras actuaciones disponibles en el
centro, así como con otras actuaciones de I+D+I nacionales, internacionales y
autonómicas. Hasta 5 puntos.
6. La evaluación de las propuestas presentadas en la modalidad «Creación de una
nueva Unidad de Investigación Clínica» se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes
criterios:
A. Valoración de la Entidad Solicitante: hasta 20 puntos, siendo necesario alcanzar
un mínimo de 10 puntos. En caso contrario la solicitud será valorada con cero puntos de
forma global.
Se valorará: Capacidad del centro para el desarrollo de las actividades propuestas en
la memoria de solicitud a través del análisis de la aportación por parte de la entidad
solicitante de recursos humanos, espacios disponibles y compromiso del equipo directivo
del centro y el aval de su respectiva Comunidad Autónoma con el desarrollo del
proyecto. Esta capacidad será valorada también desde la perspectiva de la trayectoria
para la resolución de las diferentes limitaciones asociadas a la dispersión geográfica de
las potenciales personas usuarias de la instalación y el volumen de actividad total que se
pretende agrupar en torno a la UiC. Análisis de la estrategia que asegura el apoyo
institucional de los centros y niveles asistenciales incorporados en el ámbito de la
propuesta, junto con, en su caso, el apoyo de la Comunidad o Comunidades Autónomas
implicadas, necesarios para asegurar que el volumen poblacional sobre el que se
despliegue la UiC asegure el coste efectividad de su actuación en ensayos clínicos de
reclutamiento competitivo. Trayectoria del centro solicitante, junto con los demás centros
que forman parte de la propuesta, en investigación clínica con fármacos y dispositivos
médicos dentro del marco regulatorio de la AEMPS/EMA en ensayos clínicos de
diferentes fases.
B. Valoración de la propuesta científico-técnica: hasta 60 puntos.

1.º Viabilidad: plan de actuación con análisis de situación actual, incluyendo el plan
de viabilidad y sostenibilidad con proyección a 31 de diciembre de 2027. Cronograma de
implantación de las acciones planteadas hasta final de ejecución de la ayuda, el 31 de
diciembre de 2025. Disponibilidad existente de espacios, equipamientos y RRHH y
requerimientos necesarios para desarrollar la UiC. Análisis de limitaciones y existencia
de planes de contingencia que permitan hacer frente a los riesgos de inejecución de las
acciones planteadas. Población potencial de influencia de la UiC, detallando el método
de estimación y el análisis de la situación actual que se pretender modificar,
procedimiento previsto para el acceso de las personas enfermas y sus familias a la
infraestructura objeto de esta actuación; mecanismo de diferenciación de canales de
atención asistenciales respecto a los de la investigación clínica, manteniendo cauces de
coordinación que permitan el uso optimizado de recursos. Detalle de las acciones
previstas de implementación de sistemas de telemedicina que permitan la
descentralización de actividades de investigación clínica, cronograma de desarrollo o
adquisición y su interoperabilidad diferenciada con los sistemas de información propios
de la actividad asistencial. Hasta 20 puntos.
Una puntuación inferior a 10 puntos en este apartado supondrá la desestimación de
la solicitud.

cve: BOE-A-2024-13979
Verificable en https://www.boe.es

Se valorará: