III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-13798)
Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Iznalloz a iniciar el procedimiento regulado en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria con ocasión de una escritura de declaración de obra nueva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Viernes 5 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 84108

En el ejercicio de la calificación registral sobre la legalidad del documento
presentado, resulta lo siguiente:
El día 13 de noviembre de 2023, con el asiento de presentación n.º 110 del
Diario 120, fue presentada la escritura antes referida.
Con fecha 27 de noviembre de 2023 fue suspendida la inscripción según nota de
calificación que se da aquí por reproducida para evitar reiteraciones innecesarias.
Con fecha 15 de enero de 2023 se ha hecho constar la conclusión del expediente de
deslinde iniciado según resulta de diligencia extendida al acta de deslinde que se ha
tramitado ante el Notario de Granada, don Mateo Jesús Carrasco Molina, iniciada con
fecha veintisiete de septiembre de dos mil veintidós, con el número 1511 de protocolo, de
la que copia autorizada electrónica fue presentada bajo el asiento asiento [sic] 302 del
diario 120. A la vista de la documentación presentada resulta lo siguiente:
El Registrador que suscribe, en ejercicio de las facultades calificadoras que le
atribuye el artículo 18 de la Ley Hipotecaria, ha suspendido la práctica de la operación
registral solicitada, por existir defectos subsanables impeditivos de la inscripción, con
arreglo a los siguientes hechos y fundamentos de derecho:
Hechos.
Se presenta escritura pública autorizada el día 6 de septiembre de 2016 por el
Notario de Iznalloz, Don Luis Serrano Lorca, con el número mil doscientos cuarenta y
cuatro de Protocolo.
Se acompaña escritura de rectificación de la anterior, autorizada el día 9 de abril
de 2018 por el Notario de Iznalloz, Don Luis Serrano Lorca, con el número trescientos
sesenta y siete de Protocolo.
Se acompaña escritura de rectificación de las dos anteriores, autorizada el día 14 de
julio de 2023 por el Notario de Granada, Don Mateo Jesús Carrasco Molina, con el
número mil trescientos cincuenta y cuatro de Protocolo.
Los comparecientes, como titulares registrales de la finca número 11.482 del término
de Iznalloz, declaran sobre la misma una edificación consistente en una vivienda,
almacén y piscina. Con carácter previo actualizan la descripción de la finca conforme a la
certificación catastral incorporada, con referencia 18107A023001220000YS, acreditando
la descripción y antigüedad de la obra con la misma certificación catastral.
Para la inscripción de la documentación presentada es requisito previo la inscripción
de la representación gráfica de la finca, como presupuesto necesario para la inscripción
de la obra nueva declarada. En este caso, según resulta de última escritura de
rectificación, se pretende la inscripción de la representación gráfica catastral.
La escritura ahora calificada fue presentada con anterioridad bajo el asiento 1037 del
Diario 112, ya caducado. Con motivo de dicha presentación se tramitó el procedimiento
registral previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria con la representación gráfica
catastral.

La representación gráfica catastral que se acompaña al título calificada es la misma
que la ya presentada bajo el asiento 1037 del diario 112, habiéndose tramitado el
procedimiento del artículo 199 dando un resultado negativo por la oposición de los
colindantes titulares de las fincas registrales 13823 y 15207 del término de Iznalloz.
Se suspende la iniciación del procedimiento previsto en al artículo 199 de la Ley
Hipotecaria y la de las demás operaciones previstas en el mismo, al haberse tramitado
con anterioridad con resultado negativo otro expediente con la misma documentación.
Artículos 9, 199 y 202 de la Ley Hipotecaria y Resolución de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública de 3 de julio de 2023.

cve: BOE-A-2024-13798
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