III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-13876)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre Sociedad Mercantil Estatal para la Gestión de la Innovación y las Tecnologías Turísticas, SA, M.P., e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para apoyar y promover la internacionalización de las empresas turísticas españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Sábado 6 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 84538

– Recursos financieros previstos para cubrir los gastos relacionados con el proyecto
y el correspondiente presupuesto detallado.
– Aportaciones financieras de cada una de las Partes.
– La participación de cada parte en los resultados del proyecto, tanto tangibles como
intangibles.
Quinta.

Forma de disponer de la propiedad intelectual.

Cada una de las Partes declara y garantiza en lo necesario que es titular o tiene título
suficiente para la explotación comercial sobre todos los derechos de sus respectivos
nombres, logotipos, marcas, bases de datos y cualquier otro bien protegido por las leyes
vigentes en materia de propiedad intelectual e industrial que sean objeto de este convenio.
El presente convenio no supone cesión ni traspaso o renuncia de los derechos que
correspondan a cada una de las Partes en relación con los bienes regulados por las
leyes que regulan la propiedad intelectual o industrial, conservando cada una todos los
derechos sobre sus respectivos nombres, logotipos, marcas, bases de datos y cualquier
otro bien protegido por la legislación vigente en materia tanto de propiedad intelectual
como industrial.
El conocimiento y la información resultante de las actividades conjuntas realizadas
en el marco del presente convenio, o de los convenios específicos derivados de aquel,
estarán a disposición de ambas Partes y, en su caso, de sus respectivos miembros,
salvo que se establezcan normas de otra índole.
Las Partes son titulares por igual de los derechos de explotación (entre otros,
reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) de todos los trabajos,
materiales y creaciones de Propiedad Intelectual realizados en virtud del presente
convenio, para un ámbito territorial mundial y por la mayor duración que permita la ley,
siempre y cuando las Partes hagan un uso de estos derechos con la finalidad de cumplir
con los objetivos de este convenio.
Sexta.

Publicidad de las partes.

Séptima.

Comisión de Seguimiento.

Para facilitar la elaboración de los programas o proyectos específicos, su
seguimiento y cumplimiento, se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por
un máximo de dos (2) representantes de cada una de las Partes, que adoptará acuerdos
por unanimidad.
Por parte de SEGITTUR, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– El titular de la Dirección de Relaciones Institucionales.
– Director/a Proyectos Relaciones Institucionales.

cve: BOE-A-2024-13876
Verificable en https://www.boe.es

Cualquier forma de colaboración conjunta realizada en el marco del presente
convenio deberá reconocer y hacer constar la participación de todas las Partes mediante
el empleo de logotipos y denominaciones oficiales.
Además, cualquier actividad de divulgación que se realice deberá contar con el
consentimiento previo de las Partes. Igualmente, se consensuarán entre las Partes todas
aquellas apariciones en medios de comunicación que sean consecuencia de las
actividades del desarrollo del presente convenio.
Las Partes consienten recíprocamente en autorizar el uso de sus denominaciones,
marcas y logotipos genéricos exclusivamente para las acciones objeto de este convenio.
Todos los diseños de los documentos, en su término más amplio, que sean utilizados
para la promoción y difusión del presente convenio serán acordados por las Partes con
carácter previo a su publicación. Cada una de las Partes conservará la plena titularidad
sobre cualquier derecho de propiedad intelectual que les corresponda y, únicamente, se
entenderán cedidos aquellos derechos que lo sean de forma expresa y por escrito a lo
largo de la vigencia del presente convenio.