III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-13798)
Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Iznalloz a iniciar el procedimiento regulado en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria con ocasión de una escritura de declaración de obra nueva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Viernes 5 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 84107

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13798

Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de Iznalloz a iniciar el procedimiento regulado en
el artículo 199 de la Ley Hipotecaria con ocasión de una escritura de
declaración de obra nueva.

En el recurso interpuesto por don F. F. M. contra la negativa de la registradora de la
Propiedad de Iznalloz, doña Pilar Natalia Calvente Rando, a iniciar el procedimiento
regulado en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria con ocasión de una escritura de
declaración de obra nueva, posteriormente rectificada por otra, por haberse denegado
anteriormente la inscripción de la misma debido a la oposición de titulares colindantes.
Hechos
I
Mediante escritura otorgada el día 6 de septiembre de 2016 ante el notario de
Iznalloz, don Luis Serrano Lorca, con el número 1.244 de protocolo, posteriormente,
rectificada por la otorgada el día 9 de abril de 2018 ante el mismo notario de Iznalloz, con
el número 367 de protocolo, y por la otorgada el día 14 de julio de 2023 ante el notario
de Granada, don Mateo Jesús Carrasco Molina, con el número 1.354 de protocolo, se
declaraba una obra nueva sobre la finca registral número 11.482 del Ayuntamiento de
Iznalloz, dándose la circunstancia de haberse tramitado expediente notarial de deslinde,
que tuvo por objeto la citada finca, el cual fue concluido por desistimiento del promotor
titular registral mediante diligencia extendida al acta de deslinde otorgada el día 27 de
septiembre de 2022 por el notario de Granada, don Mateo Jesús Carrasco Molina, con el
número 1.511 de protocolo. Con anterioridad, el título había sido presentado y calificado
negativamente por distintos defectos, uno de los cuales fue la oposición fundamentada, a
juicio de la registradora, de dos de los registrales colindantes a la inscripción de la base
gráfica catastral de la finca.
II

«Entrada n.º: 2145 del año: 2023.
Asiento n.º: 110 Diario: 120.
Presentado el 13/11/2023 a las 09:30:00.
Presentante: F. M., F.
Interesados: F. F. M., A. G. O., F. F. N., A. G. O.
Naturaleza: Escritura Pública.
Objeto: obra nueva.
N.º Protocolo: 1244/2016 de 06/09/2016.
Notario: Luis Serrano Lorca, Iznalloz.
Ref. MAI.

cve: BOE-A-2024-13798
Verificable en https://www.boe.es

Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Iznalloz, fue objeto de
la siguiente nota de calificación: