V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-25778)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de rectificación del deslinde aprobado por la O.M. de 2 de julio de 2024, del tramo de unos 17.881 metros de longitud, al objeto de establecer el límite interior de la zona de servidumbre de protección, comprendido entre Piedra Vieja y Baja Cumplida, aprobado por OO.MM. de 23 de julio del 1986, 23 de julio del 1986, 2 de diciembre de 1986, 15 de febrero de 1989, 2 de febrero de 2000 y 17 de noviembre de 2000, y la revisión en el tramo de unos 3.409 m, de dicho deslinde en el t.m. de Yaiza, isla de Lanzarote (Las Palmas). Refª. DES01/22/35/0002.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Lunes 8 de julio de 2024

Sec. V-B. Pág. 38661

octubre.
Se han tenido en cuenta las observaciones efectuadas por el Servicio Jurídico
de este Ministerio en su informe de 26 de junio de 2024, como se explica en esta y
en las siguientes consideraciones.
Se ha incluido en el Antecedente I), la información relativa al cumplimiento de
la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 21 de junio de 2005.
El Registro de la Propiedad emitió la certificación de dominio y cargas sobre las
fincas de titulares remitida por la Demarcación de Costas, con la excepción de 3
fincas, de titularidad del Ayuntamiento de Yaiza, y de otras 4 de titularidad
desconocida. La citación para el acto de apeo se publicó en el BOE de 31 de
marzo de 2023, incluyendo en la relación de las fincas catastrales afectadas,
aquellas de titularidad desconocida. Igualmente, la notificación del trámite de
audiencia fue publicada en el BOE de fecha 7 de mayo de 2024, incluyendo dicha
relación, por lo que puede indicarse que todos los interesados tuvieron la
posibilidad de formular alegaciones durante la tramitación del expediente.
La modificación operada en la línea de deslinde entre los vértices 310A y 312A
tras la celebración del acto de apeo, consistió en una mayor definición de dicha
línea al ajustarse mejor al límite exterior del paseo marítimo, coincidente, en
esencia, con la mostrada en el apeo. Dicha modificación, en cualquier caso, fue
conocida por los interesados que tuvieron acceso al proyecto de deslinde durante
el trámite de audiencia.

Por tanto, ha quedado constatado en el expediente que los interesados han
podido comparecer las veces que han considerado necesarias, aportando las
oportunas alegaciones, por lo que, de acuerdo con los razonamientos anteriores,
no pueden estimarse las alegaciones presentadas en este sentido.
Por otra parte, en relación con las alegaciones que cuestionan la justificación
para modificar el deslinde del dominio público marítimo-terrestre por existir

cve: BOE-B-2024-25778
Verificable en https://www.boe.es

Con relación a la necesidad o no de una información pública y oficial nueva,
aludida por la Comunidad Autónoma de Canarias y otros interesados, el
Reglamento General de Costas establece en su artículo 25 que "Cuando el
proyecto de deslinde suponga modificación sustancial de la delimitación provisional
realizada previamente, se abrirá un nuevo periodo de información pública y de los
organismos anteriormente indicados, que se tramitará simultáneamente con la
audiencia". Por una parte hay que decir, que los cambios introducidos en el
proyecto de deslinde no se consideran una modificación sustancial de la
delimitación provisional, por cuanto la incoación que se expuso a información
pública y oficial tenía una longitud de 20.024 m, mientras que el proyecto de
deslinde expuesto al trámite de audiencia tiene una longitud de 21.290 m, lo que
supone menos del 7%. Y en cualquier caso, el trámite de audiencia, además de
realizarse mediante notificaciones individualizadas se publicó en el BOE, con el
listado de todas las parcelas catastrales afectadas, para que cualquier interesado
pudiera acceder al expediente y presentar las alegaciones que estimase
oportunas. Todas las alegaciones recibidas se han analizado aunque hayan sido
recibidas fuera del plazo concedido. Además, se han otorgado las ampliaciones de
plazo a todos y cada uno de los interesados que lo han solicitado. Por tanto, se
considera que está asegurada la exposición pública del proyecto de deslinde
actual a los interesados y colindantes de este expediente y no se han vulnerado su
derecho de presentar documentación, escritos o alegaciones en el mismo.