III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-13762)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Puertos del Estado, para la instalación de equipamiento de control fronterizo en los puertos españoles de titularidad estatal en el marco del sistema europeo de entradas y salidas y el sistema europeo de información y autorización de viajes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Viernes 5 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 83688

Dicha norma prevé expresamente, para todos los ciudadanos de un tercer país
(TCN: Third Country Nationals), el sistema EES que registra los datos de forma
centralizada. Este sistema se caracteriza por la necesidad de obtener los siguientes
datos:
– Datos biométricos (huellas dactilares y faciales).
– Datos de nombre, pasaporte, fecha y lugar de entrada/salida de la UE.
Además, el sistema EES genera alertas a los países miembros ante estancias no
autorizadas y suprime la obligación de sellar los pasaportes, lo que generará
consecuencias a los efectos que aquí importan.
Tercero.
En este contexto normativo, procede traer a colación la regulación contenida en el
Reglamento (UE) 2018/1240, de 12 de septiembre de 2018 por el que se establece un
Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS en inglés) para los
nacionales de terceros países exentos de la obligación de visado para cruzar las
fronteras. Este sistema permite evaluar si la presencia de dichos nacionales de terceros
países en el territorio de los Estados miembros supone un riesgo para la seguridad o un
riesgo de inmigración ilegal o un riesgo elevado de epidemia. A tal efecto se establece
una autorización de viaje, así como las condiciones y procedimientos para expedirla o
denegarla.
La normativa anteriormente mencionada configura a ETIAS como un sistema de
información, en gran parte automatizado, con la finalidad de identificar la presencia de
altos riesgos en materia de seguridad, migración irregular o epidémicos en relación con
los viajeros exentos de visado que viajan a los Estados Schengen. Al mismo tiempo
ETIAS facilitará el cruce de fronteras para la gran mayoría de los viajeros que no
presentan riesgos.
Cuarto.
Tanto el Organismo Público Puertos del Estado, como las Autoridades Portuarias, así
como la SES tienen interés en colaborar para facilitar y agilizar los procedimientos
motivados por el cruce de fronteras en los puertos españoles de titularidad estatal.
En este contexto, en el período comprendido entre los ejercicios 2021 y 2022, la
Secretaría de Estado de Seguridad ha adjudicado a través de la Subdirección General
de Planificación Gestión de Infraestructuras y Medios para la Seguridad (SGPGIMS) los
correspondientes contratos, previa la correspondiente licitación pública, con el objeto de
disponer de los siguientes sistemas de información y equipos relacionados con EES y
ETIAS:

En este proceso de implantación de los nuevos controles y sistemas en las fronteras
resulta necesario poner en operativa el equipamiento automatizado EES para el control
del paso fronterizo consistente en: puertas automáticas, quioscos y tabletas en puertos,
aeropuertos y pasos terrestres, así como toda la infraestructura y los servicios
vinculados.
Para completar el proceso de implementación de la anterior normativa, resulta
preciso realizar la adquisición del equipamiento antes mencionado, como requisito
inexcusable para disponer de un sistema automático EES que permita el paso ágil y
seguro de las fronteras. A estos fines, su adquisición será licitada por los entes gestores
de los espacios donde se ubican las instalaciones fronterizas. Esto es, en el caso de los

cve: BOE-A-2024-13762
Verificable en https://www.boe.es

– El Sistema Central Nacional EES.
– El Sistema de Control de Fronteras para Policía Nacional y el Sistema Central
Nacional del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS).
– Los Puestos de control manual EES para los policías de fronteras.