V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-25778)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de rectificación del deslinde aprobado por la O.M. de 2 de julio de 2024, del tramo de unos 17.881 metros de longitud, al objeto de establecer el límite interior de la zona de servidumbre de protección, comprendido entre Piedra Vieja y Baja Cumplida, aprobado por OO.MM. de 23 de julio del 1986, 23 de julio del 1986, 2 de diciembre de 1986, 15 de febrero de 1989, 2 de febrero de 2000 y 17 de noviembre de 2000, y la revisión en el tramo de unos 3.409 m, de dicho deslinde en el t.m. de Yaiza, isla de Lanzarote (Las Palmas). Refª. DES01/22/35/0002.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de julio de 2024

Sec. V-B. Pág. 38667

a las determinaciones del Plan General de Yaiza la duración de las etapas no
puede exceder en total de 9 años ni ser superior cada una a cuatro años». Por
tanto, las obras debían estar finalizadas en noviembre de 1996. Consta en el
expediente un certificado del Director de la Urbanización Castillo del Águila, de 1
de marzo de 1990, donde se enumera el grado de ejecución de las diversas
unidades de la obra, algunas ejecutadas al 100% y otras en un porcentaje
comprendido entre el 85 y el 90%, por lo que no puede afirmarse la ejecución total
de las obras en la fecha obligatoria.
Del análisis de las ortofotografías históricas disponibles en el portal de
GRAFCAN, de 1997, un año después de la teórica fecha de finalización del plan,
se desprende que, al menos, ni el paseo marítimo ni el vial 7-B fueron ejecutados
en plazo. Es más, continuando con el análisis de fotografías aéreas históricas,
puede comprobarse que dicho paseo marítimo se ejecutó en una fecha
comprendida entre los años 2002 y 2005, transcurridos varios años desde la fecha
de ejecución final del plan de etapas del plan parcial.
Por lo anterior, no se puede afirmar que las obras de urbanización del plan
parcial previstas en el plan de etapas se finalizaran en plazo por lo que, en
aplicación de lo dispuesto en la disposición transitoria tercera de la Ley 22/1988,
de 28 de julio, le corresponde una anchura de la servidumbre de protección de 100
metros.
- Vértices entre un punto intermedio entre M-413 y M-414 al M-442,
correspondiente al plan parcial Costa Papagayo aprobado con fechas 26 de abril
de 1976, y posteriormente modificado puntualmente con fecha 13 de noviembre de
1984. El plan de etapas aprobado recogía únicamente obras de urbanización,
previendo un total de nueve años divididos en tres etapas de tres años cada una a
partir de su aprobación, es decir, en noviembre de 1993 debería estar terminada la
urbanización (tomando como referencia la fecha de aprobación más favorable,
1984). No consta certificado final de obra de la urbanización del Plan Parcial.
Del análisis de las ortofotografías históricas disponibles en el portal de
GRAFCAN, de 1994, unos meses después de la teórica fecha de finalización del
plan, se desprende que las obras de urbanización se completaron según el plan de
etapas, por lo que se cumplen los requisitos establecidos en la disposición
transitoria tercera de la Ley 22/1988, de 28 de julio, y novena de su Reglamento
General y procede establecer la anchura de la servidumbre de protección en 20
metros medidos desde la ribera del mar.
- Vértices M-472 a M-666, correspondiente al Plan de Ordenación Urbana
Montaña Roja del Centro de Interés Turístico Nacional aprobado definitivamente el
6 de julio de 1979. El plan de etapas aprobado preveía la ejecución de la
urbanización en un total de quince años divididos en cinco etapas de tres años
cada una a partir de su aprobación, es decir, en julio de 1994 debería estar
ejecutado todo el plan de urbanización. No consta certificado final de las obras
recogidas en el Plan de Ordenación Urbana Montaña Roja.
Del estudio de fotografías de vuelos recientes (2024), se puede comprobar
cómo incluso en la actualidad, no están finalizadas todas las obras de urbanización
previstas. Efectuado un análisis pormenorizado de imágenes aéreas históricas
para comprobar el cumplimiento en la ejecución de las obras en cada una de las
etapas del plan parcial cuyo ámbito podría estar afectado por lo establecido en la
Ley 22/1988, de 28 de julio (etapas 1, 3 y 4), se concluye lo siguiente:

cve: BOE-B-2024-25778
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Núm. 164