III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-13887)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Comisionado para el Mercado de Tabacos al Centro de Investigación y Control de la Calidad, para la realización de análisis de productos de tabaco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Sábado 6 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 84732

Mixta se establecerá el número mínimo y máximo de muestras que serán analizadas
cada año, de acuerdo con la capacidad técnica del CICC.
b) Contar con los recursos financieros, tecnológicos, humanos, materiales, técnicos
y de organización adecuados para realizar las actuaciones objeto de esta encomienda.
En particular, el CICC pone a disposición los siguientes medios: máquina de fumar
rotativa situada en una habitación aislada y libre de corrientes de aire, cromatógrafo de
gases, cromatógrafo de gases con detector de masas (triple cuádruplo y trampa de
iones), cromatógrafo iónico, estufa de desecación para material de laboratorio,
agitadores orbitales para la extracción de nicotina y agua, cámara climática para el
acondicionamiento de los cigarrillos, balanza de precisión y diversos aparatos auxiliares
tales como cronómetro, medidor de flujo de burbujas, pH metro material de vidrio y otro
material fungible o inventariable.
c) Elaborar los informes que resulten precisos, que incluirán los datos, resultados y
conclusiones finales de las actividades y análisis realizados, que serán remitidos al
Comisionado para el Mercado de Tabacos en un plazo máximo de veinte días hábiles
desde la petición, salvo causa debidamente justificada.
d) Asegurar su independencia de las entidades relacionadas con el sector objeto de
verificación, y no pertenecer o estar controlados directa o indirectamente por ellas.
e) Contar con un sistema de calidad implantado que justifique y determine su
competencia técnica para llevar a cabo las mediciones y análisis realizados.
f) Garantizar la confidencialidad de sus actuaciones e informes.
g) Elaborar un informe anual en relación con los medios y recursos empleados,
análisis e informes realizados, y propuestas de mejora.
Cuarta.

Obligaciones del Comisionado para el Mercado de Tabacos.

El Comisionado para el Mercado de Tabacos deberá cumplir durante todo el periodo
de vigencia de la encomienda las siguientes obligaciones:
a) Requerir con una antelación mínima de veinte días hábiles al CICC por los
canales que se acuerden en la Comisión Mixta los productos que serán objeto de
análisis.
b) Abonar al CICC los importes previstos en la cláusula quinta de esta encomienda
de conformidad con lo previsto en la misma.
c) Realizar el seguimiento de los trabajos encomendados y hacer propuestas de
mejora al desarrollo de los trabajos realizados en caso de evidenciar deficiencias.
d) Realizar controles sobre las actividades y trabajos que se desarrollen.
Quinta.

Presupuesto y financiación.

1. La dotación presupuestaria de esta encomienda asciende a un máximo
de 480.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.104.492N.227.06, de
acuerdo con la distribución siguiente:
Importe máximo

Euros

1/07/2024 - 31/12/2024

60.000

1/01/2025 - 31/12/2025

120.000

1/01/2026 - 31/12/2026

120.000

1/01/2027 - 31/12/2027

120.000

1/01/2028 - 31/06/2028

60.000

cve: BOE-A-2024-13887
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Periodo