III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-13874)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad, la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones, la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina, para la persecución del fraude y la delincuencia económica en el ámbito de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Sábado 6 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84519
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen
gobierno.
Y en prueba de conformidad por cuanto antecede, firman el presente convenio
electrónicamente.–El Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.–El
Secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez Corujo.–El
Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto
Martínez.–La Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, María del
Carmen Armesto González-Rosón.–La Directora del Instituto Social de la Marina, Elena
Martínez Carqués.
ANEXO
(A cumplimentar anualmente por la Comisión de Seguimiento)
Plan de objetivos y actuaciones en la lucha contra el fraude y los delitos económicos
en materia de Seguridad Social
Como concreción de las cláusulas tercera, apartado 3 y quinta del convenio suscrito
entre la Secretaría de Estado de Seguridad, la Secretaría de Estado de la Seguridad
Social y Pensiones, la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de
la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina para la persecución del fraude y la
delincuencia económica en el ámbito de la Seguridad Social se establece el Plan de
Objetivos y Actuaciones.
Para la determinación del Plan se han efectuado los estudios y cruces de información
previos que se han estimado oportunos, especificándose, como mínimo, los siguientes
aspectos:
– Determinación de las conductas o supuestos de hecho objeto del Plan.
– Información precisa y características técnicas de su suministro.
– Compromisos de la Sección de Investigación.
En el primer mes de vigencia y en el mismo mes en ejercicios posteriores se
concretarán por la Comisión Mixta, tal y como establece la cláusula 8.ª del convenio, el
número de actuaciones que debe realizar y concluir la SISS, la puntuación total y el
número máximo de actuaciones que se considerarán a efectos de evaluación. Asimismo
se establecerá el baremo para valorar el cumplimiento de cada compromiso en función
de las necesidades de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social y de la Tesorería
General de la Seguridad Social y el desarrollo de las actuaciones de la Sección de
Investigación de la seguridad Social conforme al Plan de Objetivos del año anterior.
En concreto en los años de vigencia del convenio, se pretende que las
investigaciones relativas a delitos contra la seguridad social del artículo 307 del Código
Penal, empresas ficticias y altas fraudulentas adquieran una relevancia significativa
dentro de la actividad investigadora de la SISS.
1.
Acciones de la labor de investigación de la SISS.
– 1.ª acción.
«Coordinación en la tramitación de asuntos relativos a actividades detectadas
supuestamente delictivas, que atenten contra el patrimonio de la Seguridad Social, o que
afecten a la seguridad de sus bases de datos.»
cve: BOE-A-2024-13874
Verificable en https://www.boe.es
Para llevar a cabo el cumplimiento de los objetivos por parte de la SISS se
establecen las siguientes acciones:
Núm. 163
Sábado 6 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84519
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen
gobierno.
Y en prueba de conformidad por cuanto antecede, firman el presente convenio
electrónicamente.–El Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.–El
Secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez Corujo.–El
Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto
Martínez.–La Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, María del
Carmen Armesto González-Rosón.–La Directora del Instituto Social de la Marina, Elena
Martínez Carqués.
ANEXO
(A cumplimentar anualmente por la Comisión de Seguimiento)
Plan de objetivos y actuaciones en la lucha contra el fraude y los delitos económicos
en materia de Seguridad Social
Como concreción de las cláusulas tercera, apartado 3 y quinta del convenio suscrito
entre la Secretaría de Estado de Seguridad, la Secretaría de Estado de la Seguridad
Social y Pensiones, la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de
la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina para la persecución del fraude y la
delincuencia económica en el ámbito de la Seguridad Social se establece el Plan de
Objetivos y Actuaciones.
Para la determinación del Plan se han efectuado los estudios y cruces de información
previos que se han estimado oportunos, especificándose, como mínimo, los siguientes
aspectos:
– Determinación de las conductas o supuestos de hecho objeto del Plan.
– Información precisa y características técnicas de su suministro.
– Compromisos de la Sección de Investigación.
En el primer mes de vigencia y en el mismo mes en ejercicios posteriores se
concretarán por la Comisión Mixta, tal y como establece la cláusula 8.ª del convenio, el
número de actuaciones que debe realizar y concluir la SISS, la puntuación total y el
número máximo de actuaciones que se considerarán a efectos de evaluación. Asimismo
se establecerá el baremo para valorar el cumplimiento de cada compromiso en función
de las necesidades de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social y de la Tesorería
General de la Seguridad Social y el desarrollo de las actuaciones de la Sección de
Investigación de la seguridad Social conforme al Plan de Objetivos del año anterior.
En concreto en los años de vigencia del convenio, se pretende que las
investigaciones relativas a delitos contra la seguridad social del artículo 307 del Código
Penal, empresas ficticias y altas fraudulentas adquieran una relevancia significativa
dentro de la actividad investigadora de la SISS.
1.
Acciones de la labor de investigación de la SISS.
– 1.ª acción.
«Coordinación en la tramitación de asuntos relativos a actividades detectadas
supuestamente delictivas, que atenten contra el patrimonio de la Seguridad Social, o que
afecten a la seguridad de sus bases de datos.»
cve: BOE-A-2024-13874
Verificable en https://www.boe.es
Para llevar a cabo el cumplimiento de los objetivos por parte de la SISS se
establecen las siguientes acciones: